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Tabla 1 (página 3 · 5 filas)

Firmado electrónicamente por:
NombreCARLOS ALBERTO FRIAS TAPIA
CargoContralor Regional
Fecha firma17/06/2022
Código validaciónCU0Rvd4uT
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NombreCARLOS ALBERTO FRIAS TAPIA
CargoContralor Regional
Fecha firma17/06/2022
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Firmado electrónicamente por:
NombreCARLOS ALBERTO FRIAS TAPIA
CargoContralor Regional
Fecha firma17/06/2022
Código validaciónCU0Rvd4Eq
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Tabla 4 (página 6 (texto) · 26 filas)

UNIDAD DEAUDITORÍA 2
GLOSARIO ................................................................................................................. 7
RESUMEN EJECUTIVO ............................................................................................. 8
JUSTIFICACIÓN ....................................................................................................... 12
ANTECEDENTES GENERALES .............................................................................. 13
OBJETIVO ................................................................................................................ 15
METODOLOGÍA ....................................................................................................... 15
UNIVERSO Y MUESTRA.......................................................................................... 15
RESULTADO DE LA AUDITORÍA........................................................................... 17
I.ASPECTOS DECONTROLINTERNO........................................................... 17
1.Debilidades generales de control interno. ....................................................... 17
1.1Sobre manualesde procedimientos decompras............................................. 17
2.Situaciones de riesgo no controladas por el Servicio. ..................................... 18
2.2Irregularidades en la administración delas áreas verdes. ............................... 18
2.3Conciliaciones bancarias. ................................................................................ 19
2.3.aConciliaciones bancarias noajustadasa la norma básica de confección. ...... 19
2.3. bFalta de controldel libro de emisión decheques. ............................................ 21
2.4Sobre la solicitudde custodiade las boletas en garantía de seriedadde la oferta.
........................................................................................................................ 22
2.5Falta de segregación de funciones. ................................................................. 23
2.6Procedimiento disciplinariosobre el servicio de mantención de áreas verdes
pendiente................................................................................................................... 25
II.EXAMEN DE LAMATERIAAUDITADA ........................................................ 26
3.Licitación y adjudicación. ................................................................................. 26
3.aFalta de publicación del actoadministrativo que designa la comisiónevaluadora.
........................................................................................................................ 26
3.bBoletas de garantías de seriedad de laoferta. ................................................ 27

Tabla 5 (página 7 (texto) · 28 filas)

IICONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
4.a Diferencias en los metroscuadrados de las áreas verdes licitadas. ............... 30
4.b Falta deexactitud en la localización de bienes de uso público (BNUP). ......... 32
4.c Cambiode los sectores concesionados. ......................................................... 33
a) Falta dela modificacióndel contrato por cambios en los sectores del servicio
adjudicado. ................................................................................................................ 33
b) Falta derespaldo técnicosobre las superficies cambiadas. ............................ 35
4.d Permisode ocupación enbien nacional de uso público. ................................. 36
5. Póliza degarantía de fielcumplimiento del contrato. ...................................... 37
6. Sobre laSupervisión de Inspector técnico deservicio. ................................... 39
6.a Falta deinformes de supervisión sobre la prestación de servicio. ................... 39
6.b Sobre lasupervisión del Inspector técnico deservicio. ................................... 40
6.c Sobre elcumplimiento delosestablecido en el Libro Manifold o de servicio. . 42
7. Multas .............................................................................................................. 44
7.a Sobre notificación de multas............................................................................ 44
7.b Sobre apelación de multas. ............................................................................. 45
8. Sobre cuentas corrientes................................................................................. 47
8.a Confección de conciliacionesbancarias con cuentas corrientes adicionales. . 47
8.b Abonos ycargos consignadosen conciliaciones bancarias yen cuentacorriente,
no registradoscontablemente. .................................................................................. 49
8.c Conciliaciones bancariasconpartidas no aclaradas al mesde agostode 2021.
........................................................................................................................ 51
8.d Chequesgirados y no cobrados que se encuentran caducados. .................... 53
8.e Inconsistencia en cheques girados y no cobrados. ......................................... 54
8.f Sobre movimientos inusualesen el ítem de cheques girados y no cobrados. 55
8.g Chequecontabilizado incorrectamente. .......................................................... 57
9. Incumplimiento de la fecha depago. ............................................................... 58
III. EXAMEN DE CUENTA ................................................................................... 59

Tabla 6 (página 8 (texto) · 28 filas)

10. Falta de certezade los metroscuadrados contratadosrespecto de lospagos
realizados. ................................................................................................................. 59
11. Áreas verdes con pagos duplicados. ............................................................... 62
12. Sobre áreas verdes cerradas con pago del servicio. ....................................... 64
13. Descuento malaplicado parael servicio prestado enel sector “Plaza los
Artesanos”. ................................................................................................................ 66
14. Antecedentes derespaldo parael pago. ......................................................... 68
14.a Gastos sin respaldos. ...................................................................................... 69
15. Registro contable. ............................................................................................ 72
15.a Incumplimiento del principio deldevengado. ................................................... 72
15.b Incumplimientode la emisióndel documento del devengo duranteel año
presupuestario. .......................................................................................................... 74
IV. OTRAS OBSERVACIONES ............................................................................ 75
16. Duplicidad en elárea verde licitada, según ID: 2793-181-LR21. ..................... 75
Anexo N°1: Muestra de egresos ................................................................................ 83
Anexo N°2: Plaza los Artesanos ................................................................................ 85
Anexo N°3: Instrucciones en Libro manifold .............................................................. 86
Anexo N°4: Abonos ycargos consignados en conciliacionesbancarias y encuenta
corriente, no registrados contablemente. .................................................................. 88
Anexo N°5: Abonos ycargos consignados en conciliacionesbancarias y encuenta
corriente, no registrados contablemente, con antigüedad ......................................... 93
Anexo N°6: Abono dela entidad no registrados por el banco,al 31 de diciembre de
2020. ........................................................................................................................ 96
Anexo N°7: Abono de la entidad no registrados por el banco, al 31 de agosto de 2021
........................................................................................................................ 98
Anexo N°8: Abono de la entidad no registrados por el banco, partidas antiguas.... 106
Anexo N°9: Fecha depago ..................................................................................... 108
Anexo N°10: Comparación de metroscuadrados ................................................... 109
Anexo N°11: Personalsin su acreditación su situación previsional......................... 111

Tabla 7 (página 9 (texto) · 3 filas)

AnexoN°12:Egresos sin respaldo de contrato y finiquito ....................................... 115
AnexoN°13:Informe de Inspección de áreas verdes, Unidad de Inspección deObras
de la Contraloría General ........................................................................................ 117
AnexoN°14:Estado de Observaciones de Informe Final N° 49, de 2021. .............. 141

Tabla 8 (página 10 · 9 filas)

TÉRMINOCONCEPTO
BNUPBienes de uso público
SECPLANSecretaria Comunal de Planificación
DIMAODirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato
ITSInspector Técnico de Servicio
ITOInspector Técnico de Obra
CDPCertificado de Presupuesto
IDNúmero de Licitación
ORDOficio Ordinario
SIIServicios de Impuestos Internos

Tabla 9 (página 11 (texto) · 38 filas)

II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDADDE AUDITORÍA2
RESUMENEJECUTIVO
Informe Final N°49, de 2021,Municipalidadde Huechuraba
Objetivo: La fiscalización tiene por finalidad efectuar una auditoríaal proceso de
adquisiciones y contrataciones públicas,enfocados en lalicitación pública ID: 2793-
185-LR17, Servicio demantención yequipamientode áreasverdes, en la
Municipalidad de Huechuraba,en el periodo comprendidoentre el 1 de enero al 1 de
diciembre de 2020, análisisque para algunos casosabarcará años anteriores y
posteriores, en cuantose considere necesario. La revisión tendrá por finalidad revisar
la correcta ejecución ysupervisión de lacitada licitación, así como comprobar la
veracidad y fidelidad delas cuentas relacionadas, la autenticidad de ladocumentación
de respaldo, la exactitud de las operaciones aritméticasy de contabilidad. Todo lo
anterior, en concordancia conla ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la
Contraloría General dela República.
Preguntas de la Auditoría:
1. ¿Verificó la Municipalidadde Huechuraba el cumplimiento de las obligaciones
pactadas en las basesadministrativas y técnicas, y en el contrato, y, encaso de existir
incumplimientos por parte de la empresa adjudicada, aplicó el municipio las sanciones
y/o multas correspondientes?
2. ¿Determinó el municipiocorrectamente los montospagados alas empresas
concesionarias y se ajustan alo contratado?
3. ¿Dio cumplimiento lamunicipalidad a lanormativa vigente y cautelóla observancia
de los principios de probidadadministrativa, eficiencia yeficacia en el manejo de los
recursos municipales respectivos?
Principales Resultados:
• Se constató que, enla totalidad de 17comprobantesde egresos examinados, por
un monto total de $2.151.233.965, estos no adjuntaban la nóminade trabajadores
indicando la funcióno cargo que cumplían, además,de la copia de la planilla de
asistencia del personal delmes de pago, donde se señale los lugares en los cuales
prestaron sus servicios, deconformidad con lo establecido en el numeral tercero,
letras c) y e) del contrato,por lo que no hay certeza de la prestación del servicio,
cuyas actuacionesno se advienen al principio de estricta sujecióna las bases y al
principio de juridicidad, criterio contenido en el dictamen N° 72.378, de 2014, de
esta Entidad Fiscalizadora.
Al respecto, el municipio debe remitira esta Contraloría Regional los documentos
de respaldo queacrediten los trabajadores querealizaron los trabajos de
mantención de lasáreas verdes especificadas en elrespectivo contrato, con los
antecedentes queverifiquen su asistencia, en un plazo no superior a 30 días

Tabla 10 (página 12 (texto) · 41 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA2
hábiles, contadosdesde la recepción delpresente informe final.
Sin perjuicio de loanterior, esta IIContraloría Regional Metropolitana incoará un
procedimiento sumarial, para determinar las eventualesresponsabilidades
administrativas delos funcionarios involucrados en loshechosobservados.
Comparadas las bases técnicas y el informe de auditoría emitido por la Dirección
de Control de esamunicipalidad, se constató que deltotal de241 bienes de uso
público, 496.421m2 y 14.532 m2 corresponden aáreasverdes cerradas,
pagándose indebidamente por estas áreas, un totalde $96.775.273, entre los
años 2017 al 2020, según lo establece la Ordenanza N°11 de 2012 y el oficio
ordinario N°88, de9 de febrero de2017,el cual señaló que sedebía proceder a
excluir del contratode mantenciones de áreas verdes al interiorde calles cerradas,
que conserva el municipio con laempresa Alto Jardín S.A.,cuya situación, se
contrapone con lodispuesto en el comentado artículo55° del anotado decreto ley
N°1.263, de 1975.
En lo pertinente, la municipalidaddeberáremitir losantecedentes que acredite
que efectúo los descuentos señalados, informando deello en unplazo no superior
a 30 días hábiles contados de la recepción del presente informe.
En relación con loseñalado, cabe hacer presente quevencidoel plazo sin que se
haya aportado losantecedentes oque éstos sean insuficientes, se formulará el
reparo por el monto pertinente, envirtudde lo prescrito en los artículos 95° y
siguientes de la ley N° 10.336, sinperjuicio de lo indicado en el artículo 116°, de
dicha normativa legal.
Se verificó que elmunicipio licitó dos terrenos duplicados por un total de 6.269 m2
en la lista de áreas verdes descritas en las especificaciones técnicas de la
licitación ID 2793-185-LR17, solicitándose a la empresa adjudicada, el reintegro
respectivo por parte de la entidadpor eldesembolsorealizado, sin embargo, la
contratista presentó un procedimientode apelación, el cual fue aceptado
parcialmente por lamunicipalidad,restituyéndose porparte del proveedor sólo la
suma de $11.027.317. No obstante, conforme lo determinado en la presente
auditoría, la empresa concesionaria adeuda aún,la cifrade $24.055.111,
correspondiente alperiodo comprendido entre el 1 dediciembre de 2017 al 31 de
enero de 2020, situación que transgrede lo dispuestoen el aludido decreto ley N°
1.263, de 1975, que en su artículo55°.
En lo particular, lamunicipalidad deberá remitir los antecedentes que acredite que
solicitó el reintegroseñalado precedentemente, informando deello en un plazo no
superior a 30 díashábiles contadosde larecepción del presente informe.
Al respecto, cabehacer presente que vencido el plazosin quese haya aportado
los antecedenteso que éstos sean insuficientes, seformulará el reparo por el
monto pertinente,en virtud de lo prescritoen los artículos 95°y siguientes de la

Tabla 11 (página 13 (texto) · 43 filas)

II CONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA 2
ley N° 10.336, sin perjuiciode lo indicadoen el artículo116°, de dicha normativa
legal.
Se constató que la zonadenominada “Plaza los Artesanos” de2.266 m2, además
de haber sido incluidaenla lista de terrenos considerados áreas verdes en la
licitación 2793-185 LR17,del año 2017,adjudicada a la empresa Alto Jardín S.
A., para su mantención,fue entregada también a la empresaCalzada Chile Spa
Aki KB Minibodegas, envirtud de un permiso de ocupación debien nacional de
uso público, determinándose que respecto de un mismo espacio público la
municipalidad dispusoelcuidado o mantención deláreapor parte de dos
particulares, observándoseque la municipalidad no habría solicitado el reintegro
por la suma de $14.006.934, por los gastos de mantención de áreas verdes por el
período, 1 de diciembrede2017 al 31 denoviembre de2020. Por lo que procede
que el municipio arbitrelas medidas que resulten necesarias para restituir o
descontar los montos pendientes de pagopor el total señaladoprecedentemente,
en un plazo no superiora 30 días hábiles, contadosdesdela recepción del
presente informe final.
En este contexto, cabehacer presenteque vencido el plazosin que se haya
aportado los antecedenteso que éstos sean insuficientes, se formulará el reparo
por el monto pertinente,envirtud de lo prescrito en losartículos 95° y siguientes
de la ley N° 10.336, sin perjuicio de loindicado en el artículo 116°, de dicha
normativa legal.
No obstante lo anterior,correspondeque esa entidad edilicia, instruya un
procedimiento disciplinario tendientea determinarlas eventuales
responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en las
irregularidades descritasprecedentemente, para lo cualdeberáremitir en el plazo
de 15 días hábiles, copia del acto administrativo correspondiente a la Unidad de
Seguimiento de Fiscalíadeesta Contraloría General.
Efectuada una comparación entre los metros cuadrados de las 14 áreas verdes
revisadas en terreno losdías 10 al 13de enero de2022,por la Unidad de
Inspección de esta Contraloría Regional,las que suman un total de 52.982 m2,
con aquellas señaladasenlas especificaciones técnicas asociadas a la licitación
en examen, a saber, ID2793-185-LR17,se constató diferencias de a lo menos
17.682 m2, determinadas mediante el archivo KMZ –sistema utilizado a través del
Google Earth- para realizaranotaciones geográficas y visualización de mapas en
2D y 3D, no siendo posibleestablecer con exactitud lasáreasinformadas por el
municipio, estableciéndose, en este contexto, un montode $216.510.301, que se
habrían pagado en excesopor el serviciode mantención en las áreas evaluadas
en terreno.
En lo pertinente, corresponde que el municipio elabore informes o bien fichas
técnicas que acrediten lasáreas verdesconsideradasen loscontratos, por las
cuales se habría pagadoelcitado montode $216.510.301, informando su estado
de avance y comunicandoel mecanismoque ha realizado la entidad edilicia para

Tabla 12 (página 14 (texto) · 7 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA2
recuperar, si procede, los pagos en exceso productodel recalculo de los m2, lo
que deberá ser informado, en el plazode 30 díashábiles, contado desde la
recepción del presente documento, caso contrario y deno aclararse loobservado,
esta materia será incorporada en el proceso sumarial que incoará esta II
Contraloría Regional Metropolitana.

Tabla 13 (página 15 · 22 filas)

En cumplimiento del plan anual de
fiscalización de esta II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, y en
conformidad con lo establecido en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones
de la Contraloría General de la República y en el artículo 54 del decreto ley N° 1.263,
de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó una auditoría
al proceso de adquisiciones y contrataciones públicas, específicamente relacionado
con la licitación pública ID: 2793-185-LR17, Servicio de mantención y equipamiento
de áreas verdes, en la Municipalidad de Huechuraba, en relación con el periodo
comprendido entre el 1 de enero de 2020 al 31 de agosto de 2021, análisis que para
algunos casos consideró años anteriores y posteriores, en la medida que se estimó
pertinente.
JUSTIFICACIÓN
La auditoría se planificó, entre otros aspectos,
teniendo presente la materialidad de los montos involucrados, y las eventuales
irregularidades en el proceso de licitación, así como en los pagos realizados a la
empresa Alto Jardín S.A., adjudicataria de la aludida licitación ID: 2793-185-LR17.
En ese contexto, cabe advertir que a través
de esta auditoría esta Contraloría General busca contribuir a la implementación y
cumplimiento de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, aprobados por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en su Agenda 2030, para la erradicación
de la pobreza, la protección del planeta y la prosperidad de toda la humanidad.
En tal sentido, esta revisión se enmarca en el
ODS, N° 16, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.

Tabla 14 (página 16 · 40 filas)

ANTECEDENTES GENERALES
La Municipalidad de Huechuraba es una
corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar
su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según
dispone el artículo 1° de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
De acuerdo con los artículos 8°, incisos 3° y
4°; y 36° de la ley N° 18.695, las municipalidades pueden otorgar concesiones para la
prestación de determinados servicios municipales o para la administración de
establecimientos o bienes específicos que posean o tengan a cualquier título.
Mediante la concesión de servicios, la
municipalidad entrega a un particular la atención de un servicio destinado a satisfacer
las necesidades de la comunidad local, por su cuenta y riesgo, por un tiempo
determinado, en las condiciones y bajo la vigilancia que la municipalidad establezca,
sin perjuicio de los derechos y responsabilidades que le correspondan, sin que ello
implique el traspaso de sus funciones y/o potestades.
Por su parte, el citado artículo 36° del mismo
cuerpo legal establece, en lo pertinente, que los bienes municipales o nacionales de
uso público, incluido el subsuelo, que administre la municipalidad, podrán ser objeto
de concesiones o permisos, requiriendo el otorgamiento, renovación y término de las
primeras, el acuerdo del concejo, conforme lo previsto en el artículo 65, letra j), de la
ley, en tanto, los permisos son esencialmente precarios y corresponden a una
atribución discrecional del Alcalde, al tenor del citado artículo (aplica criterio contenido
en los dictámenes Nos 25.472, de 2012 y 41.979, de 2016).
Enseguida, corresponde indicar que el inciso
segundo del artículo 66° de la citada ley N° 18.695, preceptúa, en lo que interesa, que
el otorgamiento de concesiones para la prestación de servicios por las
municipalidades se ajustará a las normas de la ley N° 19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministros y Contratación de Servicios y su reglamento,
aprobado por el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, salvo lo
establecido en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 8° de la ley N° 18.695.
Además, según se ha precisado, entre otros,
en el dictamen N° 4.372, de 2018, de este Organismo de Control, mediante la
concesión de servicios la municipalidad entrega a un particular la atención de una
prestación destinada a satisfacer las necesidades de la comunidad local, por un
tiempo determinado, en las condiciones y bajo la vigilancia que la entidad edilicia
establezca, sin perjuicio de los derechos y responsabilidades que le correspondan, sin
que ello implique el traspaso de sus funciones y/o potestades.
En relación a la materia, cabe señalar que el
servicio de concesión de mantención de áreas verdes fue adjudicado por la
Municipalidad de Huechuraba al proveedor Alto Jardín S.A., el cual prestó servicios

Tabla 15 (página 17 · 15 filas)

de mantención de áreas verdes y arbolado, generando limpieza, cuidado de parques
y jardines. Al respecto, es pertinente indicar que dicha empresa durante 12 años ha
entregado sus servicios a la citada Municipalidad, y por tanto, desde el año 2009, se
estima que se han pagado a lo menos un total de $14.283.826.366, por la prestación
de servicio, como se detalla a continuación:
Tabla N°1: Detalle de licitaciones con Alto Jardín S.A.
ID LicitaciónAñoNombre de la LicitaciónMonto mensualAñosMonto total $
12793-442-LP092009Servicio de Mantención de Áreas Verdes47.777.8224 años2.293.335.456
22793-202-LP132013Servicio de Mantención de Áreas Verdes92.701.1614 años4.449.655.728
32793-84-LP132013Servicio Provisión y Mantención de Macetas14.267.4894 años684.839.472
42793-96-LE132013Servicio Provisión y Mantención de Macetas19.727.9032 meses39.455.806
52793-185-LR172017Servicio de Mantención y Equipamiento de Áreas Verdes125.307.0004 años6.014.736.000
62793-86-LR172017Servicio Provisión y Mantención de Macetas Ornamentales16.704.2484 años801.803.904
Total14.283.826.366
Fuente: Elaboración propia, información extraída del portal de mercado público,
www.mercadopublico.cl.

Tabla 16 (página 17 · 5 filas)

Por medio del oficio N° E193209, de 11 de
marzo de 2022, de está procedencia, con carácter confidencial, fue puesto en
conocimiento de la Municipalidad de Huechuraba el preinforme de auditoría N° 49, de
2021, con la finalidad de que formulara los alcances y precisiones que a su juicio
procedieran, lo que se concretó por medio del oficio N° 1900/07/2020, ingresado a
esta Contraloría General el 31 de marzo de 2022.

Tabla 17 (página 18 · 7 filas)

OBJETIVO
La fiscalización tiene por finalidad efectuar
una auditoría al proceso de adquisiciones y contrataciones públicas, enfocados en la
licitación en comento, ID: 2793-185-LR17, Servicio de mantención y equipamiento de
áreas verdes, en la Municipalidad de Huechuraba, en el periodo comprendido entre el
1 de enero de 2020 al 31 de agosto de 2021, considerando en algunos casos años
anteriores y posteriores, de acuerdo a las circunstancias.
METODOLOGÍA

Tabla 18 (página 18 · 11 filas)

UNIVERSO Y MUESTRA
De acuerdo con los antecedentes
proporcionados por la entidad fiscalizada, el total de gastos devengados y pagados
con cargo a la cuenta contable 215.22.08.003 denominada “Servicios de Mantención
de Jardines”, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de
agosto de 2021, totalizaron la suma de $2.151.233.965.
En este contexto, y considerando la
materialidad de los montos involucrados y las eventuales irregularidades en el
proceso de licitación, así como los pagos realizados a la empresa Alto Jardín S.A., las
partidas sujetas a examen fueron examinadas en un 100% en virtud de la cifra
señalada, cuyo resumen se presenta en la siguiente tabla y su detalle pormenorizado
en el anexo N° 1.

