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Tabla 1 (página 1 (texto) · 50 filas)

Ministerio del Interior y Seguridad Pública
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDENGENERAL
89|Jueves 28 de Octubre de 2021|Pági
Normas Generales
CVE 2030712
MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
PROMULGA LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN N° 6 ALPLAN
REGULADOR COMUNAL DE HUECHURABA, "MPRCH-6 MODIFICA USO DE
SUELO EN SECTOR CIUDAD EMPRESARIAL"
Huechuraba,19 de octubre de2021.-La Alcaldía decretó hoy:
Núm. 01/2875/2021 exento.
Vistos y teniendo presente:
El decreto alcaldicio exento N° 01/3484, de fecha 18.12.2017, que apruebael término del
proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Modificación N° 6 al Plan Regulador
Comunal de Huechuraba; la SesiónOrdinaria N° 18, correspondiente al día 16 dejunio de 2021,
donde el ConcejoMunicipal mediante Acuerdo N° 86, aprobó el proyecto de Modificación N° 6
al Plan Regulador Comunal de Huechuraba; certificadode fecha 16.06.2021,del Secretario
Municipal; el oficio Ord. N° 3171 de fecha15.10.2021 dela Secretaría Ministerial Metropolitana
de Vivienda y Urbanismo, Departamentode DesarrolloUrbano e Infraestructura, a través del
cual emite el Informe Técnico Favorable al proyecto demodificación mencionado; los artículos
43 y 45 del decreto N°458 de 1976, que aprueba lanuevaLey General deUrbanismo y
Construcciones (LGUC) y artículo 2.1.11 de su respectivaOrdenanza (OGUC), que tiene
relación con el procedimiento parala aprobación de losPlanes Reguladores Comunales o sus
modificaciones; el oficio Ord. N°548, de fecha 19.10.2021, de la Secretaría Comunal de
Planificación; el oficio Ord. N°2708, de fecha 19.10.2021, de Alcaldía; lo dispuesto en la Ley N°
18.695 OrgánicaConstitucional de Municipalidades, yen uso de las facultades que ésta me
confiere:
Decreto:
1°: Promúlgase la aprobación de lamodificaciónN° 6al Plan Regulador Comunal de
Huechuraba, denominada "MPRCH-6 Modifica Uso deSueloen Sector CiudadEmpresarial",
conforme al oficioOrd. N° 3171,de fecha15.10.2021, de la Secretaría RegionalMinisterial de
Vivienda y Urbanismo, a través del cualemite el Informe Técnico Favorableal proyecto de
modificación mencionado, siendo el texto aprobatorio el siguiente:
TEXTOAPROBATORIO
Artículo 1°:Modifícase el Plan Regulador Comunal deHuechuraba, aprobado mediante
decreto exento N°1.314 de la Municipalidad de Huechuraba,de fecha 19 de agosto de 2004,
publicado en elDiario Oficial de fecha29 de septiembrede 2004, y susmodificaciones
posteriores, en el sentido de modificar el nombre de las subzonas ZC4-1 Zona deEquipamiento y
ZC4-2 Zona de Equipamiento delArtículo43, incorporaren los Usos de Suelopermitidos para
las subzonas ZC4-1 y ZC4-2 del propio Plan Regulador Comunal, el Uso de Suelo Residencial y
Equipamiento dela Clase Científico, Deporte, Educación, Esparcimiento y Social, y para las
mismas dos subzonas, establecer los Usosde Suelo prohibidos.Todo lo anterior en conformidad
con lo señaladoen la MemoriaExplicativa, y su correlato en la Ordenanza Local, que
reemplazan en laparte modificada, a losdocumentos vigentesy que en este acto se aprueban
como un solo cuerpo normativo.
Artículo 2°:Modifíquese eltexto contenido en el"Artículo 43: Zona ZC4Equipamiento
(Ciudad Empresarial)" de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, que
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Tabla 2 (página 2 (texto) · 50 filas)