Tabla 19 (página 19 · 30 filas)

Materia EspecíficaUniversoMuestra ExaminadaTotal Examinado
$#(1)$#(1)%
Servicio de mantención de áreas verdes2.151.233.965172.151.233.96517100
Fuente: Elaboración propia, sobre los comprobantes de egreso remitidos por la Dirección de control,
mediante correo electrónico de 28 octubre de 2021.
Nota (1): Corresponde al número de comprobantes de egresos.
Adicionalmente, se analizaron 14 sectores
considerados como áreas verdes por el municipio en las bases de la licitación y el
contrato, equivalentes a 52.982 m2, que representa el 10,67% del total de metros
cuadrados de la licitación, para lo cual se solicitó la colaboración a la Unidad de
Inspección de Obras, de esta II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, para
realizar validaciones en terreno de los sectores que se detallan a continuación:
Tabla N°3: Muestra de áreas verdes
ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
119BandejónBandejón Central Sur Los LibertadoresLos Libertadores, entre Av. El Sauce y Santa Elena1.013
2103PlatabandaPlatabanda Punta Nogales-Los DátilesPunta Nogales con Los Dátiles, vereda sur y poniente respectivamente2.128
3112PlatabandaPlatabanda Carlos Aguirre LucoCarlos Aguirre con Juan Cristóbal (hacia el poniente)2.431
4113PlatabandaPlatabanda Poniente Juan CristóbalJuan Cristóbal, entre Carlos Aguirre Luco y Av. Las Torres4.350
5125PlatabandaPlatabanda Del Pincoy NorponientePlatabanda del Pincoy Nor-Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta1.224
6112PlazaPlaza Talud Nuevo AmanecerRaúl Inostroza desde La Pincoya hasta del Pincoy2.673
7172PlatabandaPlatabanda Norte Las PetuniasLas Petunias, entre Las Zinnias y El Pellín, incluye Taludes2.304
8203PlazaLa PalomaLas Petunias Norte con Los Prunus5.000
9210PlatabandaPlatabanda Norte UDPLa Rinconada altura 516, frente a la UDP (arborización)2.700
10231PlatabandaPlatabanda Norte Pta. MochaCamino Punta Mocha, entre JJ. Aguirre Luco y Camino del Cerro5.508
11226PlazaLos ArtesanosLos Artesanos con caletera Américo Vespucio2.266
12204ParqueTalud Vista HermosaVista Hermosa, talud desde Zambia a Los Plátanos14.200
13197BandejónBandejón Central Poniente Santa ClaraSanta Clara, entre Av. Recoleta y El Salto5.301
1481PlazaPlaza Juan CristóbalJuan Cristóbal con Av. Las Torres1.884
Total52.982
Fuente: Elaboración propia, información extraída de especificaciones técnicas licitación pública ID
2793-185-LR17, público en el portal de mercado público, www.mercadopublico.cl.

Tabla 20 (página 20 (texto) · 39 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
RESULTADO DE LAAUDITORÍA
Del examenpracticado seconstataron las
siguientes situaciones:
I. ASPECTOS DECONTROL INTERNO
Como cuestión previa, esútil indicar que el
control interno es un proceso integral y dinámico quese adapta constantemente a los
cambios que enfrentala organización, es efectuadopor la alta administración y los
funcionarios de la entidad, está diseñado para enfrentar los riesgosy para dar una
seguridad razonable del logro de lamisión y objetivos de la entidad;cumplir con las
leyes y regulaciones vigentes; entregar protección a los recursos delaentidad contra
pérdidas por mal uso,abuso, malaadministración, errores, fraudeeirregularidades,
así como también, para la información y documentación, que tambiéncorren el riesgo
de ser mal utilizada odestruida.
En este contexto, el estudiode la estructura
de control interno dela entidad yde sus factores de riesgo, permitió obtener una
comprensión del entorno en que se ejecutan las operaciones relacionadas con la
materia auditada, delcual se desprenden las siguientes observaciones:
1. Debilidades generales de control interno.
1.1 Sobre manualesde procedimientos de compras.
La Municipalidad de Huechuraba dispone de
un manual de procedimientos de adquisiciones, sancionado mediantedecreto exento
N° 01/3278/2019, de9 de diciembre de 2019,documento quese encuentra
desactualizado, segúnlas nuevas modificaciones publicadas en el Diario Oficial de 21
de enero de 2020, aprobadas mediante el decreto N°821 de fecha7de julio de 2019
que “Modifica DecretoSupremo Nº250, de 2004, del MinisteriodeHacienda, que
aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886, de Basessobre ContratosAdministrativos
de suministro y prestación de servicios”. Específicamente en los siguientes aspectos:
a) No se refiere a la nuevamodalidad de
compra llamada "Compra ágil", mediante la cual las entidades públicaspodrán adquirir
bienes y/o servicios deun monto igual o inferior a 30 UTM: “…de unamanera dinámica
y expedita, a través del procedimiento de trato directo, requiriendounmínimo de tres
cotizaciones previas”.
b) Tampocoincorporalamodificación
introducida, a los procedimientospara realizar la“Compra Coordinada”, la cual
consiste en una modalidad de compra a través dela cual dosomás entidades
públicas: “…pueden agregar demanda mediante unprocedimientocompetitivo, a fin
de lograr ahorros y reducir costos de transacción", entre otras modificaciones.

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Adicionalmente, esta situación también
incumple lo dispuesto en el numeral69° de la resolución exenta N° 1.485, de 1996,
que señala que se deben revisar lasnormas de control interno y efectuar regularmente
las enmiendas necesarias, las cuales debenser plenamente documentadas y
remitidas a quienes le apliquen.
En surespuesta, la entidad auditada
reconoce lo advertido, indicando que se emitió el decreto exento N°833, de 25 de
marzo de 2022, que aprueba elManual deProcedimientos deAdquisiciones
actualizado, el cualincorpora los puntos: 3.3.5 El procedimiento de la Compra Ágil
menor a 30 UTM yel punto 5.2.4El procedimiento de la CompraCoordinadas
Conjuntas.
Conformelo expuesto, ydado que el
municipio reconoce el alcance formulado, a lo quesuma la medida correctiva señalada
en esta oportunidad,la situación objetada se ha subsanado.
2. Situaciones deriesgo no controladas por el Servicio.
2.2 Irregularidadesen la administración de las áreas verdes.
Sobre lamateria, y de acuerdo al análisis
realizados a los procesos de licitación, adjudicación, pagos, y validaciones en terreno,
entre otros, se constató diversos incumplimientosa las exigencias establecidas en las
bases de la licitaciónexaminada y enel contrato, así como también a laadministración
de las áreas verdespor parte de laDirección deMedio Ambiente, Aseo y Ornato, ya
que se advirtió deficiencias en la supervisión del servicio por parte delmunicipio, falta
de dotación del personal que realizólas mantenciones, modificaciones e inexactitud
de metros cuadrados en las bases técnicas paradeterminados sectores, errores en
los cálculos de eventuales descuentos, entreotras situaciones, las que serán
analizadas en formadetallada en losacápites II yIII, Examen de la Materia Auditada
y Examen de Cuentas, respectivamente.
Lo expuesto, transgrede el numeral 38 de las
normas de control interno aprobadasmediante la resolución exenta N° 1.485, de 1996,
que establece quelos directivos deben vigilarcontinuamente lasoperaciones y
adoptar inmediatamente las medidas oportunas ante cualquierevidencia de
irregularidad o deactuación contraria a los principios de economía, eficiencia o
eficacia, además delo señalado enel numeral 57, el cual dispone que debe existir
una supervisión competente de todas las funciones para el logro de los objetivos del
control interno.
Tampocose aviene con el numeral 59, el cual
señala que la asignación, revisión yaprobación del trabajo del personal exige indicar
claramente las funciones y responsabilidades atribuidas a cada empleado, examinar
sistemáticamente sudesempeño, enla medida quesea necesario, y aprobar el trabajo
en puntos críticos del desarrollo paraasegurarse de que avanza segúnlo previsto.

Tabla 22 (página 22 (texto) · 42 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DELA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA2
De igual modo, contravieneel numeral 72, de
la citada resoluciónexenta N° 1.485, de1996, referido a que la dirección es
responsable de laaplicación y vigilanciade los controles internos específicos,
necesarios para susoperaciones, porloque debe ser consciente de que una
estructura rigurosaenesteámbito es fundamental para controlar laorganización, los
objetivos, las operacionesy los recursos.
Lamunicipalidadresponde que esto fue
advertido y se instruyóunsumario administrativo para determinarresponsabilidades
respecto de los cumplimientos que debía realizar el I.T.S. de la licitación ID 2793-185-
LR17 y el DirectordeMedio Ambiente,Aseo y Ornato deese entonces, los cuales
fueron sancionados.
Lasexplicacionesvertidaspor el municipio no
permiten desvirtuarelalcance formulado, dado que no acompañaantecedentes del
proceso administrativomencionado ynose pronunciarespecto a las acciones
correctivas que implementará la municipalidad paraevitarla ocurrencia de
irregularidades en la administración deáreas verdes, por lo que procede mantener la
observación.
Encuanto a lafalta desupervisión y/o
monitoreo del servicioprestado, la entidad edilicia deberá,en lo sucesivo, adoptar las
medidas que fortalezcansus procedimientos de control interno, velando por el
cumplimiento de losartículos 3° y 5°, dela ley N° 18.575,OrgánicaConstitucional de
Bases Generales de laAdministración del Estado.
2.3 Conciliacionesbancarias.
Como cuestión previa, cabe señalar que la
Municipalidad de Huechuraba lleva suregistro de los movimientos bancarios de las
concesiones por servicio demantencióny equipamiento deáreas verdes, en la cuenta
corriente Ndel Banco.
Ahora bien, analizada laelaboración de la
conciliación bancariaal 31de diciembre de 2020 y al 31 de agosto de 2021, se
identificaron las siguientessituaciones:
2.3.a Conciliaciones bancarias no ajustadas a la norma básica deconfección.
Sobre la materia,se advirtieron deficiencias
de control respectoa laelaboración de las conciliaciones bancarias, ejecutadas por la
Dirección de Administración y Finanzas, asociadaa lacuenta corriente
N° denominada “Ingresoy Gastos Municipalidad deHuechuraba”, del
Bancodebido a que enel proceso deconciliación de los saldos
contables con los bancarios considera comoítems conciliatorios movimientos que no
corresponden al estándarpara llevara cabo el controlde loscargos o abonos
bancarios y sus respectivos registroscontables, a saber, “Cheque girados y no
cobrados o abonos de laentidad noregistrados porel banco” (se incorporan

Tabla 23 (página 23 (texto) · 40 filas)

regularizaciones por diferencia, giros a la Municipalidad de Huechuraba, ajuste por
error, entre otros), así como también por laconciliación de cuentas contables
N° 111.08.01 "Fondo por Enterar alF.C.M" y N°111.08.02 "Fondo Común Tag". La
situación expuesta, seanaliza conmayor detalle en el numeral 9.a,del acápite II
Examen de la Materia Auditada.
Lo anterior, denota un incumplimiento de la
letra e), del punto 3 deloficio circularN° 11.629,de 1982, de esta Entidad de Control,
que imparte instrucciones al sectormunicipal sobre manejo de cuentas corrientes
bancarias, que indica que tales conciliaciones serealizan entre los saldos contables y
los saldos certificados por las instituciones bancarias.
Además,no se aviene con loestablecido en
el numeral 51 de lamencionadaresoluciónexenta N° 1.485, de1996, en lo
concerniente al registroinmediato ypertinentede la información, que es un factor
esencial para asegurarla oportunidad y fiabilidadde aquella que la institución maneja
en sus operaciones y en la adopciónde decisiones.
En su respuesta, el municipioseñala que la
conciliación bancaria de la cuenta corriente N°del Banco se
concilia o se comparacon 3 cuentas contables, cuenta N°111.03.21 “Ingresos y
egresos Municipales”,N°111.08.01“Fondo Común a pagar a Tesorería por los
Permisos de Circulación” y N°111.08.02 “FondoComún a pagar a la Tesorería por las
Multas TAG”. Añade que estas cuentas se relacionan y como medida de control para
el municipio, es necesario informarlas en la conciliación bancaria separadamente de
los valores del FondoComún que se pagan a través de la misma cuenta corriente
bancaria.
Además,agrega que si bienes cierto, que
dichas observaciones odiferenciasexpuestas en la conciliación bancaria no fueron
corregidas de manera oportuna, sedebe considerar que durante el año 2020 y 2021
el municipio fue afectado por las restriccionesderivadas de la pandemia, donde el
personal del municipiose vio disminuido en lostiempos de respuesta, no teniendo
personal suficiente parael proceso de análisis yregularizaciones de las mismas.
Por otraparte, explica querespecto del
estándar para llevar acabo el proceso de control, donde se identifican conceptos
como, regularizacionespor diferencias, giros a laMunicipalidad de Huechuraba, ajuste
por error y otros, sonconceptos que internamente son comprendidos por quienes
efectúan los procesosindividualesy son términos que vienen en algunos casos
predeterminados en las cartolas bancarias ose identifica en loscomprobantes
contables.
Por último, señala que acogelo observado,
en el sentido de mejorar la redacción e información que reflejan lasdiferencias a
conciliar y a partir de ese momento se coordinó con las jefaturas respectivas para que
se aplique lo indicado.

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N° ChequeFecha de Registro en LibroDescripciónEgresoDecretoMonto ChequeRespaldo del Servicio
29-12-2020Tesorería General de la Republica Cheque Caducado / Nulo memo Nº 2020 Tesorería.441545372.070Cheque N° anulado
21-12-2020Tesorería General de la Republica Cheque Caducado / Nulo memo Nº 2020 Tesorería.972116004.168Cheque N° anulado
17-12-2020Laboratorio Clínico Cruz del Sur Ltda. Cheque Caducado / Nulo Ord. N° 2020 Dideco.421383623168.000Cheque N° anulado
Total174.238

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ProveedorBancoN° Boleta en garantíaMonto $Fecha recepciónFecha de custodiaDías corridos
Diseño, Servicios y Construcciones Hidrosym Ltda.334505-13.000.00008-11-201702-01-2018-55
Núcleo Paisajismo S.A.1096463.000.00010-11-201702-01-2018-53
Solo Verde S.A.3968143.000.00010-11-201702-01-2018-53
Alto Jardín S.A.01223563.000.00009-11-201702-01-2018-54

Tabla 26 (página 26 (texto) · 43 filas)

CONTRALORÍA GENERALDE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
Sobre lo expuesto, cabe precisar que el
Director de SecretaríaComunaldePlanificación, remitió el oficio ordinario N°46/2018,
de 2 de enero de 2018, al Director de Administracióny Finanzas, solicitando el mismo
día, la custodia y devolución de garantías de seriedad de la oferta, asociadas a la
licitación ya mencionada.
La situacióndescrita, nose aviene con lo
descrito en el artículo5°, del Manual de procedimiento sobre Recepción, Custodia y
Devolución de Garantías, aprobadomediante decreto alcaldicio N°01/3567/2016, de
4 de diciembre de 2017, vigentealmomento de la licitación, el cual señala que “…La
Dirección o Unidad Municipal quehaya recepcionado la garantía deberá remitir el
documento a la Tesorería Municipal, en un plazo no superior a dosdíashábiles, para
que esta última proceda a su custodia”.
Asimismo, se evidenciauna debilidad del
sistema de control interno respecto del resguardoy devolución deeste tipo de
documentos, lo que nose aviene al numeral 46 de laresoluciónexentaN°1.485, ya
citada, la cual señala que la documentación sobre transacciones y hechos
significativos debe sercompletay exacta y facilitar elseguimientode la transacción o
hecho, antes, durantey después desu realización.
En su respuesta, el municipio adjunta el Oficio
N° 1010, de 21 de marzo de 2022,dirigido a la Dirección de SecretaríaComunal de
Planificación Municipal y el Oficio N°1018, de 22 demarzo del mismo año, dirigido a
todas las Direccionesdel Municipio, instruyéndoles velar por los plazosestablecidos
en el Decreto ExentoN°3414, de 7de diciembre de 2021, que Apruebael Manual de
Procedimiento de Recepción, Custodia, Registro, Devolución y Cobro deDocumentos
de Garantía, para que se décumplimiento a las fechas estipuladasen el citado
Manual, el cual mantiene el plazo de 2 días hábiles para la entregaen custodia de los
documentos en garantía.
Agrega, queel Decreto ExentoN°3414, de 7
de diciembre de 2021,actualizael anterior Decreto Exento N°3567del año 2016, que
aprueba el Manual deProcedimientos señalado.
Conforme loexpuesto,y dado que el
municipio reconoce elalcance formulado, a lo que suma que las medidas correctivas
señaladas son de aplicación futuray en consideración de que setratade un hecho
consolidado no susceptible de enmendar para el período auditado,procede mantener
la observación, debiendo el municipio, en lo sucesivo, dar estricto cumplimiento al
referido Decreto Exento N°3414, 7de diciembre de 2021, que Apruebael Manual de
Procedimiento Recepción, Custodia, Registro, Devolución y Cobrode Documentos de
Garantía.
2.5 Falta de segregación de funciones.
De la revisiónrealizada alproceso licitatorio,
se detectó que el Director de MedioAmbiente, Aseo yOrnato, participó en actividades

Tabla 27 (página 27 (texto) · 43 filas)

UNIDAD DE AUDITORÍA 2
como; la aprobación de las Especificaciones técnicas de lalicitación, siendo
posteriormente parte de la comisión evaluadorade lalicitación pública, certificando,
además, mensualmente el servicio de mantención deáreas verdes yautorizando la
emisión de la ordende pagode las facturas delproveedor.
En lo pertinente, la situación descrita no se
ajusta a lo dispuesto en el numeral 55, de la mencionada resoluciónexenta N° 1.485,
de 1996, en cuantodisponeque, con el fin de reducir elriesgo de errores, despilfarros
o actos ilícitos, o laprobabilidad de que no sedetecten este tipodeproblemas, es
preciso evitar que todos losaspectos fundamentales de una transacción u operación
se concentren enmanosde una sola personao sección.Lasfunciones y
responsabilidadesdebenasignarse sistemáticamente a variaspersonas para
asegurar un equilibrio eficazentre los poderes.Entrelas funciones clave figuran la
autorización y el registro delas transacciones, la emisión y el recibo de los haberes,
los pagos y la revisión o fiscalización de las transacciones.
En su contestación, la autoridad municipal
expresa que en laelaboración de las especificaciones técnicas, sin perjuicio de
resultar evidente que dicharesponsabilidad, debe radicarse en launidad requirente
del servicio a licitar, establecido en el Decreto Exento N°01/3278/2019, numero
5.2.1.1. párrafo segundo; ahora bien, en cuantoa la comisión evaluadora, tal como su
nombre lo refiere, es un órgano colegiado, es decir, directamentese sitúan fuera de
la consideración del numeral 55 de la resoluciónNº 1.485, de 1996, pues no es una
sola persona o sección la que evalúa, resultandoimportante la participación en dicha
instancia de la unidad técnica requirente, esto conforme a las disposiciones del citado
Decreto Exento N°01/3278/2019, en particular lodispuesto en el numeral 3.1.13.
Agrega,que lacertificacióndelservicios, más
la aprobación de emisión defactura por parte del proveedor, si biensonacciones que
deben provenir dela unidad técnica (ITS másDirector), corresponde señalar que
estos, no son actosfinales para proceder al pago, muypor el contrario,toda vez que
emitida la factura ycertificado de cumplimientodel servicios, todoslosantecedentes
son remitidos a laDirección de Control Municipal, quien procedeprevio a la
autorización o visación a unanálisis y examende toda la documentación adjunta al
proceso de pago, garantizándose de esta formaun control cruzadode legalidad de la
operación.
En consideración a quela respuesta del
municipio no desvirtúa la objeción formulada, enel contexto de queel hecho objetado
dice relación con laconcentración de las funciones enel citado director y de que se
trata de un hecho consolidado no susceptible deregularizar para elperíodo auditado,
además de no proporcionar los antecedentes que permitan acreditar loargumentado,
procede mantenerla observación. Por consiguiente,correspondeque el municipio
implemente, en lo sucesivo,las acciones que resultennecesarias paraque las bases
administrativas especialesy la certificación delservicio,sean aprobadas
adicionalmente por otrofuncionario distinto, quepueda revisar o advertir
irregularidades.

Tabla 28 (página 28 · 4 filas)

N° de Decreto AlcaldicioFecha de inicio de sumarioDías corridos desde la fecha de inicio hasta entrega al AlcaldeFecha entrega al alcaldeDías corridos desdeTotal días corridos
la entrega al Alcalde
al 19 de enero de
2022
3.02911-12-202035703-12-202147404

Tabla 29 (página 28 · 2 filas)

N° de
Decreto
Alcaldicio

Tabla 30 (página 28 · 2 filas)

Fecha de
inicio de
sumario

Tabla 31 (página 28 · 2 filas)

Días corridos desde la
fecha de inicio hasta
entrega al Alcalde

Tabla 32 (página 28 · 2 filas)

Fecha
entrega al
alcalde

Tabla 33 (página 28 · 1 filas)

Total días
corridos

Tabla 34 (página 29 · 3 filas)

RUTNombreCargo
13.077.XXX-XDirector Asesoría Jurídica
14.130.XXX-XSecretaria Comunal de Planificación
4.965.XXX-XSecretario Municipal

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II CONTRALORÍAREGIONALMETROPOLITANADE SANTIAGO
UNIDADDE AUDITORÍA 2
Sinperjuicio de lo anterior, seconstató la falta
de publicación en el Sistema deinformaciónde Compras y Contratación Pública del
acto administrativo que apruebala comisiónevaluadora conformada en el marco del
proceso licitatorio para la contratación delservicios de mantención y equipamiento de
áreas verdes, acorde lo prevé la normativa, para el proceso licitatorio ID 2793-185-
LR17 comisión que se detalla enla tabla,loque no se condicecon loconsignado en
el punto 3.1.4 de la Directiva deContratación Pública N° 14, de2012, actualizada el
17 de febrero de 2016, sobrerecomendaciones para el Funcionamiento de las
Comisiones Evaluadoras, el cual prevéque la citada comisión debe encontrarse
sancionada a través de un actoadministrativo, dictado por la autoridad competente,
el que deberá publicarseen elsistema de información precisado,
www.mercadopublico.cl.
Asimismo, se incumplecon loestablecido en
la letra b) del artículo 57°, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
reglamento de la ley N° 19.886, el cualenumera los documentosque deben ser
publicados en el aludido Sistema de información, en cuyo numeral4 consigna la
información de la comisión evaluadora.
Ensu respuesta, señala que si bien no
publicó un decreto que formalicela ComisiónEvaluadora con eldebidodetalle de sus
miembros, mediante decreto N°01/2797/2017 se aprueban lasbasesde licitación el
cual fue publicado en el sistemade compras públicas, formalizando el contenido de
los títulos IX y XII.
Agrega el municipio que mediante el decreto
N°01/3641 del año 2021, formalizó nuevas Bases AdministrativasGenerales de
servicio, que en su artículo 9° advierte la conformación de la ComisiónEvaluadora.
Lasexplicaciones otorgadaspor ese órgano
comunal no permiten desvirtuar elhecho objetado, dado que el decreto
N°01/3641/2021, de 30 de diciembre de 2021, según el señalado artículo 9° no hace
mención a la formalización dela comisión evaluadora y de igual forma de la
publicación de los participantesen el portalde mercado público, y enconsideración
de que se trata de un hecho consolidado nosusceptible de enmendarpara el período
auditado, procede mantener la observación.
Alrespecto, corresponde que la entidad, en lo
sucesivo, dé cabal cumplimiento a las instrucciones establecidas enel artículo 57°,
del decreto N° 250, de 2004, delMinisteriode Hacienda.
3.b Boletas de garantías de seriedad delaoferta.
a)Como cuestiónprevia, cabe hacer
presente que de acuerdo a lo indicado enelartículo 12° de lasbasesadministrativas
generales, la devolución de lasgarantíaspor seriedad de la oferta, debía realizarse
respecto de los oferentes que quedaron en los tres primeros lugares en el decreto de
adjudicación, sin indicar plazo de devolución.

Tabla 36 (página 31 · 4 filas)

ProveedorBancoN° Boleta en garantíaMonto $Fecha recepciónFecha de custodia y devoluciónDías corridos
Diseño, Servicios y Construcciones Hidrosym Ltda.334505-13.000.00008-11-201702-01-2018-55
Núcleo Paisajismo S.A.1096463.000.00010-11-201702-01-2018-53
Solo Verde S.A.3968143.000.00010-11-201702-01-2018-53
Alto Jardín S.A.01223563.000.00008-11-201702-01-2018-55

Tabla 37 (página 32 (texto) · 42 filas)

UNIDAD DEAUDITORÍA 2
para el período auditado, se mantiene la observación formulada inicialmente. Por ello,
corresponde queelmunicipio, en lo sucesivo,dé estricto cumplimientoconforme a lo
dispuesto en laleyde compras y sureglamento respectoa la devolución de las
garantías de seriedad, como tambiéna su manual de procedimiento relacionado con
la “Recepción, custodia, registro, devolución ycobro de documentos engarantías”.
b)En relacióncon elmemorándum
N° 354/2019, de29de abril de 2019,remitido por el Tesorero Municipal, a la oficina
de partes, sobre las devoluciones de las boletas de garantías,no constaque se hayan
devuelto las deseriedad de la ofertaa todos los oferentesque participaron en la
licitación, todavezque solo sehacemención en eldocumento, aquellas
pertenecientes alaempresa Alto Jardín S.A., según nómina enviada por correo
certificado a través de Correos de Chile, código de envió N°432221295.
La situación descritano se condice con el
Manual de procedimiento sobre recepción,custodia y devoluciónde garantías,
aprobado mediantedecreto exento N°01/3567/2016, de 27de diciembre de 2016,
particularmente,conel artículo 9°, el cual señala que “…unavez recibida la solicitud,
y en un plazo nosuperior a dos díashábiles, se le debe informar por algún medio
idóneo al tomador (Carta certificada,correoelectrónico o teléfono) que la garantía
solicitada se encuentra disponible parasu retiro, informandodía, horay lugar que se
efectuará la devolución”. Además, no se aviene con el artículo 10°, del mismo
documento, el cualestablece que alhacer“…la devolución de una garantía, la
Tesorería municipaldeberá dejar registro enun acta, sea esta de carácter física o
electrónica dondesedeje constancia de fecha, numero, fechade devolución, número
de recibo de devolución y copia de cédula deidentidad”.
En surespuesta, la municipalidad señala que
en el documentodeCorreos de Chilesobrela devolución de garantías vencidas a
proveedores queseindican en listado y memo N°354, de29 de abril de 2019, se
evidencia la solicitudde despacho de correspondencia de lasgarantíasvencidas. Este
documento es el único que acreditala devolución de todas las garantías a los
proveedores señalados, por lo que noes posible acreditar de otra manera, toda vez
que las garantíasfueron devueltas eldía 24de abril de 2019a los proveedores que
participaron en elproceso de licitación.
Agrega, que a la fecha no tienen reclamos de
los proveedores solicitando las boletasal municipio, acto quecorroboralo expuesto.
Analizados los argumentos,estos resultan
insuficientes para desvirtuar el hecho objetado, dado queno acompaña nuevos
antecedentes que justifiquen y respalden ladevolución deboletasde garantías,
corresponde mantener la observación.
Al respecto, el municipio, enlo sucesivo,
deberá adoptarlosprocedimientosde control respectivos, que aseguren el fiel
cumplimiento eldecreto N°01/3414/2021 queformaliza el manual deprocedimiento
de “Recepción, custodia, registro, devolucióny cobro de documentosen garantías”,

Tabla 38 (página 33 (texto) · 39 filas)

con la finalidadde administrar, controlar, registrary custodiarcon eficiencia los
documentos engarantíasentregados por terceros”, así como también el debido
respaldo de las devoluciones.
4. Sobre el Contrato y ejecución.
Respecto dela materia, cabe consignar que
el acuerdo de voluntadesfue suscrito con la empresa Alto Jardín S.A. el 27 de
noviembre de 2017, por unperíodode tres años a contar del 1 dediciembre de esa
anualidad, contemplando laprestación “Servicio deMantención yEquipamiento de
áreas verdes dela comuna deHuechuraba”, para la totalidad de 241 bienes
nacionales de uso público, correspondiente a una superficie total de 496.421 m2, acto
que fue formalizado por el decretoalcaldicio N° 01/3349/2017, de4 de diciembre del
mismo año, y publicado en el portal Mercado Público, dandocumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 57°,letra b), numeral 8, del reglamento de la ley N° 19.886.
Conforme lacláusula tercera del referido
contrato, la Municipalidad de Huechuraba debía pagara la precitadaempresa la suma
total de $125.307.000, monto sujetoa reajuste anual conforme a la variación que haya
experimentado elÍndice dePreciosal Consumidor durante el periodo acumulado.
Por otra parte, es pertinente mencionar que
mediante el oficioordinarioN°540,de 5 de noviembre de 2020, elDirector de Medio
Ambiente, Aseo yOrnato, solicitó alAdministrador Municipal del municipio en examen,
la autorización para ampliar en 12meses el contrato con la referida empresa Alto
Jardín S.A., acogiéndose alnumeral XXIV de las Bases Administrativas Especiales e
informando que la nueva licitación ID 2793-150-LR320 se declaradesierta, dado que
los oferentes nocumplíancon latotalidad de los requisitos. Porello, mediante el
decreto alcaldicio N°01/2749/2020, de 13 de noviembre de 2020, se aprobó la
modificación delcontrato,suscribiendo una extensión del mismopor 12 meses, a
contar del día 1 de diciembre de 2020 hasta el 30 denoviembre de2021, lo anterior,
por un monto total mensualde $120.693.760.
Del examen del contrato y de las
circunstancias que rodearon su celebración, comotambién dela verificación del
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo y de lasbases que rigieron
la propuesta pública, se determinó lo siguiente:
4.a Diferenciasen los metros cuadrados de las áreas verdes licitadas.
En virtud delo expuestoprecedentemente,
cabe señalar que, a finesde noviembre de 2021, se inició una nueva licitación, ID
2793-181-LR21,la que fue adjudicada a la empresa Sociedadde Transporte y
Mantención deEcogreenLtda.,cuyo contrato fue aprobadomediante decreto
alcaldicio N°01/3276/2021,de 24 de noviembre de igual año.
Sobre el particular, ysolo como una
constatación de hecho, es dable señalar que revisadola lista de bienes de uso público

Tabla 39 (página 34 · 8 filas)

ÍtemsID 2793-185-LR17 Año 2017ID 2793-150-LR20 Año 2020Diferencias
Cantidad de terrenosSuperficie M2Cantidad de terrenosSuperficie M2Cantidad de terrenosSuperficie M2
Bandejón29102.91132113.045310.134
Parque361.227349.7540-11.473
Platabanda78182.33854142.259-24-40.079
Plaza125145.248111120.768-14-24.480
Rotonda64.69743.711-2-986
Total241496.421204429.537-37-66.884
Total diferencia-37-66.884

Tabla 40 (página 34 · 9 filas)

ÍtemsID 2793-150-LR20 Año 2020ID 2793-181-LR21 Año 2021Diferencias
Cantidad de terrenosSuperficie M2Cantidad de terrenosSuperficie M2Cantidad de terrenosSuperficie M2
Bandejón32113.04533106.2791-6.766
Parque349.754247.027-1-2.727
Platabanda54142.25958140.2624-1.997
Plaza111120.768115119.7104-1.058
Rotonda43.71164.6972986
Total204429.537214417.97510-11.562
Total diferencia10-11.562
Total diferencia desde 2017 a 2021 -78.446

Tabla 41 (página 35 · 6 filas)

TipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
PlazaPlaza las GolondrinasCaletera San Martín con Los Chercanes2.339
PlazaPlaza los BomberosIsluga con Los Chercanes937
PlatabandaPlatabanda poniente paso finoPaso Fino, Harás V624
PlazaÁreas Verdes Pendientes los Dátiles – Punta NogalesÁreas verdes que ingresarán (*)7.814
PlatabandaPlatabanda Norte UDPLa Rinconada altura 516, frente a la UDP (arborización)2.700
PlatabandaPlatabanda Punta Nogales – Los DátilesPunta Nogales con Los Dátiles, vereda sur y poniente respectivamente2.128

Tabla 42 (página 36 · 1 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónEstadoSuperficie (m2)
58PlazaPlaza Quilapi NorteSanta Rosa de Huechuraba, Quilapi NorteAcoge a ordenanzas N°11482

Tabla 43 (página 37 · 9 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónEstadoSuperficie (m2)
59PlazaPlaza Quilapi SurSanta Rosa de Huechuraba, Quilapi SurAcoge a ordenanzas N°11477
72PlazaPlaza AlbinoLoteo Harás de Huechuraba II, Pje. AlbinoAcoge a ordenanzas N°11213
73PlazaPlaza Alter Real OrienteLoteo Harás de Huechuraba II, Alter Real Oriente, entre Alter Real Norte y Pje. BayoAcoge a ordenanzas N°11708
74PlazaPlaza Alter Real SurLoteo Harás de Huechuraba II, Alter Real Sur con Pje. PintoAcoge a ordenanzas N°111.102
75PlazaPlaza Pje. Trotón PonienteLoteo Harás de Huechuraba II, frente a Pje. Trotón PonienteAcoge a ordenanzas N°11527
76PlazaPlaza Pje. Trotón OrienteLoteo Harás de Huechuraba II, frente a Pje. Trotón OrienteAcoge a ordenanzas N°11417
142PlatabandaPlatabanda Norte Los NogalesPlatabanda Norte Los Nogales, desde Los Damascos hasta Av. RecoletaRepite ítem 1413.269
143PlatabandaPlatabanda Sur Los NogalesPlatabanda Sur Los Nogales, desde Los Damascos hasta Av. RecoletaRepite ítem 1403.000
Total 10.195

Tabla 44 (página 38 · 5 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
244BandejónBandejón Av. del CóndorBandejón central calle el Cóndor desde Av. del Parque hasta Av. del Parque2.000
245BandejónBandejón Av. del Valle SurBandejón central calle el valle sur desde Av. del Parque hasta Av. del Parque.(incluidas rotondas)3.915
246BandejónBandejón Av. Los JardinesBandejón central calle los jardines desde Av. del Parque hasta Av. Santa Clara1.671
247BandejónBandejón Av. del Valle NorteBandejón central calle del valle norte Av. del Parque hasta Av. Santa Clara2.609
Total 10.195

Tabla 45 (página 39 (texto) · 41 filas)

UNIDAD DEAUDITORÍA 2
Lasexplicaciones otorgadaspor la entidad
edilicia no desvirtúan el alcance formulado,por cuanto no aporta respaldo del acto
administrativo queinstruyó elsumario, porlo que se mantiene lasobservaciones
planteadas en las letras a) y b), debiendo presentar una copia del actoadministrativo
que lo dispuso, en un plazo de60 días hábiles, contados desde la recepción de este
informe, por mediodel Sistemade Seguimiento y Apoyo CGR.
4.d Permiso de ocupación enbien nacionalde uso público.
En relación con el listado de los sectores
donde debía efectuarse el servicio de mantenciónde áreas verdes, se constató que
la zona denominada“Plaza losArtesanos” de2.266m2, además de haber sido incluida
en la lista de terrenos considerados áreas verdes en la licitación 2793-185 LR17, del
año 2017, adjudicada a la empresa AltoJardínS. A., para su mantención, fue
entregada a la empresa Calzada Chile Spa(AkiKB Minibodegas), en virtud de un
permiso de ocupación de biennacional deuso público. Así se informa en el Oficio
Ordinario Nº 581/2020, de 10 de marzo de 2020, dela Dirección de Obras Municipales
de la aludida municipalidad, donde se señala que el citado bien tiene permiso de uso
según decretos alcaldicios Nos3593/2016 y1265/2017.
Esdableagregar que en el mencionado
decreto alcaldicio Nº 3593, de2016, que otorga elpermiso de ocupación por 25 años
en favor de la anotada empresa Calzada Chile SpaAki KB Minibodegas, se consigna
que dicha sociedad“realizará asu costo la mantención, iluminación, aseo y ornato del
inmueble, lo que contribuirá al embellecimiento delsector, sin costo para el municipio”.
Porconsiguiente, se constatóque respecto
de un mismo espacio públicola municipalidad dispuso el cuidado o mantención del
área por parte de dos particulares, uno, Alto Jardín S. A., en virtud del contrato de
mantención y otro, Calzada Chile Spa (Aki KB Minibodegas), en virtuddel permiso de
ocupación aludido,situaciónque fue advertida posteriormentepor la propia
municipalidad, todavez que consta que porOficioOrdinario Nº 312, de 2020, de la
DAJ donde se instruye retirar esta área de BNUP del contrato de mantención de áreas
verdes.
Lasituación expuesta atenta contra los
principios de certeza jurídica, yademás vulnera losprincipios de eficacia, eficiencia, y
control, previstos enel inciso segundo del artículo3º de la ley Nº 18.575 y 5º de ese
mismo cuerpo legalque impone a las autoridades yfuncionarios velarpor la eficiente
e idónea administración de los medios públicos ypor el debido cumplimiento de la
función pública.
Estamateria será examinadaademás en el
numeral 13 del examen de cuentas del presente informe.
Enrespuesta, el municipioseñala, en
síntesis, que la plaza Los Artesanos se disminuyódel contrato de áreas verdes por
comodato. Agrega que se solicitó reintegro del áreaverde mediante oficio N°19 de 14

Tabla 46 (página 40 (texto) · 42 filas)

II CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
de febrero de 2021, adjuntando para elloel formulario respectivode fecha 17 de
febrero de 2021,el cual señala que se reintegra el monto de $5.398.582.
Atendidas las explicacionesvertidas por el
municipio, sobreesta materia, se mantienelo observado, toda vez que secomprobó
que sobre unmismoespacio públicoel municipio dispuso,por una parte,
una contrataciónpara lamantención de un espacio público, bajo laconsideración que
se trataba de unárea verde, y por otra, un permiso de ocupación de esa misma zona,
la explotación deestacionamientos, de manera que activó la presencia de dos titulares
de derechos y deberes incompatibles sobrela aludida Plaza Artesanos, loque derivó
en que la empresa Alto Jardín S.A., haya restituido lo que se le habíapagado por esa
mantención en el montoque indica.
Porlo tanto el municipio, en esteaspecto,
deberá, en lo sucesivo, adoptar las medidas que fortalezcan susprocedimientos de
resguardo, control y adecuado registro de los bienes de uso público, velando por el
cumplimiento delos artículos 3° y 5°, de la citada ley N° 18.575.
Sinperjuicio de lo anterior, corresponde que
esa entidad edilicia, instruya un procedimiento disciplinario tendientea determinar las
eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en las
irregularidades descritasprecedentemente.
. Póliza de garantía de fiel cumplimientodel contrato.
a)Sobre la materia, valemencionar que
el Director de Administración y Finanzas, dela Municipalidad de Huechuraba, informó
mediante oficio N° 4494,de 29 de diciembrede 2021, que para elperiodo en revisión
la póliza de garantía quegarantiza el fiel cumplimiento del contratoN°4568271 por un
monto de $479.998.080, emitida el 27 denoviembre de 2017no fueinformada
debidamente para su contabilización. En lopertinente, revisado enel mayor contable
de la cuenta deordenN° 921.03.00.000.000.000, denominada“Debe-Garantías
recibidas de FielCumplimiento de Contratos”, no consta su registro contable.
Enlo pertinente, lasituacióndescrita
incumple lo establecidoen el “Manual deprocedimientos de recepción,custodia,
registro, devolución y cobro de documentosen garantía”, aprobado mediante Decreto
Exento N°01/3414/2021,con fecha 7 dediciembre de 2021,que señala en el
procedimiento 5.7.1 “Proceso de registro contable”, que el últimodía hábil de cada
mes, TesoreríaMunicipal, remitirá un documento conductordirigió al Jefe de
Contabilidad, cuyo documento incluye el detalle de todas las garantías quedeben ser
ingresadas y registradasen el Sistema de Contabilidad Gubernamental delMunicipio.
Adicionalmente, se debeprecisar que la
normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación aprobada por el oficio
circular N° 60.820, de 2005, y sus modificaciones, entre otras regulaciones,establece
la estructura del plan de cuentas y específicamente, del apartado Cuentas de
37

Tabla 47 (página 41 (texto) · 40 filas)

Responsabilidadeso Derechos Eventuales, en las que deben registrarse, entre otros,
las citadas garantías.
En respuesta,el municipio confirma lo
observado, en el entendido que la Dirección de Administración y Finanzas no recibió
la Boleta de Garantía de FielCumplimiento de ContratoN°4568271por el monto de
$479.998.080 emitida el 27 denoviembre de 2017, por tanto, no fueposible efectuar
el registro de dicha contabilización.
Agrega, que remite en su respuesta el oficio
N°1010, de 21 demarzo de 2022,recordándole ala Secretaria Comunal de
Planificación Municipal el cumplimientosobre esta materia y oficioN°3414, 22 de
marzo de 2022, señalándoles a todaslas Direccionesdel Municipio velar por los
plazos estipulados indicados en el decreto exento N°3414de, 7 de diciembre de 2021,
que Aprueba el Manual de Procedimiento Recepción, Custodia, Registro, Devolución
y Cobro de Documentos deGarantía,para que se décumplimiento a las fechas
estipuladas en el Manual de Procedimientos Actualizado,el cual mantiene el plazo de
2 días hábiles para la entregaen custodia de los documentos en garantía
Termina señalando que con lo dispuesto
anteriormente, el Departamento de Tesorería velará por el resguardo de dichas
garantías y serán contabilizadas en tiempo oportuno.
Conforme lo expuesto, dadoque el municipio
reconoce el alcance formulado, en consideración deque se trata de un hecho
consolidado no susceptible deenmendar para el períodoauditado, por cuanto no se
registró contablemente enel periodo correspondiente, procede mantener la
observación.
Por consiguiente, procede que ese órgano
comunal adopte lasmedidas pertinentes para potenciar,en lo sucesivo, el resguardo
de los documentos yoportunoenvió a laDirección de Administración yFinanzas, para
realizar un registropertinentede los documentos, además de observar los plazos
dispuestos en el decreto exento N°3414, de 7 de diciembre de 2021,que Aprueba el
Manual de Procedimiento Recepción,Custodia, Registro, Devolución y Cobro de
Documentos de Garantía.
b) Cabe precisar queel municipio,
registró contablemente la renovaciónde la póliza degarantía N°4568271, por la
extensión de 12 meses del contrato, conuna nueva póliza N° 5417074, por un monto
de $529.832.551, cuya fechade emisiónes el 1 de marzode 2021, advirtiéndose que
el documento fue contabilizado con unmes de desfase.
Indistintamente,se verificó que la caución en
comento se encuentra erróneamente contabilizada en lascuentas deresponsabilidad
o derechos eventuales, código 92301,denominada "Debe-garantías recibidas por
contratos de construcción" y 92302, "Haber-responsabilidades por garantías recibidas
por contratos de construcción", en circunstancias que eloficio circular N° 36.640, de

Tabla 48 (página 42 (texto) · 41 filas)

UNIDAD DEAUDITORÍA 2
2007, de esta Entidad deControl,que aprobóel Manual deProcedimientos Contable
y el Catálogo de Cuentaspara elSector Municipal, prevé que las boletas de garantía
deben ser registradas enla cuenta 92103, denominada “Debe- Garantías Recibidas
de Fiel cumplimiento del Contrato”.
En respuesta, elmunicipio confirma lo
observado, señalando que efectivamente larenovaciónde la póliza de garantía
N°4568271, con la nuevapóliza N°5417074,por un montode $529.832.551, de 1 de
marzo de 2021, fue registrada contablemente con un mesde desfase, ya que fue
informado por el Departamento deTesoreríapara su custodia el día 25 de marzo de
2021, derivando al Departamentode Contabilidad en el mesde abril, y registrándose
en la cuenta de responsabilidad.
Luego, agrega, quees preciso indicar, que la
metodología de registro contablede los documentos en garantía fue corregido el día
22 de octubre de 2021,fecha que fue ajustado el registro contable de todos los
documentos en garantíade la especie conforme a lo establecidoen la normativa
vigente Oficio Circular N°36.640, de 2007.
En atención a que lasargumentaciones
señaladas por el municipio no desvirtúan lo objetado, reconociendo el reproche
formulado y considerandoque correspondea una situación consolidada que no es
posible enmendar para el períodoauditado,se mantiene la observación formulada.
Por tal motivo, corresponde quela municipalidad, en lo sucesivo,ajuste su actuar
conforme con la normativa, procedimientosy plan de cuentas impartidos por esta
Entidad de Control en los oficios Nos 60.820, de 2005 y36.640, de 2007 y sus
modificaciones.
. Sobre la Supervisiónde Inspector técnico de servicio.
6.a Falta de informes desupervisión sobre la prestación de servicio.
De larevisión alos libros Manifold que
acreditan la supervisión por partede los ITS de la Direcciónde Medio Ambiente, Aseo
y Ornato del examinadomunicipio, correspondiente al servicio de mantención de
áreas verdes, en relacióncon losperiodos 2017 al 2021,no consta que se hayan
emitido informes de control para los años 2020 y 2021, todavez que solo se dejó en
evidencia las revisiones alos sectores de Alcalde Carlos Cuadrado Prats, mediante el
oficio ordinario N°315/2021 de 7 de junio de2021, emitiéndose para tales efectos el
“Informe de trabajos realizados1° trimestre 2021”, además, del oficio ordinario
N°426/2021, de 27 de juliodel mismo año, “Informe de trabajos realizados 2° trimestre
2021”, los cuales proporcionan unreporte de las podas, reparaciones, mejoramientos
y mantenciones de áreasverdes, con respaldofotográfico delas situaciones ocurridas
durante los meses de enero a junio de 2021.
Sobrela situacióndescrita, es del caso
indicar que de acuerdo alo establecido en elartículo 3°, obligaciones de los ITS, en
el punto 4 del reglamentode “Responsabilidades y obligaciones inspectores técnicos