define las normas urbanísticas de lassubzonas "ZC4-1 de Equipamiento" y "ZC4-2 Sub-Centro
de Equipamiento Metropolitano" por lo siguiente:
1. Reempláceseel texto ubicadobajo el nombredel Artículo 43, en el siguiente sentido:
Donde dice:
"Esta zonase divide en dos subzonas, las cualesse detallana continuación:
ZC4-1 Zona deEquipamiento.
ZC4-2 Sub-Centro de Equipamiento Metropolitano."
por el siguiente:
Esta zona se divide en dos subzonas, las cuales se detallana continuación:
ZC4-1 de Equipamiento.
ZC4-2 Sub-Centro de Equipamiento Metropolitano.
2. Reempláceseel nombre de laZona "ZC4-2 Sub-CentrodeEquipamientoMetropolitano"
por el siguientenuevo nombre "ZC4-2Sub-Centro deEquipamiento Metropolitano".
3. En subzona "ZC4-1 de Equipamiento"y "ZC4-2Sub-Centro deEquipamiento
Metropolitano",reemplácese el literal"a. Condiciones de usosdesuelo" por el siguiente nuevo
texto:
a. Condicionesde Uso de Suelo:
a.1 Usos de Suelo permitidos: Residencial; Equipamiento de Clase: científico, comercio,
cultoy cultura,deporte, educación,esparcimiento,salud, seguridad, serviciosy social; Área
Verde.
a.2 Usos de Suelo prohibidos: Residencial conDestino: Hosterías, Motelesy Hospederías;
Equipamientodela Clase Comercio con Actividad: Discotecas, Locales destinados
exclusivamentea laventa de bebidas alcohólicas,Venta decombustible, Lavado de autos,
Estaciones o Centrosautomotriz y Funerarias; Equipamiento delaClase Deportecon Actividad:
estadios; Equipamiento de la Clase Esparcimiento con Actividad:casinos, juegoselectrónicos o
mecánicos y parqueszoológicos; Equipamiento de laClase Saludcon Actividad:Cementerios y
Crematorios; Equipamiento de la Clase Seguridad con Actividad: Cárcelesy Centros de
Detención. El restode los tipos deusos de suelo, clases yactividades no mencionadas se
entienden comoprohibidos.
4. En subzona"ZC4-1 de Equipamiento", reempláceseel literal "b. Condiciones de
subdivisión y edificación", por el siguiente nuevo texto:
b. Condicionesde subdivisión y/oedificación:
b.1. Superficiepredial mínima: 1.000 m2
b.2. Coeficientede constructibilidad: 1,5
b.3. Coeficientede ocupación desuelo: 0,3
b.4. Sistema deagrupamiento: Aislado
b.5. Adosamiento: No se permite
b.6. Distanciamiento: 6 metros
b.7. Alturade edificación: 21 metros
b.8. Antejardín:10 metros
b.9. Estacionamientos: Aquellosseñalados en elArt. 31 delapresente Ordenanza.
b.10. Densidadbruta: 800 hab/ha.
5. En subzona "ZC4-2 Sub-Centro de Equipamiento Metropolitano", reemplácese el literal
"b. Condicionesde subdivisión y edificación", por elsiguiente nuevo texto:
b. Condicionesde subdivisión y/oedificación:
b.1. Superficiepredial mínima: 1.500 m2
b.2. Coeficientede constructibilidad: 2,4
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Tabla 3 (página 3 (texto) · 22 filas)

DIARIOOFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 28de Octubre de 2021Pági
b.3. Coeficiente de ocupación de suelo: 0,5
b.4. Sistemade agrupamiento: Aislado
b.5. Adosamiento: No se permite
b.6. Distanciamiento: 10 metros
b.7. Altura deedificación:52,5 metros
b.8. Antejardín: 10 metros
b.9. Estacionamientos: Aquellos señalados en el Art. 31 de la presente Ordenanza.
b.10 Densidad bruta:1.000hab/ha.
2°: La documentación delexpedienteaprobado seencontrará disponible en la página web
.huechuraba.cl y enOficina de Partes de la Municipalidad.
Anótese, comuníquese, publíquese elpresente decreto alcaldicioen el DiarioOficial, de
ormidad alartículo2.1.11 (OGUC), remítansecopias oficiales para archivo en el
ervador de Bienes Raícesde Santiago, en la División de Desarrollo Urbano delMinisterio
ivienda y Urbanismo, en laSecretaríaMinisterial Metropolitana deVivienda y Urbanismo y
propio Municipio,y transcríbase el presente decreto a los Departamentos Municipales y,
o, archívese.-JoséEnrique Rossi Giacosa, Alcalde (S) de Huechuraba.- Carlos Tapia
itz, SecretarioMunicipal.
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