Tabla 49 (página 43 (texto) · 42 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DE LAREPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
de obras y servicios,aprobado mediante decreto alcaldicio N°01/918/2016, de 12 de
abril de 2016, “El ITSestará obligado ainformar por documento alDirector de la
Unidad correspondiente, respecto de cualquier situación que secontraponga al
cumplimiento delosplazos establecidos para la ejecución delas obra y servicios”.
Adicionalmentemenciona que “Del mismomodo, deberá informar oportunamente al
director, respecto alavance y/o estado dela formación de losservicios contratados”,
lo cual, en conformidadcon los documentos tenidos a la vista, no habría acontecido
en la especie.
Asimismo, no armoniza con loestablecido en
los citados artículos 3° y5° de la ley N° 18.575, que establecen que laAdministración
debe observar en suactuar, entre otros, elprincipio de controly "velarpor la eficiente
e idónea gestióndelosmedios públicos ypor el debido cumplimiento de la función
pública".
Laentidad edilicia responde que, en relación
con el desempeño delinspector técnico,la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y
Ornato del municipio, no se puede pronunciar, ya que el funcionario se encuentra
cumpliendo medidadisciplinaria por su falta de fiscalización ycontrol del respectivo
contrato a su cargo.
Altenor de lo expuesto ypuesto que el
municipio no sepronunció sobre la situación objetada, y sumado a que se trata de un
hecho consolidadonosusceptible de regularizar para el períodoauditado, esta
Contraloría Regionalmantiene lo descrito en este numeral.
Procede que el municipio informe a esta
Contraloría Regionalsobre el motivo por elcual no se revisó e informóoportunamente
sobre los casos irregulares en el servicio de mantención de áreas verdes, en relación
con los periodos 2017al 2021, informando documentadamentede ello a esta
Contraloría Regional, enel plazo de 60 días hábiles, contadodesde la recepción del
presente informe, por medio del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.
Asu vez, deberá arbitrar las medidas que
resulten necesariaspara informar, de forma oportuna, irregularidades que puedan
acaecer sobre los servicios de mantenciónde áreas verdes y cualquier inconveniente
que retrase los plazos obien denunciar losincumplimientos del contrato al Director de
la Unidad respectiva, con la finalidad de evitar pagos irregulares sobre servicios no
prestados u otrotipodeirregularidades enla prestación del servicio.
6.b Sobre la supervisión del Inspector técnico de servicio.
Dela revisión realizada a losLibros Manifold
Nos 5, 6, 7 y 8, enrelación con el periodo 1de enero de 2020 al30 de agosto de 2021,
se constató quela supervisión efectuada por el Inspector técnico de servicio (ITS), a
cargo de la licitaciónID:2793-185-LR17, correspondiente al año 2020, consistió en 3
salidas a terreno. Eneste contexto, es dable consignar quedurantelos meses de

Tabla 50 (página 44 · 10 filas)

MesAño 2020Año 2021
1Enero1No se refleja supervisión
2Febrero1No se refleja supervisión
3MarzoNo se refleja supervisión4
4AbrilNo se refleja supervisión5
5MayoNo se refleja supervisión2
6JunioNo se refleja supervisión1
7JulioNo se refleja supervisión3
8AgostoNo se refleja supervisión4
9Noviembre1No se refleja supervisión
Total319

Tabla 51 (página 45 (texto) · 43 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
La faltade supervisión al contratono resulta
conciliablecon lo dispuesto en losartículos 3ºy 5º, de la aludidaley Nº18.575, en
relación conla observancia de losprincipios deresponsabilidad, eficiencia, eficacia y
control, en el sentidode que las autoridades y funcionarios deben velar porla eficiente
e idónea administración de los medios públicos,junto con el debido cumplimiento de
la función pública.
Sobre la materia el municipioreplica lo
indicado enel punto precedente,en el sentido que, respectoal desempeño del
inspector técnico, laDirección deMedio Ambiente, Aseo y Ornato, nose puede
pronunciar,ya que elfuncionario se encuentra cumpliendo medidadisciplinaria por su
falta de fiscalizacióny control del respectivo contrato a su cargo.
Los argumentos esgrimidos por el municipio
no desvirtúan lo objetado, es más, y dado queno se pronunciasobrela situación
objetada, ysumadose trata de un hecho consolidado no susceptible deregularizar
para el período auditado se mantiene la observación formulada.
En atención a lo expuesto, el municipio
deberá informar sobre el motivo por el cual nose procedió a efectuar los controles
pertinentesa la inspección técnicadel servicio de mantención, enel plazode 60 días
hábiles, contado desde la recepción del presente documento, pormediodel Sistema
de Seguimiento y Apoyo CGR.
A su vez, correspondeque el municipio
disponga medidas tendientes a asegurar que elmunicipio dé efectivo cumplimiento de
la obligación de controlar, supervisar y evaluar lacalidad del servicio en terreno de los
contratos en comento, velando deesta forma por el cumplimiento de los principios de
eficiencia, eficacia ycontrol, consignados en los mencionados artículos 3°, 5° y 11°,
de la ley N°18.575.
6.c Sobreel cumplimiento de losestablecido en el Libro Manifoldo de servicio.
Se advirtió que en los libros Manifold Nos 5, 6,
7 y 8, el ITSdel contrato de licitación por mantención y equipamiento de áreas verdes,
don, estableció 32 instrucciones de poda, de reparaciones de
filtraciones,retiro dejuegos, retirode basura, corte de pasto, entre otras,lo cual fue
firmado porel Supervisor de Alto Jardín S.A. y el ITS don.
Sin embargo, no consta evidenciadel cumplimiento de estas instrucciones por parte
del contratista, comotampoco seadvierte un informe, correo derespaldo, registro
fotográficoo supervisión posteriordel ITS validando el cumplimiento y registro en el
libro de servicio, el detalle de instrucciones se expone en el anexoN°3.
Lo anterior, no se condicecon loestablecido
en la cláusula sextadel ya mencionado contrato de servicio, el cual señala que las
“…órdenesdeberáncumplirse dentro del plazo que al efecto estipule la ITS. Asimismo,
menciona que el incumplimiento de cada orden,será sancionado de acuerdo al Título
XIX de las bases administrativas especiales”, loque no consta quehaya sucedido por

Tabla 52 (página 46 (texto) · 36 filas)

II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
cuanto no serefleja que el contratista haya acatado las sugerencias realizadas por el
ITS del municipio como tampoco su supervisión
Adicionalmente, esdel caso señalar que el
citado reglamento “…las responsabilidades y obligacionesinspectores técnicos de
obras y servicios, aprobado mediante decreto exento N°01/918/2016, deabril de 2016,
en su artículo 2°, sobre responsabilidades delITS, punto 2, señalaque “…toda
supervisión que efectué el ITS,para verificar elcumplimiento del contrato de un
servicio, deberá registrarla en el libro manifold, y cada vez que entregueinstrucciones
al contratista,como así mismo, las observacionespor fallau omisiones que puedan
originar multas y/o cualquiera otrainformación que ameriteser considerada para el
fiel cumplimiento del contrato”,además de lomencionado en el artículo 3°,
obligacionesde los ITS, en el punto 6, señala que “…esobligaciónineludible del
Inspector técnico registrar detalladamente en el libro de novedades (Manifold),
cualquier contravención, por partede la personanatural ojurídica contratada, a las
obligaciones,responsabilidad, y/ocompromisos contraídoso cualquierinobservancia
a las obligaciones instruidas por el ITS”, lo cual noconsta que haya ocurrido.
Además, lo expuesto, no armoniza con los
comentados principios de control,eficiencia y eficacia, consagrados en los artículos
3°, inciso segundo y 5° de la leyN° 18.575, todavez quela entidadauditada debe
velar por la eficiente e idónea administración de los mediospúblicos.
En relación a lo expuesto, ydado que el
municipio nose pronunció sobre lasituación objetada, estedeberá informar el motivo
por el cual nose efectuó controla las labores que debió realizar el ITS respecto al
adecuado registro de supervisióndocumentados en el LibroManifold, con la finalidad
de mantenercomunicación oportuna con el proveedor y tener un registro histórico
completo detodas las instrucciones que realizael ITS yverificar sucumplimento
posterior, y sumado a que se tratade un hecho consolidadoque no essusceptible de
enmendar para el período auditado, procede mantener la observación.
Por tanto,el municipio deberá informar en un
plazo de 60 días hábiles, contadodesde la recepción del presente informe, por medio
del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, el motivo por elcual no serealizaron los
controles pertinentes en relación ala labor que debió desempeñar el ITS.
Asimismo,la entidad deberáarbitrar las
medidas queresulten necesariaspara llevar, en losucesivo, un efectivocontrol sobre
el cumplimiento de los contratos.

Tabla 53 (página 47 · 2 filas)

MotivoApelaciónRespuestaMonto
Se aplica en Libro Manifold Nº7En foja Nº25 del libro Manifold Nº7 Se indica lo siguiente: No cumple con los plazos estipulados en carta Gantt del mes de febrero 1.Punto Nº3, falta podar árbol 2. Punto Nº6, falta terminar poda de 6 palmeras. 3. Punto Nº11 falta terminar despejar luminaria en plaza Los Chercanes.Carta Alto Jardín de Fecha 16-03-2021ORD 1704/32/20219 UF
Se aplica en Libro Manifold Nº7En foja Nº47 del libro Manifold Nº7, se indica que no cumplió con lo estipulado en carta Gantt mes de junio. 1. Falta reposición césped en orilla costado izquierdo de la plaza El Carbón 2. Falta retiro de especies secas en plaza.Carta Alto Jardín de Fecha 28-07-2021ORD 1704/75/20215 UF

Tabla 54 (página 48 (texto) · 38 filas)

II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA2
En su respuesta, lamunicipalidadseñala que
efectivamente no se notificóa la empresa a través de oficiotal como se hace mención
en el contrato examinado.
Continúa señalando, que en vista que el
Director de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la municipalidad, Sr.
durante el año2020 y hasta septiembre de 2021 por razones de salud,
estuvo realizando teletrabajo, se le dificultó emitir la respectiva notificación el día que
se cursaron lasrespectivasmultas.
Agrega, que respecto a la multa emitida el día
28 de febrero de 2021, estafue cursada el día viernes porla tarde, porende y dado
que no se disponía de la firma del mencionado director,esa direcciónprocedió a
notificar a la empresa el díalunes 2 demarzo de igual año.
Termina adjuntando al oficio de respuesta, las
notificaciones yel comprobante de multas.
Sin perjuicio de lasexplicacionesenunciadas,
no es posible subsanar la observaciónplanteada, dado que por una parte no indica
algún mecanismo para agilizar los procesos de emisión y aplicaciónde multas
existiendo situaciones de contingencia,y por otra, considerando que setrata de una
situación consolidada no susceptible decorregir para el período auditado,se mantiene
lo observado.
Sobre la situación objetadala entidad
municipal, deberá arbitrarlas acciones que resulten necesarias paraque en lo
sucesivo, no seobstaculiceel procesode emisión y aplicación de multas.
7.b Sobre apelación de multas.
De acuerdo a lo referido en el numeral XXV.,
sobre Multas, de las ya mencionadas bases administrativasespeciales dela licitación
de que se trata,al aplicar una multa, elcontratista podrá hacer sus descargos dentro
de un plazo decinco días hábiles contando desde la fechade notificación, siendo la
Dirección de Medio Ambiente, Aseoy Ornado (DIMAO) de la Municipalidad de
Huechuraba quien resolveráen primerainstancia.
Al respecto, de acuerdo a lainformación
proporcionadapor la Dirección de control, en respuestaal oficio N°1, de 30 de
septiembre de2021, sobrela materia,correspondiente a los periodos 2020 y 2021,
informó que seaplicó tresmultas que no cumplieron con los días de apelación
establecidos enlas bases,existiendouna multa en la que se presentóla carta de
apelación después de 17días desdela fecha de notificación, cuya apelación fue
acogida y rebajada, como se detalla enla siguiente tabla:

Tabla 55 (página 49 · 3 filas)

Resolución de NotificaciónFecha de notificaciónMontoResolución de apelaciónFecha de apelaciónDías transcurridos
ORD N° 1704/17/202002-03-20206 UFORD N° 1704/20/202028-02-2020-2
ORD N° 1704/66/202013-11-20206 UFORD N° 1704/71/202020-11-20206
ORD N° 1704/43/202104-05-202117 UFORD N° 1704/55/202126-05-202117

Tabla 56 (página 50 · 1 filas)

N° de cuenta contableNombre de cuenta contableSaldo al 31-12-2020Saldo al 31-08-2021
111-03-21Ingresos y Gastos Municipalidad de Huechuraba Bco. CTA. CTE. N°4.410.857.6507.764.129.306

Tabla 57 (página 50 · 3 filas)

N° de cuenta contableNombre de cuenta corrienteSaldo al 31-12-2020 $
111.08.01Fondo por Enterar al F.C.M.39.883.554
111.08.02Fondo Común TAG2.672.001
Total 42.555.555

Tabla 58 (página 51 (texto) · 41 filas)

permite llevar un control adecuado del movimiento de los recursosmanejados en
cuentas corrientesbancarias, lo que no se aprecia en laespecie, considerando la
situación observada.
Adicionalmente, secontraviene lo indicado en
el oficio N° 20.101,de 2016, de la Contraloría General, que Imparteinstrucciones al
sector municipal sobre presupuesto inicial, modificaciones yejecuciónpresupuestaria,
en cuyo numeral4,conciliacionesbancarias, señalaque enrelación a las
disponibilidades, específicamente a lascuentas representativas de cuentas corrientes
bancarias que mantenga el municipio, en el Bancoy en los demás bancos del
sistema financiero,respecto de fondos propios o de terceros quese registren en
cuentas extrapresupuestarias, es necesario mantener un adecuado control
administrativo de ellas que permita confiar en la composición del saldo.
Asimismo, lo señalado en el presente
numeral se contraponecon el principiode control contemplado en elartículo 3° de la
mencionada ley N° 18.575, como también el aludido oficio circular N° 60.820, de 2005,
de este Organismode Control, el que establece como característicacualitativa de la
información financiera que sea, entre otras, oportuna, comprensible,además de una
representación fiel yverificable, lo que no acontece en la especie, toda vez que en las
contabilizaciones se manifiesta dichaspartidas como transferenciaelectrónica de
fondos o depósitosen efectivo.
Al respecto elmunicipioresponde, en
resumen, que la conciliación bancaria objetada, se compara con 3 cuentas contables,
a saber, 111.03.21,en esta cuenta principal que maneja elmunicipio,se registran los
movimientos relacionados con los ingresos por conceptode Patentes Comerciales,
Permiso de Circulación,Licencias, médicas, Aseo Domiciliario, entreotros, a su vez
se registran los pagos asociados a proveedores, remuneraciones, entre otros.
Continúa señalando que respecto a la cuenta
contable N° 111.08.01,esta refleja solamente los movimientos contables del Fondo
Común de los Permisosde Circulación relacionado con el pago del 62,5% que se debe
pagar a la TesoreríaGeneral de laRepública. Respecto a la cuenta contable
N° 111.08.02, se registran los movimientos contables respecto al Fondo Común de
las Multas Tag asociados a los porcentajes que dependen de las fechas que son
aplicadas las sentencias.
Finaliza, indicandoque las tres cuentas ya
mencionadas se encuentran relacionadas y como medida de control esnecesario para
el municipio mantenerlas separadas yfacilitar el controlde los valores referidos al
Fondo Común, los cuales deben ser pagados a la Tesorería Generalde la República
a través de la misma cuenta corriente N
Considerando lo informado y los
antecedentes aportados en esta oportunidad que acreditan quedichas cuentas
contables se encuentran asociadas directamente a la cuenta corriente examinada,
corresponde levantar las observacionesformuladas.

Tabla 59 (página 52 · 6 filas)

Fecha de Cartola BancariaN° TransacciónConceptoMonto $Respuesta a las Observaciones de la Contraloría General Ajustados contablemente
12-05-20210011098Cheque pagado por Caja//Dp/1619 no está Contabilizado -Falta Egreso11.245.276Traspaso N° 731 del 22-03- 2022
12-05-20210011100Cheque pagado por Caja//Dp/1627 no está Contabilizado -Falta Egreso109.060T r a spaso N° 732 del 22-03- 2022
12-05-20210011099Cheque pagado por Caja//Dp/1625 no está Contabilizado -Falta Egreso26.004T r a s paso N° 733 del 22-03- 2022
18-08-20210001720Provisión en Línea Convenio Proveedores Número 3540219042 nómina 00008181116 - Dp/2766 Disp.111.03.22 del 30.07.20213.727.095Memo N°108/22 - Decreto Pago N°1233 del 21-03- 2022
26-08-20210001720Provisión en Línea Convenio Proveedores Número 3540219042 nómina 00008203502 - Dp/2996 del 10.08.2021 Disp.111.03.22776.650Memo N°107/22 - Decreto Pago N°1232 del 21-03- 2022
Total 15.884.085

Tabla 60 (página 53 · 3 filas)

Fecha de Cartola BancariaN° TransacciónConceptoMonto $Días corrido desde el 31-08-2021Respuesta a las Observaciones de la Contraloría General Ajustados contablemente
30-11-20200010217Cheque Recibido en Canje de Banco2.264.094274Memo N°110/22 - Decreto Pago N°1235 del 21-03- 2022 y Egreso Pagado N° 4665
30-11-20200010219Cheque Recibido en Canje de Banco187.187274Memo N°109/22 - Decreto Pago N°1234 del 21-03- 2022 y Egreso Pagado N° 4662
Total 2.451.281

Tabla 61 (página 54 (texto) · 41 filas)

II CONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA 2
que respaldan dichosregistros contables.
Sobrelo anterior, señala que sesubsanaron
un 95% de lo observado, correspondiente a$269.245.377, quedandopendiente un
5% que asciende a $14.318.421. El detalle serefleja en el citado anexoN° 4.
A su vez, respecto a los abonosno ajustados
por un total de $28.712.381,el municipio adjunta en su respuestacopia de los
comprobantes contables que acreditan la contabilización para un total de$4.063.582,
quedando pendienteun valor de$24.648.799.El detalle se refleja en elcitado anexo
N° 5.
Luego, sobre los ítemsconciliatorios
denominados “Provisión en líneaconvenio proveedores” y “Cheques pagados por caja
que no estaban contabilizadospor falta de egreso” por un total de $15.884.085, el
municipio manifiestaque todosellos fueron ajustados,adjuntando copiade ellos.
Lasexplicaciones yantecedente
proporcionados por la entidad edilicia no desvirtúan elalcance formulado, por cuanto
por una parte, si bien dan cuenta de las contabilizaciones realizadas para varia
partidas conciliatorias, tal es el caso de, Abonopago aproveedores, Transferencia otr
banco de tercero, Abono portraspaso, Pagos varios, entre otros,aún no se h
terminado de regularizar la totalidad de las partidas, por lo que corresponde mantene
la observación.
En lopertinente, procede queel municipio
arbitre las medidas que resultennecesarias para llevar, en lo sucesivo, un análisis de
las operaciones y delos documentos que sustentan los cargos y abonos efectuados
tanto por el banco como en las contabilizaciones registradas por la entidad, como
también, un registro de los hechos económicos cuandoéstos ocurren, con la finalidad
de no distorsionar lanaturalezadel citado hecho económico que expone. Asimismo,
deberá dar cumplimiento a las acciones comprometidas en su respuestarespecto de
finalizar el análisisy correcciones de lasconciliaciones bancariaspendientes,
informando documentadamentede las situaciones que faltan por regularizar a esta
Contraloría Regional,en un plazo de 60 días hábiles acontar de la recepción de este
informe.
8.c Conciliaciones bancarias con partidas noaclaradas al mes de agosto de 2021.
Del análisis efectuado a las partidas incluidas
en el registro de la conciliaciónbancaria al mes de agosto de 2021 en“Depósito o
Cargo de La Entidadno Registrado por el Banco”, de la mencionada cuenta corriente
N° seadvirtió laexistencia departidasno aclaradas provenientes del
año 2019 y 2020 por la sumatotal de $30.225.867correspondientesa “Saldo de
Apertura Cuenta Nos111.08.01 y 111.08.02”, las que no fueron regularizadas al
término del periodo de la auditoria. El detalle se describe en la tabla siguiente:
51

Tabla 62 (página 55 · 4 filas)

Fecha comprobante contableConceptoMonto
$
01-01-2019Saldo de Apertura Cta. 111.08.0122.825.361
01-01-2019Saldo de Apertura Cta. 111.08.027.400.506
Total 30.225.867

Tabla 63 (página 56 · 10 filas)

FECHAN° chequeProveedor u otroMonto $Días de caducidadComprobantes contables – Fecha (*)
06-02-2020Fondo Nacional de Salud41.111572Nulo
04-05-2020Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A. comprobante contable egreso pagado N° 1750, el cheque esta nulo al parecer37.164484Memo N°124/22 Anula decreto
16-06-2020La Araucana C.C.A.F.26.757441Nulo
12-01-2021Tesorería General de la Republica23.341231Nulo y pagado con cheque de Área Salud
05-02-2021Méndez Asociados Ltda.2.552.550207Traspaso N°749 del 22-03-2022
12-02-2021Tesorería General de la Republica6.372200Nulo y pagado con cheque de Área Salud
22-02-2021Importaciones e Inversiones. Hacienda Riesco y Alegría1.622.528190Traspaso N° 739 del 22-03- 2022
23-02-2021Valdebenito Campos Ximena21.500189Nulo
01-06-2021Consejo Desarrollo Local de Salud el Barrero990.94091Traspaso N° 722 del 21-03- 2022
Total5.322.263

Tabla 64 (página 57 · 2 filas)

N° ChequeFecha de Registro en LibroDescripciónN° EgresoN° DecretoMonto Cheque $Comprobantes contables por ajustes contables
03-12-2020Fondo Nacional de Salud Cert. Nº 129/2020.437151818166.253Traspaso N° 801 del 22-03-2021 se caduca
03-12-2020Fondo Nacional de Salud Cert. Nº 167/2020 Nº162/2020.437162159166.107Traspaso N° 802 del 22-03-2021 se caduca

Tabla 65 (página 58 · 3 filas)

N° ChequeFecha de Registro en LibroDescripciónN° EgresoN° DecretoMonto Cheque $Comprobantes contables por ajustes contables
28-12-2020La Araucana C.C.A.F. Cert. N 191/20 DGP, Pago por concepto de descuento.44066254626.757Traspaso N° 820 del 22-03-2021 se caduca
31-12-2020Comercial Motorshop Limitada O/C Nº 906/2020 (Int), O/C Nº 2793-918- CM20, Fact.443095319272.272Memo N°106/22 - Dp/1231 del 21-03- 2022
Total631.389

Tabla 66 (página 59 (texto) · 43 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELAREPÚBLICA
II CONTRALORÍAREGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA2
Lo expuesto, incumple lo instruido en los
citados oficios circulares Nos 11.629, de 1982,numeral 3, normas de control, y 20.101,
de 2016, numeral4, conciliaciones bancarias,ambos de estaContraloría General, en
cuanto a que, ycomo se ha señalado con anterioridad, se deberán efectuar
periódicamente conciliacionesque permitanasegurar quetodas susoperaciones
bancarias esténreconocidascorrectamenteen la contabilidad y enel banco. Lo
señalado, originará que, en caso de existir diferencia entreel saldo contable y el saldo
de la cuenta corriente, se deberán identificarlos erroresy regularizarlos saldos en
forma oportuna, lo cual no se produce en la especie.
Asimismo, lo descritoen el presente numeral
contraviene el principio de control contemplado en el artículo3° de la mencionada ley
N° 18.575, comotambién del oficio CGR N° 60.820, de 2005, de esteOrganismo de
Control, el que establece comocaracterísticascualitativasde la información financiera
que sea, entre otras, oportuna, comprensible, además deuna representación fiel y
verificable, lo queno aconteceen la especie, toda vez queenlas contabilizaciones se
manifiesta dichaspartidas como transferencia electrónicadefondos odepósitos en
efectivo.
Al respecto, el municipio remite en su oficio
de respuesta, antecedentes que acreditan losabonos señalados en lasconciliaciones
bancarias registrados por el banco y/o ajustados contablemente.
Sobrelo expuesto, añade quea la fecha de
los comprobantescontables que se asocian alos $100.884.023 se ha regularizado un
total de $88.715.659, quedando pendiente unmonto totalde$12.168.364.
Asimismo, se hanajustadoun total de
$544.501.958, quedando pendiente por ajustar $12.708.123, de los.$557.210.081
señalados comopartidas conciliatorias. Además, adjunta ajustescontables y
regularizacionesde abonos mediante memorándums, correspondiente a$16.788.208,
quedando pendiente $12.574.031.
Termina señalando que aquellos montos que
faltan por ajustar, se encuentran en proceso de regularizaciónpor parte del
Departamento deTesorería municipal.
Las explicacionesy antecedentes entregados
por esa entidadedilicia no permiten desvirtuar lo objetado,toda vezque, si bien
proporcionó regularizaciones,aún permanecen otraspartidas pendientes de
regularizar, por loque procedemantener la observación.
Por lotanto, y tal como se ha planteado en el
literal 8.b del presente acápite,el municipio deberá arbitrar las medidas que resulten
necesarias parallevar, en losucesivo, unanálisis delasoperaciones y de los
documentos quesustentan loscargos y abonos efectuados tanto por el banco como
en las contabilizaciones registradas por laentidad municipal, comotambién, un
registro de los hechos económicos cuandoéstos ocurren,con la finalidad de no

Tabla 67 (página 60 · 1 filas)

FechaN° EgresoN° ChequeN° FacturaDescripciónMonto $
31-12-20204430943261Comercial Motorshop Ltda. RUT 076193188-1272.272

Tabla 68 (página 61 (texto) · 42 filas)

CONTRALORÍAGENERALDE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
de marzo de2022 y MemoN° 106, de 21 de marzo deigual año solicitando traspaso
de fondos, traspaso de transferencia bancaria: N°de 4de marzo de
2022 por elmonto de$272.272 desdela cuentacorriente delBanco
a la cuenta corriente del banco, dado que
actualmenteel municipioopera todas sustransacciones con elBanco y fue
transfiriendoa la cuenta homologa de la anterior cuentadel Banco.
Conforme a lo expuestosesubsana lo
observado, debiendo el municipio adoptarlas medidas administrativas necesarias,
para que aspectos como lo representado en el presente apartado no se reitere, en el
sentido, de cumplir con losprincipios contables de representación fiel yverificabilidad,
consagradosen el oficio circular N°60.820,de 2005, deeste origen.
. Incumplimiento de lafecha de pago.
Dela revisión efectuada alosplazos para el
pago a los proveedores en estudio, se determinó unademora endicho desembolso
de hasta 125 días corridos en algunos casos, contados desde la recepción de la
factura por concepto de los servicios adquiridos por la entidad municipal, cuyo monto
total asciende a $2.020.434.307. El detallese presentaen el anexo9.
Loanterior contraviene loestablecido en el
clausula tercera, del contrato, sobre Pago del Servicio, el cual señala, que “El pago de
factura se efectuará dentro de los 30 díascorridos siguientes a la recepción de la
misma o delrespectivo instrumento tributario de cobro", lo cualnosucedió en la
especie.
Asimismo, vulnera lo indicado en el artículo 2º
quáter de la ley Nº 19.983-según la modificación introducida por laleyNº 21.131, el
cual disponeque respectode los contratosde suministro y prestación de servicios que
se celebren por los organismos públicos afectos a las normas de laleyNº 19.886, los
pagos a susproveedoresdeberán efectuarse dentrode los treintadías corridos
siguientes a la recepción de la factura o delrespectivo instrumento tributario de cobro,
salvo en el caso de las excepciones que ese mismo precepto prevé.
Loexpuesto,concuerda,además, con lo
expresado en el artículo79° bis, del decreto N° 250, de 2004,delMinisterio de
Hacienda, que al efecto prescribe que salvoen el caso de las excepciones legales que
establezcanun plazo distinto, los pagos a los proveedores por losbienes y servicios
adquiridos por las Entidades, deberán efectuarse por éstas dentrode los treinta días
corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario
de cobro. Sinperjuicio de lo anterior, podrá establecerseun plazo distinto en las bases,
tratándose de licitacionespúblicas o privadas, o en los contratos, tratándose de tratos
directos, circunstancia quedeberá sustentarse en motivos fundados, situación que en
la práctica no aconteció(aplica dictamenNº E16098, de 2020,dela Contraloría
General).

Tabla 69 (página 62 (texto) · 41 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANADE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
Lodescrito, además vulnera los aludidos
principios de control y eficiencia consagrados en el artículo 3°,inciso segundo de la
ley N° 18.575.
Ensu contestación, ese órgano comunal
acoge lo observado por esta Contraloría Regional y señala queefectivamente hubo
demora en el pago de las facturas entre los meses de febrero de2020 a junio de 2021.
Agrega, que dicha demora se debió a que el
municipio se vioafectadopor las restricciones derivadas a la crisis sanitaria a nivel
país, disminuyéndose losprocesos que involucran los pagosque llevana cabo el
personal municipal, a saber, revisiones, autorizaciones, visaciones, y lareunión de
antecedentes para el cumplimiento de los servicios que avalan laaceptación de estos,
lo que derivó al retraso enlos respectivos pagos.
Conforme lo expuesto, y dado que el
municipio reconoce el alcance formulado, a lo que suma que la falta de medidas para
prevenir el pagooportunode los servicios contratados y en consideraciónde que se
trata de un hechoconsolidado no susceptible de enmendar parael período auditado,
procede mantener la observación, debiendo la entidad fiscalizada, en lo sucesivo,
ejercer sus atribuciones con mayor diligencia, adoptando todos los mediosdispuestos
para que la situación observada no vuelva aocurrir.
III. EXAMEN DE CUENTA
0. Falta de certeza delos metros cuadrados contratados respecto delos pagos
realizados.
Efectuada una comparación entrelos metros
cuadrados de las14 áreasverdes revisadasen terreno los días10 al 13 de enero de
2022, por la Unidad de Inspección de estaContraloría Regional, las quesuman un
total de 52.982 m2, con aquellas señaladas en las especificaciones técnicasasociadas
a la licitación enexamen,a saber, ID: 2793-185-LR17, se constató diferencias de a lo
menos 17.682 m2, determinadas mediante el archivo KMZ –sistema utilizado a través
del Google Earth- para realizar anotacionesgeográficas y visualización demapas en
2D y 3D. El análisis detallado se muestra enel anexo N°10.
Noobstante lo anterior,es del caso señalar
que no fue posible establecer con exactitud las áreas informadaspor el municipio, toda
vez que en los antecedentes de la licitaciónsolo se proporcionaun listado de áreas,
con nombres referencialesy sus respectivosmetros cuadrados,sin una infografía que
permita identificar con claridad el área a intervenir, adjudicándose un servicio a suma
alzada.
En este contexto, valorizadas lasdiferencias
detectadas precedentemente, según la determinación de losm2, estaContraloría
Regional, estableció un monto de $216.510.301 que se habrían pagado enexceso por

Tabla 70 (página 63 · 15 filas)

ÍtemTipoNombreSuperficie (m2) ID 2793- 185-LR17Superficie (m2) Google EarthDiferencia m2Estimación monto cobrado por error en m2 $
119BandejónBandejón Central Sur Los Libertadores1.01398627330.605
2103PlatabandaPlatabanda Punta Nogales-Los Dátiles2.1283.791-1.663-20.361.456
3112PlatabandaPlatabanda Carlos Aguirre Luco2.4312.586-155-1.897.916
4113PlatabandaPlatabanda Poniente Juan Cristóbal4.3503.1591.19114.583.342
5125PlatabandaPlatabanda del Pincoy Norponiente1.2241.15173893.857
6112PlazaPlaza Talud Nuevo Amanecer2.6732.65221257.137
7172PlatabandaPlatabanda Norte Las Petunias2.3041.5327729.452.430
8203PlazaLa Paloma5.0005014.49955.088.545
9210PlatabandaPlatabanda Norte UDP2.7006332.06725.309.630
10231PlatabandaPlatabanda Norte Pta. Mocha5.5082.5003.00836.831.817
11226PlazaLos Artesanos2.2662.628-362-4.432.552
12204ParqueTalud Vista Hermosa14.2008.2505.95072.855.489
13197BandejónBandejón Central Poniente Santa Clara5.3014.0291.27215.575.157
1481PlazaPlaza Juan Cristóbal1.88490298212.024.217
Total52.98235.30017.682216.510.301(1)

Tabla 71 (página 64 (texto) · 43 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANADE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
Laentidad responde que procedió a realizar
las mediciones correspondientes a los14 puntos objetadospor parte de esta
Contraloría Regional.
Continúa señalando que, respecto a la
medición, esta varíasegún el tipo de tecnología y toma de puntosde referencias, dado
que el odómetro es un instrumento quesolo considera ladistanciade metros
cuadrados recorridos, por lo que no tiene capacidad de dar unamedición con mayor
exactitud, toda vez que este nomide la cotadel terreno, es decir,su cálculo se obtiene
mediante la relaciónen el terreno a medir.
ade que la herramienta utilizada por este
Organismo de Control, GoogleEarth no esexacta para este tipode medición, ya que
no mide las variantes en las imágenes satelitales y cotas de terrenos, laimagen de
toma de referenciano indicael año de la imagen y en estecaso pueden existir
discrepancia entre larealidady lo medido,así como también loscriteriosde medición
de los polígonos deben ser claros para no caer en conjeturas.
Termina señalando que según criterios
técnicos al menos se debe realizar 3 muestras de la mediciónde un mismo punto y
así obtener una mediciónpromedio del área, cualquierasea elsistema de
georreferenciación utilizado.
Alrespecto, es del caso aclarar que, a
diferencia de lo indicado por elmunicipio, laUnidad de Inspección de estaContraloría
Regional realizó medicionesen terreno, yemitió un informe,lo que se encuentra
respaldado en los anexos Nos10 y 13 del presente documento.Ahora bien, según lo
dispuesto en dichoantecedente, para ellevantamiento efectuado enterreno se
consideró tanto el odómetro,como el aplicativo Google Earth.Sin embargo, no fue
posible establecer aciencia cierta las áreasinformadas por el municipio, toda vez que
en los antecedentes de la licitación solose proporciona un listado deáreas, con
nombres referenciales y susrespectivosmetros cuadrados, sin una infografía que
permita identificar concretamente el área aintervenir.
Porlo expuesto precedentemente, es que
este Órgano de Control estimo pertinente utilizar para determinar la diferencia en m2
el archivo KMZ (herramientautilizada Google Earth) proporcionado por el propio
municipio, mediantecorreo electrónico enviado por el señor,,
profesional de la Dirección decontrol, de laMunicipalidad de Huechuraba, el día 4 de
enero de 2022.
Porconsiguiente, los argumentosesgrimidos
por la entidad municipal no permiten desvirtuar el alcance formulado, porcuanto al no
existir certeza sobre la delimitación de las áreas a intervenir, por parte de ese
municipio, esta Entidad de Control, ratificala metodología empleada para medir el
terreno en cuestión,y en estecontexto se estima pertinente mantener laobservación
precedentemente señalada.

Tabla 72 (página 65 · 4 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
140PlatabandaPlatabanda Norte los NogalesLos Nogales, entre Los Damascos y Av. Recoleta3.269
141PlatabandaPlatabanda Sur los NogalesLos Nogales, entre Los Damascos y Av. Recoleta3.000
142PlatabandaPlatabanda Norte los NogalesPlatabanda Norte Los Nogales, desde Los Damascos hasta Av. Recoleta3.269
143PlatabandaPlatabanda Sur los NogalesPlatabanda Sur Los Nogales, desde Los Damascos hasta Av. Recoleta3.000

Tabla 73 (página 66 · 7 filas)

AñosM2Valor m2MesesValor bruto $IVAValor neto $
20176.269252,4211.582.421300.6601.329.766
20186.269252,421218.989.0523.607.92015.957.186
20196.269259,271219.504.3643.705.82916.390.221
20206.269266,7611.672.318317.7411.405.310
Total (A) 35.082.483
Valor reintegrado y pagado N°004576 (B) 11.027.372
Total a reintegrar (A)-(B) 24.055.111

Tabla 74 (página 67 (texto) · 40 filas)

cumplimiento de las leyes tributarias, de ejecución presupuestaria y decualquier otro
requisito que exijan losreglamentos o leyes especialessobre la materia.
En su respuesta, la municipalidad señala que
al momento de informar de la duplicidad de las 2áreas verdes,precisamente
platabandas norte y sur Los Nogales,se solicitó a laempresa la restitución de los
montos a reponer en las arcas municipales.
Agrega que eldía 7 de septiembre de 2020
se realizó una reuniónpara tratar lareclamación efectuada por Alto Jardín S.A.
llegando a un acuerdobasándose en los puntos presentados en dichaapelación por
lo que la empresa restituyó la suma de$11.027.372.
Ahora bien, sin perjuicio de la medida
informada por la municipalidad, corresponde mantenerla observaciónformulada por
cuanto los antecedentes y argumentospresentados nopermiten desvirtuar el hecho
objetado. Asimismo,se debe tenerpresente quees responsabilidad de la
municipalidad como dela empresa contratista que se paguen los servicios prestados
conforme a las áreas verdes licitadas,pudiendo haberse advertido oportunamente la
duplicidad de dicho terreno.
Al tenor de loexpuesto, la entidad edilicia
deberá emprender lasacciones necesarias para solicitar el reintegroa la empresa
contratista por $24.055.111 según los antecedentesexpuestos enla presente
observación, remitiendo a esta Contraloría Regional losdocumentos derespaldo que
así lo acrediten, en un plazo no superior a 30 díashábiles, contados desde la
recepción del presenteinforme final, vencido el cual sinque se haya aclarado o bien
estos sean insuficientes, se formularáel reparo por elmonto pertinente, en virtud de
lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la leyN°10.336, sinperjuicio de lo
indicado en el artículo 116, de ese cuerpo legal.
2. Sobre áreas verdes cerradas conpago del servicio.
Sobre el particular, cabe considerar que la
ordenanza N°11/2012,de 16 de agosto de 2012, relativa a la “Ocupación de bienes
nacionales de uso público para el cierre de calles ciegas y pasajes sin salida”,
establece en el artículo 12° que “…lamantención deáreas verdes de las calles o
pasajes será de cargode los beneficiarios, así comotambién la mantención de la
señalización de tránsito, sus demarcaciones y dispositivos de gestión de tránsito”.
Asimismo, la Dirección de Control, mediante
la resolución N°04/2020, emitida el 11de marzo de 2020, estableceen el punto 2,
que la que “Direcciónde Asesoría Jurídica, según eloficio ordinarioN°88, de 9 de
febrero de 2017, señalóque se debía proceder a excluirdel contrato demantenciones
de áreas verdes, queconserva el municipio con la empresa Alto Jardín S.A. que
actualmente se encuentran al interior decalles ciegas y pasajes con decreto de cierre”,
información que es anterior a la suscripción del nuevo contrato, según decreto exento
N°01/3349/49/2017, de4 de diciembrede 2017, con Alto Jardín S.A.

Tabla 75 (página 68 · 5 filas)

AñosCantidad de MesesM2 áreas verdes cerradasValor por m2Monto (*) $
2017114.532252,423.668.167
20181214.532252,4244.018.009
20191214.532259,2745.212.540
2020114.532266,763.876.556
Total 96.775.273

Tabla 76 (página 68 · 6 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
58PlazaPlaza Quilapi NorteSanta Rosa de Huechuraba, Quilapi Norte482
59PlazaPlaza Quilapi Sursanta Rosa de Huechuraba, Quilapi Sur477
72PlazaPlaza AlbinoLoteo Harás de Huechuraba II, Pje. Albino213
73PlazaPlaza Alter Real OrienteLoteo Harás de Huechuraba II, Alter Real Oriente, entre Alter Real Norte y Pje. Bayo708
74PlazaPlaza Alter Real SurLoteo Harás de Huechuraba II, Alter Real Sur con Pje. Pinto1.102
75PlazaPlaza Pje. Trotón PonienteLoteo Harás de Huechuraba II, frente a Pje. Trotón Poniente527

Tabla 77 (página 69 · 3 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
76PlazaPlaza Pje. Trotón OrienteLoteo Harás de Huechuraba II, frente a Pje. Trotón Oriente417
81ParqueParque Harás VHarás V, entre Paso Fino y Pje. Mallorquín10.606
Total 14.532

Tabla 78 (página 70 · 8 filas)

AñosCantidad de MesesM2 áreas verdesValor por m2Monto $
201712.266252,42571.984
2018122.266252,426.863.805
2019122.266259,277.050.070
2020112.266266,766.649.260
Total (A)21.135.118
Descuento aplicado en facturación al proveedor (B)1.729.602
Reintegro solicitadoN°004663 (C)5.398.582
Pendiente de pago (A)-(B)-(C)14.006.934

Tabla 79 (página 71 (texto) · 42 filas)

CONTRALORÍAGENERAL DE LA REPÚBLICA
IICONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
Lo descrito, da cuenta deuna vulneración a la
obligación quetiene todo funcionario público de adoptar las medidas de cuidado y
resguardo necesarias del patrimonio o bienes públicos, segúnse precisa en los
artículos 60° y61° dela ley N° 10.336, así como, el principio de control, de
conformidad con lo previsto en los artículos3° y 5° de la citada ley N° 18.575.
Sobre la materia, respecto al descuento
aplicado por elservicio prestado en el sector “Plaza los Artesanos”, la municipalidad
no emite respuesta.
Lafalta de argumentosesgrimidos por el
municipio no permite desvirtuar lo objetado,es más, ratifican quelos recursos de que
se trata no hansido ejecutados ni restituidos al ente otorgante, por lo anterior, se
mantiene la observación.
Porconsiguiente, procede que el municipio
arbitre las medidas queresulten necesarias para restituir o descontar los montos
pendientes depago por un total de $14.006.934 correspondientes al periodo 1
diciembre 2016a noviembre de 2020, debiendo ser informandodocumentadamente
de ello a esta ContraloríaRegional, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la
recepción del presente informe, vencido elcual sin que se hayaaclarado o bien la
aclaración seainsuficiente, se formulará elreparo por el montopertinente, en virtud
de lo prescritoen los artículos 95° y siguientes de la ley N°10.336, sin perjuicio de lo
indicado en el artículo 116°, de dicho cuerpo legal.
Sinperjuicio de lo anterior, corresponde que
esa entidad edilicia, instruya un procedimiento disciplinario tendiente a determinar las
eventuales responsabilidades administrativas de los funcionariosinvolucrados en las
irregularidadesdescritasprecedentemente.
4. Antecedentes de respaldo para el pago.
Enlo concerniente, cabeindicar que, en la
cláusula terceradel contrato con el aludidoproveedor, se estableció que el Director
de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, visará mensualmente el estado de pago y la
factura, asimismo, emitirá un certificadode fiel cumplimiento de servicio, que
acompaña a lafactura, remitiendo los antecedentes establecidosen el contrato, a la
Unidad que correspondapara su tramitación y pago.
Además, en la misma cláusula tercera, del
pago del servicio, letra c),señala que la solicitud de pago deberá ser acompañada con
la “Nómina de trabajadores que laboran enel servicio con copiade sus liquidaciones
de remuneraciones firmada por los trabajadores”. Asimismo, en la letra d), de la
referida clausula establece que la solicitud de pago tendrá que estar acompañada con
la “Copia de contrato de trabajo y finiquito de los trabajadores”.
Deigual modo, las letras f) e i), de la igual
cláusula del contrato, indican que la solicitud de pago deberá acompañar la “Copia de

Tabla 80 (página 72 (texto) · 43 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONALMETROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA 2
pagos previsional y de salud” y “Documentaciónque acredite el pago a uno de los
organismos de la administraciónde la ley N°16.744 (Mutualidades), si procede. En
caso en que el oferente no estéobligado adicha afiliación, deberáacompañar una
Declaración Jurada Simple indicándolo”.
Ahora bien, del examenefectuado a la
documentación de respaldo detales egresos,a saber, facturas,certificados de
antecedentes laborales y previsionales del proponente adjudicado,de cumplimiento
de obligaciones laborales y previsionales, y de conformidad del servicio, liquidaciones,
finiquitos, entre otros documentos, se constató losiguiente:
14.a Gastos sin respaldos.
a)Seconstató que, en latotalidad de los
17 comprobantes deegresos examinados,porun monto total de$2.151.233.965,
detallados en el anexoN°1, estosno adjuntaban la nómina de trabajadores indicando
la función o cargo quecumplían,además, dela copia de la planilla de asistencia del
personal del mes pagado, dondese señalelos lugares en los cuales prestaron sus
servicios, de conformidad con loestablecidoen el numeral tercero, letras c) y e), del
contrato en comento.
Enestecontexto, es pertinente hacer
presente que en el numeral décimo primerodelmencionado contrato, relativo a las
sanciones y procedimientos, letra c), señala que “el contrato podrá ser resuelto
administrativamentede plenoderecho, sin forma de juicio ysin derecho a
indemnización por cualquier incumplimiento gravede parte de la empresa prestadora
del servicio respectode lasobligaciones contraídas en virtuddel contrato”.
Considerando, además, la causal “Si a juicio del mandante no está ejecutando el
servicio de acuerdo al contrato oen formareiterada o flagrante nocumple con las
obligaciones estipuladas”, siendode incumplimiento grave de la empresa.
b)Adicionalmente, respecto de la revisión
de los 17 comprobantes de egresos encomento, por el aludido monto de
$2.151.233.965, no se tuvo a la vista duranteel examen, la documentación de
respaldo del pago delas cotizaciones previsionales o el documentoque acredite la
situación previsional, de 19 trabajadores, loscuales se detallan en elanexo N°11.
Es dableconsignar que enrelación con las
situaciones observadas en los literales a)y b), precedentes, esteOrganismo de
Control, constató en el transcurso de la fiscalización, situaciones que se relacionan
con los hechos expuestos, evidenciándose lafaltade mantenciones alas áreas verdes
individualizadas en el contratoaprobadoa través del citado decreto alcaldicio
N° 01/3349/2017, cuyos hallazgos se exponenen detalle en el literal 6.b), acápite
Examen de la MateriaAuditada; ynumeralesNos10, 12, y 13, todos relacionados con
el capítulo de Examende Cuenta, del presente informe.
c)Por su parte, respecto de 13 egresos
auditados, por un totalde $1.640.140.851, seadvirtió, en ellos, la incorporación de 29

Tabla 81 (página 73 · 5 filas)

NombreRUTN° de comprobante de EgresoMesAñoMonto $Respuesta del Servicio
1856Noviembre2020120.693.760Emisión 21-03-2022
2Emisión 21-03-2022
31618Enero2021117.647.003Emisión 21-03-2022
42661Marzo2021120.693.760Emisión 29-03-2022
Total 359.034.523

Tabla 82 (página 73 · 11 filas)

NombreRUTN° de EgresoMonto $Respuesta del Servicio
11578132.423.329Sin respaldo
21321130.799.658Sin respaldo
32605130.799.658Sin respaldo
43403130.799.658Emisión 21-03-2022
53679127.324.868Emisión 21-03-2022
6Emisión 21-03-2022
7Emisión 22-03-2022
884130.223.124Emisión 21-03-2022
9787125.125.769Emisión 21-03-2022
101447120.693.760Emisión 21-03-2022
112662120.693.760Emisión 21-03-2022

Tabla 83 (página 74 · 1 filas)

NombreRUTN° de EgresoMonto $Respuesta del Servicio
Total 1.148.883.584

Tabla 84 (página 75 (texto) · 41 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA2
liquidaciones de sueldos, quedando pendiente,
y.
Considerando que el municipio no dio
respuesta ni adjuntó antecedentes delo observado en el numeral a), sobre la nómina
de trabajadores, indicando la funcióno cargoque cumplían, además,de la copia de
la planilla de asistenciadel personaldel mesde pago, respecto de 17comprobantes
de egresos examinados,por un montototal de$2.151.233.965, detallados en el anexo
N°1, se mantiene la observación planteada, debiendo el municipioremitir a esta
Contraloría Regional losdocumentosde respaldo observados, en un plazo no superior
a 30 días hábiles, contados desde la recepcióndel presente informe final. Sin perjuicio
de lo anterior, esta Entidad de Control incoará un procedimiento sumarial, para
determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios
involucrados en el hechoobservado.
Respecto a los argumentos expuestos por la
entidad municipal, sobrelas letras b)y c), debido a que se acreditaronparcialmente,
se mantiene las situaciones objetadas,debiendoel municipio, informar
documentadamente de ello a esta ContraloríaRegional enel plazo de 60 días hábiles,
contado desde la recepción del presente informe, a través del Sistema de Seguimiento
y Apoyo CGR.
Por otra parte, en consideración a que la
entidad edilicia, proporcionó nuevosantecedentes respecto al numeral d) y que fue
corroborado por esta Contraloría Regional procede dar porsubsanada la observación.
En relación a laletra e), lasexplicaciones
vertidas por el municipio no permiten desvirtuar el alcance formulado, ya que el
decreto exento N°01/3349/2017 queapruebael contratoy las bases de la licitación,
formulado por el municipio establece comorequisito para el pago, la firma de las
liquidaciones de sueldo,y dado que no informa las medidas concretas para evitar que
esta situación se repita en el futuro, ytratándose de un hecho consolidado que no es
susceptible de regularizar para el períodoauditado, semantiene la observación
formulada inicialmente,por lo que corresponde que en losucesivo la entidad adopte
las medidas de control necesarias para que esta situaciónno vuelva aocurrir.
15. Registro contable.
15.a Incumplimiento delprincipio deldevengado.
Del examen efectuado a los 17comprobantes
contables emitidos acontar de enero del año 2020a mayo del año 2021,
correspondientes al subtitulo 22, porun totalde $2.151.233.965, se advirtió que sus
registros del devengo de las facturasse materializaron hasta 109 díasposteriores a
la recepción del documento legal, esto es, facturas, tal como se detallaen la siguiente
tabla:

Tabla 85 (página 76 · 19 filas)

Comprobante de DevengoFacturaCantidad de días transcurridos desde la recepción de la factura según Libro SII (más 8 días) y el devengo de la compra
N° DevengoFecha contableMonto $N° FacturaFecha de la facturaRecepción Factura según Libro SII (más 8 días)
101027-03-2020132.423.329560813-02-202021-02-202035
82812-03-2020130.799.658561602-03-202010-03-20201
169510-07-2020130.799.658563306-04-202014-04-202087
331807-08-2020130.799.658564607-05-202015-05-202083
339612-08-2020130.799.658566401-06-202009-06-202063
344917-08-2020127.324.868567915-07-202023-07-202025
353024-08-2020130.799.658569503-08-202011-08-202013
429306-11-2020130.799.658571201-09-202009-09-202058
470423-12-2020130.223.124573707-10-202015-10-202069
7008-01-2021130.223.124574102-11-202010-11-202059
34611-02-2021125.125.769577810-12-202018-12-202054
59708-03-2021120.693.760580428-01-202106-02-202130
74826-03-2021120.693.760581211-02-202119-02-202135
113812-05-2021117.647.003582101-03-202109-03-202163
173427-07-2021120.693.760584201-04-202109-04-2021109
189805-08-2021120.693.760585803-05-202112-05-202185
195109-08-2021120.693.760587401-06-202109-06-202160
Total2.151.233.965

Tabla 86 (página 77 · 3 filas)

N° Comprobante devengoFecha contableMonto $Recepción Factura según Libro SII (más 8 días)
7008-01-2021130.223.12410-11-2020
34611-02-2021125.125.76918-12-2020
Total255.348.893

Tabla 87 (página 78 (texto) · 42 filas)

CONTRALORÍA GENERALDELA REPÚBLICA
IICONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DEAUDITORÍA2
para una adecuada interpretacióndelas situacionespresupuestaria y económica-
financiera de las entidades contables.
Del mismo modo,se contraviene el principio
de anualidad del gasto, conforme al artículo 12° del referido decretoley N° 1.263, de
1975, que indica que "El ejercicio presupuestario coincidirácon el año calendario. Las
cuentas del ejercicio presupuestario quedarán cerradas al 31 de diciembre de cada
año. El saldo final de caja al cierredecada ejercicioy losingresosque se perciban
con posterioridad se incorporarán alpresupuesto siguiente.A partir del 1° de enero de
cada año no podrá efectuarse pagoalguno sino con cargoal presupuesto vigente".
Al respecto,elmunicipioresponde, en
síntesis, que nomantiene deuda flotante, y que las 2 facturas indicadas en la tabla N°
33 del presenteinforme, si bien fueronemitidas entrenoviembre y diciembre de 2020,
ni instante fueron devengadas parasuposterior pagoen los mes deenero y febrero,
ambas en el año 2021.
Añade queambas facturas fueron
recepcionadasconforme al servicioprestado,y pagadas através del saldo inicial de
caja proveniente del presupuesto de 2020.
Respecto ala respuestaemitida por el
municipio, y revisado los antecedentes enviados en esta ocasiónpor la entidad
auditada, es necesario indicar queestos no permitendesvirtuar el hecho observado,
toda vez queel servicio no acreditaque los documentos objetados hayan sido
contabilizados como deuda flotanteo pagados con presupuesto de2020, por lo que
procede mantener la observación.
Correspondequela repartición pública,
remita a esta Contraloría Regionallosantecedentesqueacrediten la contabilización
de las facturasy el respectivo pagodela obligación,según sea el caso, a través del
Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR,en elplazo de60 días hábiles, contado desde
la recepción delpresente informe.
IV. OTRAS OBSERVACIONES
6. Duplicidaden el área verde licitada, según ID: 2793-181-LR21.
Respecto a lanueva licitación de “Servicio de
mantención deáreas verdes y mantención de macetas ornamentales de la comuna
de Huechuraba” ID: 2793-181-LR21, lacual fue adjudicadaa la empresa Sociedad de
Transporte y mantención Ecogreen Ltda., ycuyo contrato fue aprobado mediante
decreto exentoN°01/3276/2021, de24de noviembrede 2021, se evidenció, una vez
revisada la lista de bienes de uso público,en relacióncon lasespecificaciones
técnicas, la duplicidad de terrenosconsiderados en la antigua licitación, a saber, la
“Platabanda Norte Santa Elena”,dirección“SantaElena, entreSanta Rosa de
Huechuraba y Pedro Fontova”, por1.663 m2, la cual se muestra contenida tanto en el
ítem N°179 como en el N° 180, el detalle consta en lasiguiente tabla:

Tabla 88 (página 79 · 2 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
179PlatabandaPlatabanda Norte Santa ElenaSanta Elena, entre Santa Rosa de Huechuraba y Pedro Fontova1.663
180PlatabandaPlatabanda Norte Santa ElenaSanta Elena, entre Santa Rosa de Huechuraba y Pedro Fontova1.663

Tabla 89 (página 79 · 1 filas)

TipoNombreDirecciónSuperficie (m2)
Plataban daPlatabanda Norte Santa ElenaSanta Elena, entre Santa Marta y Pedro Fontova2.318

Tabla 90 (página 80 (texto) · 39 filas)

CONCLUSIÓN
Atendidas lasconsideraciones expuestas
durante el desarrollo del presente trabajo y el inicio deacciones, la Municipalidad de
Huechuraba, ha aportado antecedentesque han podido salvar soloparte de las
observaciones planteadas en el preinforme de auditoría N° 49, de2022, de esta
Entidad Fiscalizadora.
En efecto, las objeciones consignadas en los
numerales 1.1, sobreSobre manualesde procedimientos de compras, el numeral
2.3.b, letra a), Falta decontrol del librode emisión de cheques, y 2.6Procedimiento
disciplinario sobre el servicios de mantención de pareas verdes pendiente, todas del
acápite I, Aspectos deControl Interno; 8.e, Sobre Inconsistencia en cheques girados
y no cobrados y 8.g,Cheque contabilizado incorrectamente, todosdel acápite II
Examen de Cuenta y 14.a Gasto sin respaldo, letra d),atendidas las explicaciones y
antecedentes aportados por la mencionada entidad ensu expedientede respuesta,
las objeciones han sidoconsideradas subsanadas.
En cuanto, a las objeciones consignadas en
el acápite II, Examen de la Materia Auditara, numeral 8 literal a), sobreConfección de
conciliaciones bancarias con cuentas corrientes adicionales, se da porlevantada esta
observación, considerando las explicaciones y antecedentes aportadospor la entidad.
No obstante, loanterior, y envirtud de los
resultados obtenidos en la presente auditoría, algunasobservacionesdieron lugar a
las siguientes acciones:
1. Respectoa lasobservaciones
contenidas en los numerales 11. “Áreasverdes con pagos duplicados”; 12. “Sobre
áreas verdes cerradascon pago del servicio”; y 13 Descuento mal aplicado para el
servicio prestado en elsector “Plaza losArtesanos, (todas AC) todasdel acápite III,
Examen de Cuenta, laMunicipalidad deHuechuraba deberá emprender las acciones
necesarias para solicitar el reintegroa la empresacontratista por$24.055.111,
$96.775.273 y $14.006.934, respectivamente, por partedel proveedor, remitiendo a
esta Contraloría Regional los documentos de respaldo pertinentes que así lo
acrediten, en un plazode 30 días hábiles, vencido el cual sin que se haya aclarado o
bien la aclaración sea insuficiente, se formulará el reparo por el montopertinente, en
virtud de lo prescrito enlos artículos 95°y siguientes dela ley N°10.336, sin perjuicio
de lo indicado en el artículo 116°, de dicho cuerpo legal.
2. Referentea la observación contenida en
el numeral 14.a, letra a), Gastos sin respaldos, (AC), del acápite III, procede que el
municipio, acredite conlos documentos de respaldo la nómina de los trabajadores que
desarrollaron las labores en las áreas verdes especificadas en el respectivo contrato,
cuyo pago ascendió a$2.151.233.965,indicando entre otros aspectos, la función
desarrollada y las planillas de asistencia,remitiendo para ello los antecedentes que lo

Tabla 91 (página 81 (texto) · 44 filas)

CONTRALORÍA GENERALDE LA REPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DESANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 2
validen, en un plazo no superior a30 días hábiles, contados desde la recepción del
presente informe final. Sin perjuiciode lo anterior, estaEntidad deControl, procederá
a instruir el sumario respectivo, paradeterminar laseventualesresponsabilidades
administrativas delos funcionariosinvolucrados en los hechos observados en esta
materia.
3. En cuantoa lo detectado en el punto 4.b,
Falta de exactituden la localización de Bienes de uso público (BNUP), (AC), del
capítulo II, Examende Materia Auditada, correspondeque el municipio remita a esta
Contraloría Regional los antecedentesque acreditenla georreferenciación de las
áreas verdes y de esta forma establecer la ubicación exactao existencia de
coordenadas geográficas, que permita ubicar conseguridadlas áreas verdes
objetadas, en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente
informe, caso contrario, la materia seincorporará en elprocedimiento disciplinario que
realizará esta II Contraloría Regional Metropolitana.
4. En relación a las observaciones
indicadas en los numerales 4.d, (AC), relacionadas conPermiso deocupación en bien
nacional de uso público, del capítuloIII,Examen de laMateria Auditada; y Descuento
mal aplicado para el servicio prestado en el sector “Plaza los Artesanos”, del acápite
II, Examen de Materia Auditada, corresponde que esa entidad edilicia, instruya un
procedimiento disciplinario tendiente adeterminar laseventualesresponsabilidades
administrativas delos funcionariosinvolucrados enlas irregularidades descritas
precedentemente,para lo cual deberá remitir en el plazo de 15 díashábiles, copia del
acto administrativocorrespondientea laUnidad de Seguimiento de Fiscalía de esta
Contraloría General.
Asimismo, esemunicipio deberá adoptar las
medidas pertinentes con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y
reglamentarias quela rigen, entrelascuales se estima necesario considerar, a lo
menos, las siguientes:
5. En lo queconciernea lo constatado en
los literales, 6.a, 6.b, y 6.c, relacionadoscon la Falta deinformes desupervisión sobre
la prestación deservicio, la supervisión del Inspector técnicode servicio, y el
cumplimiento a loestablecido en el Libro Manifold ode servicio,respectivamente,
todas (AC), del acápite II, Examen de Materia Auditada, el municipio, deberá informar
a esta ContraloríaRegional sobreelmotivo por elcual no serevisó e informó
oportunamente sobre los casos irregulares en el servicio de mantención de áreas
verdes, en relacióncon los periodos2017 al 2021, informando documentadamente de
ello a esta Contraloría Regional, en elplazo de 60 días hábiles,contado desde la
recepción del presente informe, pormedio del Sistemade Seguimiento y Apoyo CGR.
Asimismo, deberá, en lo sucesivo, arbitrar un
control adecuado de los registro desupervisión documentados enel Libro Manifold,
con la finalidad demantener comunicación oportunacon el proveedor y, además,
mantener un registro histórico completode todas las instruccionesque realice el ITS,

Tabla 92 (página 82 (texto) · 42 filas)

verificando su cumplimento posterior.Igualmente, deberá implementar acciones
correctivas necesarias para que la Dirección de MedioAmbiente,Aseo y Ornato,
implemente mecanismos de control, supervisión, responsabilidades, registro de
bienes de uso, control del proceso de pago de los proveedores, registro de las visitas
a terreno, capacidades técnicasnecesarias de los ITS, entre otras.
6. En relacióncon lo determinado en el
numeral 2.2, (C), del acápite I,Aspectosde Control Interno, sobre Irregularidades en
la administración de lasáreasverdes que no han sidoacreditadas por lo que, la
municipalidad deberá adoptar las medidas que fortalezcan sus procedimientos de
control interno, velando por el cumplimiento de los artículos 3° y 5°, de la citada ley N°
18.575.
7. Acerca de loverificado, en el numeral
2.3.a, Conciliaciones bancariasno ajustadas a la norma básica de confección (C), del
acápite I, Control Interno,corresponde que esa entidad edilicia, en lo sucesivo, deberá
ajustarse a lo establecido por laContraloría General de laRepublicamediante oficio
Circular N°20.101, punto4, “Conciliaciones Bancarias”, de 15 de marzo de 2016, en
cuanto a la elaboración ypresentación de lasconciliaciones bancarias
correspondiente a las cuentas corrientesmunicipales.
8. Acerca de loverificado en los puntos Nos
el punto 8.b, 8.c, 8.f,relacionadascon “Abonos ycargos consignados en
conciliaciones bancariasy encuentacorriente, no registradoscontablemente”,
“Conciliaciones bancarias conpartidasno aclaradas al mes de agosto de 2021”, y
“Movimientos inusualesenel ítemde cheques girados yno cobrados”,
respectivamente, (todasC), delmismo acápite II, procedeque el municipio arbitre las
medidas que resulten necesarias parallevar, en lo sucesivo, unanálisis de las
operaciones y de los documentos que sustentan los cargosy abonosefectuados tanto
por el banco como en lascontabilizaciones registradas por la entidad, como también,
un registro de los hechos económicos cuando éstos ocurren, con lafinalidad de no
distorsionar la naturalezadel citado hecho económico queexpone.
Asimismo, deberá dar cumplimiento a las
acciones comprometidas ensu respuesta respectode finalizar el análisis y
correcciones de lasconciliaciones bancariaspendientes, informando
documentadamente de las situaciones que faltan por regularizar aesta Contraloría
Regional, en un plazo de60 días hábilesa contar de la recepción deeste informe.
9. En lo que respecta a loobservado en el
numeral 10, del capítulo III,sobre Falta de certezade los metros cuadrados
contratados respecto delos pagos realizados, (C), corresponde que el municipio
elabore informes o bien fichas técnicas que acrediten lasáreas verdes consideradas
en los contratos, por lascualesse pagó$216.510.301 por el servicio, informando su
estado de avance y comunicando el mecanismo que ha realizado laentidad edilicia
para recuperar, si procede, lospagos enexceso productodel recalculo de los m2, lo
que deberá ser informado, en elplazo de30 días hábiles,contado desde la recepción
del presente documento,casocontario ode no ser satisfactoria la respuesta, esta II

Tabla 93 (página 83 (texto) · 43 filas)

UNIDAD DE AUDITORÍA 2
Contraloría Regional Metropolitana, incluirá esta materia en el procesosumarial que
incoará en ese municipio.
10. Acercade lo determinadoen el numeral
14.a Gastos sin respaldo, letra b)y c), (C), del mismo capítulo, respecto a falta de
respaldo de situación provisionar,contratos y/o finiquitos, envista quese acreditó la
documentaciónparcialmente, elmunicipio, deberá informar losantecedentes
faltantes, de acuerdo a lo descrito en los anexosNos 11 y12, a esta Contraloría
Regional en el plazo de 60 días hábiles, contado desde larecepcióndel presente
informe, a travésdel Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.
11. Tratándose de loobservado en el punto
16, Sobre la duplicidad en el áreaverde licitada, según ID: 2793-181-LR21, (C), del
capítulo IV, Otras Observaciones,ese organismomunicipal, deberácomunicar la
modificación delcontrato en relación a los m2 de lasáreas duplicadasy en caso de
haber efectuadopagos, informar las restituciones respectivas, todo ello a través del
Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de60 díashábiles, contado desde
la recepción del presente informe.
12. Respecto de lo constatado, en el
numeral 2.3.b, letra b), Falta de control del libro deemisiónde cheques, (MC), del
acápite I, ControlInterno, corresponde que, conforme a locomprometido por ese
municipio acreditar mediante un reporte los cambios realizados en la plataforma,
siendo revisadoy acreditado porla Dirección de Control através del Sistema de
Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción
del presente informe.
13. En lo referentea lo indicado en los
numerales 2.4, Sobre la solicitud de custodia de lasboletas en garantía de seriedad
de la oferta (MC), del mismo acápite I, Aspectos de ControlInterno,el numeral 5,
Póliza de garantíade fiel cumplimiento del contrato, letra a), (MC), ambos del acápite
II, Examen de laMateria Auditada, la entidad deberá, en losucesivo, adoptar los
procedimientos de control respectivos, que asegurenel fiel cumplimiento del Decreto
N°01/3414/2021que formaliza el manual de procedimiento de“Recepción, custodia,
registro, devolución y cobro dedocumentos engarantías”, con lafinalidad de
administrar, controlar, registrar y custodiar con eficiencia los documentos en garantías
entregados por terceros”, así comotambién el resguardo de los documento, respaldo
de las devoluciones y oportuno envió a la Direcciónde Administración y Finanzas,
para realizar un registro pertinentede los documentos.
14. Respecto de lo constatado, en el
numeral 2.5, Falta de segregación de funciones (MC),del mismo capítulo,
corresponde queel municipio implemente, en lo sucesivo, lasaccionesque resulten
necesarias para que las bases administrativas especiales y la certificación del servicio,
sean aprobadasadicionalmente por otro funcionario distinto, que pueda revisar o
advertir irregularidades.
15. En lo que atañeal numeral 3.a Falta de
publicación del acto administrativoque designa lacomisiónevaluadora (MC), del

Tabla 94 (página 84 (texto) · 42 filas)

CONTRALORÍA GENERAL DELAREPÚBLICA
II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA2
acápite II, Examen de la Materia Auditada, corresponde que laentidad, en losucesivo,
dé cabal cumplimiento a las instrucciones establecidas en elartículo 37, del decreto
N° 250, de 2004,del Ministerio de Hacienda.
16. Enrelaciónalo constatado en el
numeral 3.b Boletas de garantías de seriedadde la oferta,letra a) y b),(MC), del
capítulo II, el municipio deberá, en lo sucesivo, adoptar los procedimientosde control
respectivos, queaseguren el fiel cumplimiento el decretoN°01/3414/2021 que
formaliza el manual de procedimiento de “Recepción, custodia, registro, devolución y
cobro de documentos en garantías”, con la finalidad de administrar, controlar, registrar
y custodiar con eficiencia los documentos en garantías entregados por terceros”, así
como también eldebido respaldode las devoluciones.
17. Enrelaciónal punto 4.c, letras a) y b),
sobre el cambiode los sectoresconcesionados,(MC), del capítulo II, Examen de la
Materia Auditada, el municipio debe presentar una copiadelacto administrativo que
dispuso el sumario pertinente, en un plazo de60 díashábiles, contadosdesde la
recepción de este informe, por medio del Sistema de Seguimiento y ApoyoCGR.
18. Sobre lo corroborado en el numeral 5,
Póliza de garantía de fiel cumplimiento del contrato, letraa) y b), (MC),de igual
capítulo, corresponde que la municipalidad, en losucesivo, ajuste su actuarconforme
con la normativa, procedimientosy plan de cuentas impartidos por esta Entidad de
Control en los oficios Nos 60.820,de 2005 y 36.640, de 2007 ysus modificaciones.
19. Sobre lo observado en el numeral 7,
literales a y b, delcapítulo II, sobreMultas, (MC), el ente ediliciodeberá, en losucesivo,
disponer las medidas tendientesa asegurar elcumplimientode su Reglamento de
Organización y Funcionamiento Interno N° 2.
20. En lo que respecta al punto 8.d, cheques
girados y no cobrados que se encuentran caducados, delcapítulo II de esteinforme,
(MC), la Municipalidad de Huechuraba, en lo sucesivo, deberá registrar enla cuenta
216-01, los cheques girados y nocobrados por vencimiento de plazo legalde cobro,
con el fin de observar lo consignado en el oficiocircular N° 54.900, de 2006, de esta
Entidad Fiscalizadora.
21. Encuanto alo señalado en el punto 9,
Incumplimiento de la fecha de pago, (MC), del capítulo II,la entidad fiscalizada, en lo
sucesivo, debe ejercer sus atribuciones con mayor diligencia, adoptandotodos los
medios dispuestos para que la situación observada no vuelvaa ocurrir.
22. Enrelaciónalo determinado en el
numeral 14.a Gastos sin respaldo, letra e), (MC),capítuloIII, respecto a la revisión de
las liquidacionesde sueldo presentadas por elproveedor,que estabansin firma,
corresponde queel municipio,en lo sucesivo, adopte las medidas de control
necesarias paraque esta situación no vuelva a ocurrir.

Tabla 95 (página 85 · 3 filas)

Firmado electrónicamente por:
Nombre:HECTOR RAMOS CUEVAS
Cargo:Jefe de Unidad
Fecha:17/06/2022

Tabla 96 (página 86 · 52 filas)

FechaDescripciónMonto $
Comprobante
de egreso
1132126-03-2020Ord. Nº 173/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.799.658
5616/ 02.03.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
mes de febrero 2020.
2157820-04-2020Ord. Nº 118/2020 Cert. S/N Dimao, Factura Nº132.423.329
5608/ 13.02.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
mes de enero 2020.
3260522-07-2020Ord. Nº 235/2020, Cert. S/N Dimao., Factura130.799.658
Nº5633/ 06.04.2020, Pago por Servicio de
Mantención de Áreas Verdes y Equipamiento de
Áreas Verdes, Mes de marzo 2020.
4340310-09-2020Ord. Nº 256/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.799.658
5646/ 07.05.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de abril 2020.
5340210-09-2020Ord. Nº 290/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.799.658
5664/ 01.06.2020 Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de mayo 2020.
6367901-10-2020Ord. Nº 338/2020 Cert. S/N Dimao., Factura Nº127.324.868
5679/ 15.07.2020 Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
mes de junio 2020.
7367801-10-2020Ord. Nº 364/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.799.658
5695/ 03.08.2020 Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de Julio 2020.
8463120-11-2020Ord. Nº 431/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.799.658
5712/ 01.09.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
mes de Agosto 2020.
9529031-12-2020Ord. Nº 487/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.223.124
5737/ 07.10.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes
Mes de Septiembre 2020.
108412-01-2021Ord. Nº 538/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº130.223.124
5741/ 02.11.2020 Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de octubre 2020.
1178712-03-2021Ord. Nº 626/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº125.125.769
5778/ 10.12.2020 Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de noviembre 2020.
1285618-03-2021Ord. Nº 38/2021, Cert. S/N Dimao., Factura Nº120.693.760
5804/ 28.01.2021 Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de diciembre 2020.
13144704-05-2021Ord. Nº 77/2021 Cert. S/N Dimao., Factura Nº 5812/120.693.760
11.02.2021, Pago por Servicio de Mantención de

Tabla 97 (página 87 · 21 filas)

FechaDescripciónMonto $
Comprobante
de egreso
Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes Mes
de enero 2021.
14161826-05-2021Ord. Nº 104/2021, Cert. S/N Dimao., Factura Nº117.647.003
5821/ 01.03.2021, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de febrero 2021.
15266211-08-2021Ord. Nº 173/2020, Cert. S/N Dimao, Factura Nº120.693.760
5616/ 02.03.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
mes de febrero 2020.
16266111-08-2021Ord. Nº 118/2020 Cert. S/N Dimao, Factura Nº120.693.760
5608/ 13.02.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
mes de enero 2020.
17266011-08-2021Ord. Nº 235/2020, Cert. S/N Dimao., Factura Nº120.693.760
5633/ 06.04.2020, Pago por Servicio de Mantención
de Áreas Verdes y Equipamiento de Áreas Verdes,
Mes de marzo 2020.
Total 2.151.233.965

Tabla 98 (página 88 · 4 filas)

Fotografía N°22
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza
NombreLOS ARTESANOS
DirecciónLos Artesanos con caletera Américo Vespucio

Tabla 99 (página 89 · 24 filas)

MotivoLibro ManifoldFojaFecha
1Se requiere operativo de corte de pasto en la plaza loteo Harás V. Retiro de ramas y bolsas de basura de las lazas. Se indica que las labores serán verificadas el día 30 de septiembre5626-09-2019
2Se solicita operativo de limpieza en la plaza ubicada en Calle Nueva esquina San Marta5908-10-2019
3Se requiere efectuar la mantención de parque Harás IV. Se solicita efectuar operativo de limpieza, orillado de malezas, corte de pasto, etc. Se da plazo 7 días hábiles. Revisión 16 de octubre51008-10-2019
4Se solicita reparación de sistema de riego en el área de las azucenas, frente al 39851304-11-2019
5Se requiere el corte de pasto en áreas verdes del sector de las canteras para este fin de semana.51703-12-2019
6Se requiere ase en platabanda de Avenida La Pincoya51809-12-2019
7Se solicita el retiro urgente de juego infantil ubicado en república de Noruega esquina la Azucena52010-01-2020
8Se solicita atender el caso del árbol en la plaza Putre. Se consulta por seguro de responsabilidad civil y su funcionamiento para su reparación debido a que especie se encontraba en bien nacional de uso público.52214-01-2020
9Se requiere reparar filtración de calle uno, plaza Mirador.52314-01-2020
10Se solicita la reparación de juego en mal estado en los BNUP del loteo Harás II52620-01-2020
11Se solicita filtración en el Parque Caletera San Martin y calle Real Audiencia52723-01-2020
12Se solicita filtración en calle Pablo Neruda52827-01-2020
13Se solicita mantención del área verde del sector de Hornitos, retiro de basura y riego.52929-01-2020
14Se solicita corte de césped y retiro de escombros53030-01-2020
15Se solicita la reposición de las herramientas hurtadas en el sector de Santa Rosa y habilitar caseta53412-02-2020
16Se solicita programar poda de raleo en Av. Recoleta, según oficio Ordinario N°84/2020 Dirección de Seguridad Pública Comunal.53826-02-2020
17Reposición Plaza Patria Nueva: de plantas, reposición de huerta, retiro de álamos y castaño, malla jardinera. Plazo de 15 días. Vista Hermosa: retiro resbalín, juego de columpios, subir 4 especies. Plazo 20 días53928-02-2020
18Se requiere descepe en Guayalolen 571654304-03-2020
19Revisar/reparar filtración de Calle Uno (plaza mirador)54609-03-2020
20Se deja constancia que las labores esenciales son: limpieza, retiro de residuos y riego por COVID-196116-03-2020
21Reparar filtración de Pedro Aguirre Cerda6318-03-2020
22Se solicita operativo de limpieza en plaza mirador por personas en situación de calle6523-03-2020
23Se solicita operativo de limpieza en plaza Siervas de María6606-04-2020
24Reparación de filtración en la Pincoya62510-06-2020

Tabla 100 (página 90 · 7 filas)

MotivoLibro ManifoldFojaFecha
25Se solicita retiro de escaños de pasaje quincha7311-11-2020
26Se solicita poda de pino ubicados en Lasana con Camarones7516-11-2020
27Se solicita retomar labores de mantención de áreas verdes en plaza Lobelia7618-11-2020
28Se solicita poda en av. Recoleta N°61257908-01-2021
29Solicitud de reparación de filtración en plaza camarones72710-03-2021
31Se solicita reparación y mantención de juego infantil y bancas en plaza Calbucura. Plazo de 7 y 20 días respectivamente.74505-07-2021
32Se solicita apoyo de aseo y limpieza en bandejón central de Av. Las torres8926-08-2021

Tabla 101 (página 91 · 38 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMonto $
11-01-20210214947Abono Pago a Proveedores31.994
10-11-20200600014Abono por Traspaso5.844.832
10-11-20200600014Abono por Traspaso786.315
10-11-20200600014Abono por Traspaso98.241
24-11-20200214947Abono Pago a Proveedores264.181
10-12-20201800256Banco851.955
21-12-20200209156Abono Pago a Proveedores460.775
24-12-20200205533Abono Pago a Proveedores342.601
28-12-20200210934Abono Pago a Proveedores33.605
29-12-20201800255Banco785.695
29-12-20201800192Abono70.336
29-12-20201800192Abono38.084
05-01-20210216574Abono Pago a Proveedores24.370
06-01-20210001077Transferencia otro Banco de Tercero101.956
08-01-20210600014Abono por Traspaso779.402
08-01-20210600014Abono por Traspaso686.091
08-01-20210600014Abono por Traspaso655.584
08-01-20210600014Abono por Traspaso98.294
08-01-20210600014Abono por Traspaso93.350
11-01-20211800256Banco3.545.355
11-01-20210212665Abono Pago a Proveedores168.159
12-01-20210211723Abono Pago a Proveedores159.192
12-01-20210001077Transferencia otro Banco de Tercero68.153
15-01-20210208622Abono Pago a Proveedores54.191
19-01-20210214947Abono Pago a Proveedores35.517
26-01-20210216066Abono Pago a Proveedores71.599
28-01-20210600014Abono por Traspaso3.847.892
28-01-20210600014Abono por Traspaso1.367.186
28-01-20210600014Abono por Traspaso558.316
29-01-20210206578Abono Pago a Proveedores1.872.207
01-02-20210001077Transferencia otro Banco de Tercero1.896.301
03-02-20210210645Abono Pago a Proveedores33.605
10-02-20210600014Abono por Traspaso4.895.502
10-02-20210600014Abono por Traspaso620.578
10-02-20210600014Abono por Traspaso557.168
10-02-20210600014Abono por Traspaso190.331
10-02-20210600014Abono por Traspaso28.537
10-02-20210600014Abono por Traspaso27.102

Tabla 102 (página 92 · 41 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMonto $
15-02-20210205533Abono Pago a Proveedores27.802
17-02-20211800192Abono6.924.860
24-02-20210217555Abono Pago a Proveedores163.500
01-03-20210215381Abono Pago a Proveedores25.565
04-03-20211800462Abono33.605
10-03-20210600014Abono por Traspaso3.812.136
10-03-20210600014Abono por Traspaso520.597
10-03-20210600014Abono por Traspaso389.608
19-03-20210210645Abono Pago a Proveedores28.262
23-03-20211800255Banco25.515
24-03-20211800462Abono514.676
26-03-20210207057Abono Pago a Proveedores26.734.882
29-03-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor18.281.660
29-03-20210216066Abono Pago a Proveedores93.694
01-04-20210206578Abono Pago a Proveedores2.423.538
01-04-20210206578Abono Pago a Proveedores2.070.010
01-04-20210206578Abono Pago a Proveedores812.602
01-04-20210206578Abono Pago a Proveedores735.494
01-04-20210206578Abono Pago a Proveedores468.540
01-04-20210206578Abono Pago a Proveedores122.469
05-04-20210001077Transferencia otro Banco de Tercero51.489
07-04-20211800257Abono2.790
08-04-20210000000Depósito en efectivo150.000
09-04-20210600014Abono por Traspaso2.914.000
09-04-20210600014Abono por Traspaso367.132
09-04-20210206578Abono Pago a Proveedores344.529
09-04-20210600014Abono por Traspaso279.956
12-04-20210203985Abono Pago a Proveedores2.602.996
15-04-20210217618Abono Pago a Proveedores93.383
16-04-20210214361Abono Pago a Proveedores77.232
19-04-20211800462Abono1.102.516
20-04-20210206905Abono Pago a Proveedores57.719
23-04-20210207057Abono Pago a Proveedores3.118.437
23-04-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor42.627
26-04-20210203985Abono Pago a Proveedores3.843.520
27-04-20210204381Abono Pago a Proveedores30.216
29-04-20210204485Abono Pago a Proveedores279.539
04-05-20210600014Abono por Traspaso659.976
04-05-20211800255Banco120.347
04-05-20210600014Abono por Traspaso96.178
04-05-20210600014Abono por Traspaso95.888

Tabla 103 (página 93 · 41 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMonto $
10-05-20210600014Abono por Traspaso1.198.663
10-05-20210600014Abono por Traspaso307.988
10-05-20210600014Abono por Traspaso204.197
10-05-20210600014Abono por Traspaso169.593
10-05-20210600014Abono por Traspaso43.476
10-05-20210600014Abono por Traspaso42.844
11-05-20210203985Abono Pago a Proveedores2.091.041
11-05-20210203985Abono Pago a Proveedores27.413
13-05-20211800255Banco578.002
14-05-20210207057Abono Pago a Proveedores2.000.350
24-05-20210206291Abono Pago a Proveedores299.811
24-05-20210207057Abono Pago a Proveedores266.128
24-05-20211800255Banco257.803
24-05-20210216066Abono Pago a Proveedores25.566
25-05-20210404782Abonos Varios77.235
26-05-20210212665Abono Pago a Proveedores30.216
27-05-20210204381Abono Pago a Proveedores121.455
04-06-20210600014Abono por Traspaso659.977
04-06-20210600014Abono por Traspaso94.170
04-06-20210600014Abono por Traspaso93.506
10-06-20210600014Abono por Traspaso1.084.231
10-06-20210600014Abono por Traspaso302.516
10-06-20210600014Abono por Traspaso181.645
16-06-20211800462Abono485.620
17-06-20211350037Abono1.508.403
17-06-20210204925Abono301.589
17-06-20210207598Abono130.150
17-06-20210205088Abono73.053
17-06-20210216066Abono51.798
22-06-20210000000Depósito en efectivo1.650.000
25-06-20211800255Banco77.697
01-07-20210206578Abono Pago a Proveedores de S/N1.239.934
01-07-20210206578Abono Pago a Proveedores de S/N962.812
01-07-20210206578Abono Pago a Proveedores de S/N412.739
05-07-20210600014Abono por Traspaso29
09-07-20210600014Abono por Traspaso7.669.548
09-07-20210600014Abono por Traspaso1.163.317
09-07-20210600014Abono por Traspaso1.087.125
13-07-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor11.498.581
13-07-20211800255Banco30.275
14-07-20210600014Abono por Traspaso882.349

Tabla 104 (página 94 · 41 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMonto $
14-07-20210600014Abono por Traspaso246.381
14-07-20211800462Abono153.785
14-07-20210600014Abono por Traspaso128.142
20-07-20211800256Banco534.668
21-07-20211800256Banco25.899
27-07-20210600014Abono por Traspaso1.644.725
27-07-20210600014Abono por Traspaso262.488
27-07-20211800255Banco178.705
27-07-20210600014Abono por Traspaso163.283
27-07-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor69.293
27-07-20210000000Depósito en efectivo2.420
27-07-20210000000Depósito en efectivo550
27-07-20210000000Depósito en efectivo290
27-07-20210000000Depósito en efectivo200
29-07-20210000000Depósito en efectivo1.000
29-07-20210000000Depósito en efectivo100
30-07-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor13.503.834
30-07-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor5.436.829
30-07-20211800255Banco51.592
02-08-20210206578Abono Pago a Proveedores de S/N475.720
03-08-20211800255Banco51.798
03-08-20210000000Depósito en efectivo260
10-08-20210600014Abono por Traspaso9.434.850
10-08-20210600014Abono por Traspaso2.046.796
10-08-20210600014Abono por Traspaso1.876.252
16-08-20210001077Transferencia otro Banco de Tercero261.065
17-08-20211800255Banco78.006
17-08-20211800255Banco26.080
23-08-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor30.104.084
24-08-20211800192Abono15.036.030
26-08-20212070790Depósito con Documentos14.944.068
26-08-20212070810Depósito con Documentos10.652.151
26-08-20210600014Abono por Traspaso1.707.225
26-08-20210010037Abono por Traspaso1.054.497
26-08-20210000000Depósito en efectivo770.790
26-08-20210000000Depósito en efectivo668.890
26-08-20210000000Depósito en efectivo489.690
26-08-20210000000Depósito en efectivo376.050
26-08-20210600014Abono por Traspaso262.488
26-08-20210600014Abono por Traspaso164.257
26-08-20210000000Depósito en efectivo81.860

Tabla 105 (página 95 · 12 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMonto $
26-08-20210000000Depósito en efectivo3.170
27-08-20210001711Transferencia Sistema Pago Alto Valor13.213.455
31-08-20210000000Depósito en efectivo1.599.660
31-08-20210000000Depósito en efectivo810.420
31-08-20210000000Depósito en efectivo740.430
31-08-20210000000Depósito en efectivo613.090
31-08-20210000000Depósito en efectivo553.900
31-08-20210000000Depósito en efectivo500.440
31-08-20210000000Depósito en efectivo399.840
31-08-20210000000Depósito en efectivo148.090
31-08-20210000000Depósito en efectivo47.330
Total 283.563.798

Tabla 106 (página 96 · 16 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMontoDías corrido desde el 31-08-2021Respuesta a las observaciones de la Contraloría General Nos comprobantes contables
13-10-20201350039Pagos varios Bancout 69040100-231.994322-
21-10-20200001782Pago de cheque con depósito Cuenta Corriente107.165314Traspaso N° 750 del 22.03.2022
22-10-20200001077Transferencia otro Banco de Municipalidad de los Ángeles54.396313Traspaso N° 750 del 22.03.2022
06-11-20207009597Transferencia de Cuenta 35409000108 Municipalidad de Huechuraba4.471298Traspaso N° 3580 del 01.12.2021
09-11-20200001077Transferencia otro Banco de Ilustre Municipalidad de Renca839.253295Traspaso N° 750 Por $207.189.-, Por $343.495.-, Por $34.143.- Y Por $254.426.-Del 22.03.2022
10-11-20200600014Abono por Traspaso5.844.832294-
10-11-20201350037Pagos Varios Banco Rut 96856780-2 Isapre Consalud3.722.926294-
10-11-20201350037Pagos Varios Banco Rut 96856780-2 Isapre Consalud1.863.240294-
10-11-20200600014Abono por Traspaso786.315294-
10-11-20200600014Abono por Traspaso98.241294-
20-11-20201350037Pagos Varios Banco Rut 96856780-2 Isapre Consalud555.658284-
20-11-20201350037Pagos Varios Banco Rut 96856780-2 Isapre Consalud503.801284-
24-11-20200214947Abono Pago a Proveedores264.181280Traspaso N° 750 del 22.03.2022
24-11-20201350014Pagos Varios Banco Rut 69061000-0 Ilustre Municipalidad141.763280-
27-11-20201800958Abono Transbank Tarjeta Debito $ 3.497.067 = Se Rebaja T 3819 $285.816 del 27 Nov. //T/3849 $3.206.671, del 01.12.20204.580277-
09-12-20207053010Transferencia Banco de Rut 69110200-9 Ilustre Municipalidad de Sagrada Familia568.512265-

Tabla 107 (página 97 · 18 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMontoDías corrido desde el 31-08-2021Respuesta a las observaciones de la Contraloría General Nos comprobantes contables
10-12-20201800256Banco851.955264-
10-12-20201350016Pagos Varios Banco Rut 69071400-0 Municipalidad66.792264-
11-12-20200600014Pago dos diez por ciento Plan Vital4.800.782263-
11-12-20200600014Pago dos diez por ciento Plan Vital641.611263-
11-12-20201350039Pagos Varios Banco Itaú Rut 69255200-8329.599263-
15-12-20200001077Transferencia otro Banco de Munic. Pinto391.461259-
21-12-20200209156Abono Pago a Proveedores460.775253-
23-12-20201350037Pagos Varios Banco Rut 69254800-0 Municipalidad1.654.516251-
24-12-20207028438Transferencia Banc533.667250Traspaso N° 750 por $133.054.-, por $120.070.-, por $107.357.-, por $93.171.- y por $80.015.-del 22.03.2022
24-12-20200205533Abono Pago a Proveedores342.601250-
28-12-20200210934Abono Pago a Proveedores33.605246Traspaso N° 750 DEL 22.03.2022
29-12-20200001077Transferencia otro Banco de102.058245-
29-12-20200001077Transferencia otro Banco de Ilustre Municipalidad de Cerro Navia25.337245-
29-12-20201800255Banco785.695245-
29-12-20201350016Pagos Varios Banco Rut 69071500-7 Ilustre Municipalidad243.913245Traspaso N° 750 por $32.404.-, por $32.404.-, por $75.063.-, por $58.757.- y por $45.285.-del 22.03.2022
29-12-20201800192Abono70.336245Traspaso N° 750 por $37.334.- y por $33.002.-del 22.03.2022
29-12-20201800192Abono38.084245-
30-12-20201800958Abono Transbank Tarjeta Débito $5.967.038.- Se Rebaja T/4270 $3.939.637 del 30.12.20 // T/4272- 505244Traspaso N° 357 DEL 10.02.2021

Tabla 108 (página 98 · 9 filas)

Fecha CartolaN° OperaciónDetalleMontoDías corrido desde el 31-08-2021Respuesta a las observaciones de la Contraloría General Nos comprobantes contables
$2.027.906.- del 30.12.20. (Sumando los dos Traspasos de un total de $5.967.543)
30-12-20200600037Pago Subsidios desde Bco. Santander35.671244-
07-12-20201350266Pagos Varios Transbank Rut 96689310-9 Transbank S.A. $1.174.804.- Se Rebaja T/3966 $342.614.- del 07.12.2020832.190267Traspaso N° 4024/20 $956.550.-
07-12-20201350266Pagos varios Transbank Rut 96689310-9 Transbank S.A. $266.110.- Se Rebaja T/3966 $207.350.- del 07.12.202058.760267Traspaso N° 4024/20 $956.550.-
07-12-20201350266Pagos varios Transbank Rut 96689310-9 Transbank S.A. $170.241.- Se Rebaja T/3966 $104.641.- del 07.12.202065.600267Traspaso N° 4024/20 $956.550.-
07-12-20201350266Pagos Varios Transbank Rut 96689310-9 Transbank S.A. $1.174.804.- Se Rebaja T/3966 $342.614.- del 07.12.2020832.190267Registro repetido TRASPASO N° 4024/20 $956.550.-
07-12-20201350266Pagos Varios Transbank Rut 96689310-9 Transbank S.A. $266.110.- Se Rebaja T/3966 $207.350.- del 07.12.202058.760267Registro repetido TRASPASO N° 4024/20 $956.550.-
07-12-20201350266Pagos Varios Transbank Rut 96689310-9 Transbank S.A. $170.241.- Se Rebaja T/3966 $104.641.- del 07.12.202065.600267Registro repetido TRASPASO N° 4024/20 $956.550.-
Total 28.712.381

Tabla 109 (página 99 · 32 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $
15-07-202026212527Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.4.117
17-07-202026342565Soc. Concesionaria Vespucio Norte Express S.A118.893
17-07-202026352566Sociedad Concesionaria Autopista Central68.130
07-09-202033893329Diferencia en Conciliación de $252,298 Abono Contable no reconocido en cartola, Según Sistema es Cheque Pero esta nulo en Sistema. Se envió a Finanzas Memo 753 El día 7 de diciembre 2020 Para realizar ajuste, dado no se debía pagar tal monto a Municipalidad de Papudo.252.298
22-09-202036223606Laboratorio Clínico Cruz del Sur Ltda. Se Registró Contablemente el Cheque el cual fue nulo. Se envió Memo 700 El 23 de noviembre a Finanzas para ajustar este Egreso. Queda como Dif. en Conciliación50.000
08/10/20202951Inmobiliaria y Rentas Los Delfines Ltda.-Se Anula O.I. N° 212641 Del 21.08.2020, Debido a que por error el Ingreso fue duplicado, según lo Informado en Memo N° 1154/20 Depto. de Patentes15.111
20-11-20203622Caja día 30/09/2020 Ajuste por Depósitos226.451
02-12-20203907Ingreso día 01/12/20203.018.046
04-12-202047664786Municipalidad de Huechuraba156.340
15-12-202050864973Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.15.008
17-12-202051035014Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.3.757
30-12-202053015240Municipalidad de Huechuraba1.137.380
30-12-202053025241Municipalidad de Huechuraba1.029.540
30-12-202053035242Municipalidad de Huechuraba1.518.900
30-12-202053045243Municipalidad de Huechuraba936.720
30-12-202053055244Municipalidad de Huechuraba681.920
30-12-202053065245Municipalidad de Huechuraba872.820
30-12-202053075246Municipalidad de Huechuraba1.309.040
30-12-202053085247Municipalidad de Huechuraba1.484.990
30-12-202051405248Banco591.015
30-12-202051815203Arturo Toledo Estrada13.265.088
30-12-202051825204Washington Jorge Araya Olguín11.474.354
30-12-202047505235Municipalidad de Huechuraba4.517.149
30-12-202050855236Municipalidad de Huechuraba2.787.255
30-12-202047515237Municipalidad de Huechuraba4.703.863
30-12-202052995238Directv Chile Televisión Limitada55.650
30-12-202053095239Enel Distribución Chile S.A.34.084
31-12-202050235253Lineros Telecomunicaciones Ltda.7.640.550
31-12-202053165254Municipalidad de Huechuraba12.487.860
31-12-202053135249Enel Distribución Chile S.A.1.028.637
31-12-202053125250Enel Distribución Chile S.A.23.582.859
31-12-202053115251Enel Distribución Chile S.A.936.717

Tabla 110 (página 100 · 4 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $
31-12-202053105252Enel Distribución Chile S.A.4.850.656
31-12-202046085298Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.4.246
31-12-202043645299Sociedad Concesionaria Autopista Central24.579
Total Transferencias Contabilizadas y no registradas en el Banco100.884.023

Tabla 111 (página 101 · 14 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
15-07-202026212527Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.4.117Traspaso N° 752 del 23-03-2022
17-07-202026342565Soc. Concesionaria Vespucio Norte Express S A118.893Traspaso N° 753 del 23-03-2022
17-07-202026352566Sociedad Concesionaria Autopista Central68.130Traspaso N° 746 del 22-03-2022
07-09-202033893329Diferencia en Conciliación de $ 252,298 Abono Contable no reconocido en Cartola, según Sistema es cheque , pero esta nulo en Sistema. Se envió a Finanzas Memo 753 El Día 7 de diciembre 2020 Para Realizar Ajuste, Dado no se debía pagar tal monto a Muni. de Papudo.252.298Memo N°120/22 Transf.21240195 Bco.
22-09-202036223606Laboratorio Clínico Cruz del Sur Ltda. Se registró contablemente el cheque el cual fue nulo. Se envió memo N° 700 el 23 de noviembre a finanzas para ajustar este egreso. queda como diferencia en conciliación50.000Traspaso N° 3834 del 09-12-2020
11-11-20204426Cas Chile S.A.56.94225-11-2020
04-12-202047664786Municipalidad de Huechuraba156.340-
17-12-202051035014Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.3.757-
30-12-202047505235Municipalidad de Huechuraba4.517.149-
30-12-202050855236Municipalidad de Huechuraba2.787.255-
30-12-202047515237Municipalidad de Huechuraba4.703.863-
31-12-20204201Municipalidad de Huechuraba7.031.451Anula Orden De Ingreso 1211 Del 07-10- 2020
31-12-202043645299Sociedad Concesionaria Autopista Central24.579Traspaso N° 745 Del 22-03-2022
18-01-2021-148Previred- Diferencia para la conciliación: dp 125 es por $1.747.189.- y cartola del 19.01.2021 $1.747.189.- (desglosado en varios montos) que ocasiona una diferencia $19.324.- se conversó con Nicolás y realizara las gestiones para el reintegro19.324-

Tabla 112 (página 102 · 13 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
19-01-2021-152Comercial Eccsa S.A.267.519Memo N°126/22 Trasf. 21259323 Bco.
19-01-2021-153Comercial Eccsa S.A.20.226Memo N°125/22 Trasf. 21259284 Bco.
19-01-2021-154Cybercenter S A1.400.00017-02-2021
19-01-2021-155Cybercenter S A1.400.00017-02-2021
27-01-2021-219Enel Distribución Chile S.A. Por $ 331.504 = diferencia para la conciliación: saldo por emitir $1.- DP 2661Reintegro N°04861 del 22-03-2022
18-02-2021594421Municipalidad De Huechuraba. Cert. N° 44/2021 D.G.P., pago sueldos mes de febrero 2021, planta, contrata y suplencia.- total decreto pago 594 $ 343.852.676: se rebaja $ 335.459.910 cobrado en cartolas bancaria de febrero 2021/ cheque girado y no cobrado $ 535.350 / cheque girado y no cobrado $ 1.914.0445.943.372Cartola 19-02-2021: $340.354.-/ $492.941.-/ $663.716.-/ $509.205.-/ $242.035.-/ $1.262.998.-/ $351.356.- **Cartola 24-02-2021 $785.199.- **Cartola 26-02-2021$1.295.568.-
---Cargo En Cartola Bancaria Del Día 26-02-2021 por provisión en línea convenio Remuneraciones Numero 3540115736 nomina 00007700163, Menos registro contable por $ 23.760.000 Del Día 26-02.2021 Dp 498240.000Traspaso N° 905 $120.000.- del 30-03- 2021 Pendiente $120.000.- Por Registrar Contablemente
22-03-2021941890Enel Distribución Chile S.A. $14.924.-Transf. 7076020 Y Cartola $14.923.1Reintegro N°04862 del 22-03-2022
22-03-2021943888Enel Distribución Chile S.A. $11.032.- Transf. 7076157 Y Cartola $11.031.1Reintegro N°04863 del 22-03-2022
22-03-20211028880Soc. Concesionaria Vespucio Norte Express S A316.990-
12-04-20218121115Municipalidad de Huechuraba//Saldo por Emitir54.416Memo N°119 del 21-03-2022 Trasferencias por $25.664.-, $25.382.- Y $3.000.- Total $54.046.-Bco. $370.- Dif. Error Digitación)
30-04-202115731416Municipalidad de Huechuraba//Saldo por Emitir60.003Memo N°118 del 21-03-2022 Transf. 21203921
01-05-2021-1406Ingreso Día 20/08/2020//01.09.21 Queda pendiente por Katty65.812-

Tabla 113 (página 103 · 15 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
01-06-202118721701Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.3.541-
18-06-2021-1747Caja 20.05.2021//Ajuste A Tc 1655/21 Por error En contabilización de depósito por valor de $36.259, Correspondiente a Transferencias Tag, registrado anteriormente En Ing. Percibido N°138 Del 20.05.202136.259Traspaso N° 1655 del 20-06-2021
30-06-202118862067Municipalidad de Huechuraba115.97801-07-2021 $32.497, $25.382.- Y $3.000.- 13-09-2021 $55.099.-
30-06-202120062059Municipalidad de Huechuraba//01.07.2021 Nomina N°8032723 $4.870.010.- 01.07.2021//Dif.$27.457.-27.45704-10-2021
02-07-202120672124Víctor Cornejo Faúndez21.06109-09-2021
05-07-2021-1941Comercial Serpan Ltda.//Ajuste A O.I.N° 854 Del 01.07.2020, ya según lo informado en Memo N° 489/21 Tesorería, del valor $2.062.856 Ingresado en Cuenta 214.09.11 Otros, $1.957.860 fue contabilizado nuevamente con fecha 15.06.2021, por lo que solo quedarían sin Identificar $104.996.1.957.860Traspaso N° 3036 del 20-10-2021
02-08-202124322461Municipalidad de Huechuraba3.323.15220-09-21 Nomina 8276197 $3.323.152
02-08-202124332462Municipalidad de Huechuraba3.077.59420-09-21 Nomina 8276213 $3.077.594
02-08-202124342463Municipalidad de Huechuraba3.986.21720-09-21 Nomina 8276208 $3.986.217
02-08-202125892467Elsa Soto Valdés326.59509-09-2021
02-08-202121692485Convatec Chile S.A.482.00720-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
02-08-202123242493Com. Luis Humberto Saavedra Eirl.773.26207-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
02-08-202123292496Viconf - Soluciones De Comunicaciones Jorge Andrés Aubel Chandía1.129.07207-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
06-08-202124412601Moro Ingeniería S.A.2.023.000Nomina 8340083 $70.418.937.-del 12.10.21
06-08-202125782602145.65620-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-

Tabla 114 (página 104 · 20 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
06-08-202125772603160.31702-09-2021 Nomina 8227740 $6.393.375.-
06-08-202125742604Kafra Soluciones Spa116.02521-09-21 Nomina 8281154 $19.025.576.-
06-08-202126312613Servicios Integrales Isaac Spa120.190Se Emite Ch/11797 En Dic-2021 y marzo 2022 Esta para Caducar
06-08-202126532619120.00007-09-2021
06-08-202126632623Lesmar Spa569.03202-09-2021 Nomina 8227740 $6.393.375.-
11-08-2021-2382Caja día 11/08/2021 ajuste por error de contabilización85.911.263Traspaso N° 688 Del 17-03-2022
12-08-202128082704Grupo de Salud Esperanza De Vida1.000.00001-10-2021
13-08-202128732756Publicidad y Diseños Cincomonos Limitada58.310Nomina 8318825 $217.420.365.- Del 04- 10-21
13-08-202127882768Comercial Automotriz Petric S.A.C.I3.558.10007.09.21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
13-08-202128822793Ingerpro Limitada1.586.37807.09.21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
13-08-2021288027944.688.60020.09.21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
16-08-202118702832Municipalidad de Huechuraba11.642-
16-08-202122362833Tesorería General de la Republica1.587-
16-08-202127422834Tesorería General de la Republica863-
18-08-202130282861Comercial Mar-K S.A53.10730.09.2021 Nomina 8309744 $13.866.815.-
18-08-202130252864Logística Global Group Spa53.55002.09.2021 Nomina 8227740 $6.393.375.-
25-08-202130612959Valente Impresores Limitada530.77030.09.2021 Nomina 8309744 $13.866.815.-
25-08-202130592960155.134Nomina 8369322 Del 21.10.21 $52.222.393.-
25-08-202129722967Ingen S A17.73102.09.2021 Nomina 8227740 $6.393.375.-
25-08-202129762968Corporación De Asistencia Judicial R.M.2.376.26907.09.2021

Tabla 115 (página 105 · 27 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
25-08-202130792970Alto Cordillera Spa1.659.76602.09.2021 Nomina 8227740 $6.393.375.-
25-08-202131152980Consultores Atávica Limitada16.333.33522.10.2021
25-08-2021312629881.013.50002.09.2021 Nomina 8227740 $6.393.375.-
31-08-202132433025Municipalidad de Huechuraba17.122.48301-09-2021
31-08-202132443026Municipalidad de Huechuraba13.579.23901-09-2021
31-08-202132453027Municipalidad de Huechuraba15.853.49901-09-2021
31-08-202132463028Municipalidad de Huechuraba872.91501-09-2021
31-08-202132473029Municipalidad de Huechuraba2.681.18801-09-2021
31-08-202132483030Municipalidad de Huechuraba3.341.12901-09-2021
31-08-202132493031Municipalidad de Huechuraba1.710.34601-09-2021
31-08-202132503032Municipalidad de Huechuraba328.95101-09-2021
31-08-202132513033Municipalidad de Huechuraba484.81801-09-2021
31-08-202132523034Municipalidad de Huechuraba10.261.70501-09-2021
31-08-202132533035Municipalidad de Huechuraba4.917.91801-09-2021
31-08-202132413036Municipalidad de Huechuraba204.41409-09-2021
31-08-202132403037Municipalidad de Huechuraba6.301.55109-09-2021
31-08-202132393038Municipalidad de Huechuraba28.58309-09-2021
31-08-202132383039Municipalidad de Huechuraba940.53509-09-2021
31-08-202132373040Municipalidad de Huechuraba973.55609-09-2021
31-08-202132363041Municipalidad de Huechuraba2.008.13409-09-2021
31-08-202132353042Municipalidad de Huechuraba3.146.81409-09-2021
31-08-202132343043Municipalidad de Huechuraba6.436.85609-09-2021
31-08-202132423044Municipalidad de Huechuraba151.50909-09-2021
31-08-202132543045Municipalidad de Huechuraba6.922.33209-09-2021
31-08-202132553046Municipalidad de Huechuraba1.977.19309-09-2021
31-08-202132563047Municipalidad de Huechuraba562.58809-09-2021
31-08-202132573048Municipalidad de Huechuraba2.029.63109-09-2021

Tabla 116 (página 106 · 27 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
31-08-202132583049Municipalidad de Huechuraba1.756.25609-09-2021
31-08-202132593050Municipalidad de Huechuraba49.76209-09-2021
31-08-202132603051Municipalidad de Huechuraba523.85109-09-2021
31-08-202132613052Municipalidad de Huechuraba5.708.01909-09-2021
31-08-202132623053Municipalidad de Huechuraba477.53409-09-2021
31-08-202132633054Municipalidad de Huechuraba31.650.37109-09-2021
31-08-202132643055Municipalidad de Huechuraba341.37209-09-2021
31-08-202132723056Municipalidad de Huechuraba14.76609-09-2021
31-08-202132733057Municipalidad de Huechuraba157.71109-09-2021
31-08-202132743058Municipalidad de Huechuraba1.550.28909-09-2021
31-08-202132753059Municipalidad de Huechuraba216.77609-09-2021
31-08-202132763060Municipalidad de Huechuraba242.73209-09-2021
31-08-202132773061Municipalidad de Huechuraba422.24115-09-2021
31-08-202132783062Municipalidad de Huechuraba965.43815-09-2021
31-08-202132793063Municipalidad de Huechuraba1.482.30415-09-2021
31-08-202132803064Municipalidad de Huechuraba525.86715-09-2021
31-08-202132813065Municipalidad de Huechuraba3.154.86615-09-2021
31-08-202132823066Municipalidad de Huechuraba149.33815-09-2021
31-08-202132833067Municipalidad de Huechuraba20.15915-09-2021
31-08-202132843068Municipalidad de Huechuraba463.89915-09-2021
31-08-202132853069Municipalidad de Huechuraba32.30115-09-2021
31-08-202132863070Municipalidad de Huechuraba98.51815-09-2021
31-08-202132873071Municipalidad de Huechuraba549.67015-09-2021
31-08-202132883072Municipalidad de Huechuraba371.80015-09-2021
31-08-202132893073Municipalidad de Huechuraba1.629.72915-09-2021
31-08-202130103074Transportes Radiovan Ltda.110.00020-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
31-08-202129863075Pcinbox Spa1.332.71707-.09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-

Tabla 117 (página 107 · 18 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
31-08-202129193076Transportes Radiovan Ltda.110.00020-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
31-08-202130113077Transportes Radiovan Ltda.110.00020-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
31-08-20213052307826.96009-09-2021
31-08-202131133079Comercializadora y Servicios Etertek Limitada312.18521-09-21 Nomina 8281154 $19.025.576.-
31-08-202131223080Palma Alfaro Corina83.66213-09-2021
31-08-202131283081Servicio Aerofotogrametrico Del General Juan Soler Manfredini7.200.00020-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
31-08-202131343082Casa De Moneda de Chile S.A.128.61507-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202131353083Casa De Moneda de Chile S.A.12.86207-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202131373084Abastible S.A.1.802.85007-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-20213141308516.94607-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202132173093Banco48.102.12407-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202132143094Banco102.777.69710-09-21 Nomina 8252457 $521.553.254.-
31-08-202132133095Automática y Regulación S.A.4.876.23807-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202131843096Impresos Lahosa S.A.1.944.59707-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202131853097118.60307-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202131833098Enel Distribución Chile S.A.62.600.05007-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
31-08-202130953099Comercial Asirutek Limitada744.28620-09-21 Nomina 8276158 $130.947.238.-
31-08-202129733100Tecnología, Comunicaciones Y Seguridad Industrial Spa368.87607-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-

Tabla 118 (página 108 · 5 filas)

FechaD.P.N° Comprobante ContableConceptoMonto $Abono de la Entidad Registrados Por el banco Y/O ajustados Contablemente
31-08-202130943101Pedro Fernández Reumay, Academia De Bailes E.I.R.L550.00010-11-2021 Nomina 8427165 $37.750.219.-
31-08-202130933102Escenix Spa714.000Nomina 8318825 $217.420.365.- Del 04- 10-21
31-08-202130423103522.04209-09-2021
31-08-202127463104Swap Distribución Spa164.69607-09-21 Nomina 8239699 $132.055.886.-
Total Transferencias Contabilizadas y no registradas en el Banco557.210.081

Tabla 119 (página 109 · 16 filas)

FechaD.PN° Comprobante ContableConceptoMonto $AntigüedadAbono de la Entidad Registrados Por el banco y/o ajustados Contablemente
15-07-202026212527Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.4.117412Traspaso N° 752 del 23-03-2022
17-07-202026342565Soc. Concesionaria Vespucio Norte Express S A118.893410Traspaso N° 753 del 23-03-2022
17-07-202026352566Sociedad Concesionaria Autopista Central68.130410Traspaso N° 746 del 22-03-2022
07-09-202033893329Diferencia en conciliación de $ 252,298 abono contable no reconocido en cartola, según sistema es cheque , pero esta nulo en sistema. Se envió a finanzas memo 753 el día 7 de diciembre 2020 para realizar ajuste, dado no se debía pagar tal monto a Muni. de papudo.252.298358Memo N°120/22 Transf.21240195 Bco.
22-09-202036223606Laboratorio Clínico Cruz Del Sur Ltda. Se Registró contablemente el cheque el cual fue nulo. Se envió memo 700 el 23 de noviembre a finanzas para ajustar este egreso. queda como dif. en conciliación50.000343Traspaso N° 3834 del 09-12-2020
11-11-20204426Cas Chile S.A.56.94229324-11-2020
04-12-202047664786Municipalidad De Huechuraba156.340270-
17-12-202051035014Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.3.757257-
30-12-202047505235Municipalidad De Huechuraba4.517.149244-
30-12-202050855236Municipalidad De Huechuraba2.787.255244-
30-12-202047515237Municipalidad De Huechuraba4.703.863244-
31-12-20204201Municipalidad De Huechuraba7.031.451243Anula Orden De Ingreso 1211 del 07- 10-2020
31-12-202043645299Sociedad Concesionaria Autopista Central24.579243Traspaso N° 745 del 22-03-2022
18-01-2021-148Previred- Diferencia para la conciliación: Dp 125 es por $1.747.189.- y cartola del 19.01.2021 $1.747.189.- (desglosado en varios montos) Que ocasiona una diferencia $19.324.- se conversó con Nicolás y realizara las gestiones para el reintegro19.324225-
19-01-2021-152Comercial Eccsa S.A.267.519224Memo N°126/22 Trasf. 21259323 Bco.
19-01-2021-153Comercial Eccsa S.A.20.226224Memo N°125/22 Trasf. 21259284 Bco.

Tabla 120 (página 110 · 13 filas)

FechaD.PN° Comprobante ContableConceptoMonto $AntigüedadAbono de la Entidad Registrados Por el banco y/o ajustados Contablemente
19-01-2021-154Cybercenter S A1.400.00022417-02-2021
19-01-2021-155Cybercenter S A1.400.00022417-02-2021
27-01-2021-219Enel Distribución Chile S.A. Por $ 331.504 = Diferencia para la conciliación: Saldo Por Emitir $1.- Dp 2661216Reintegro N°04861 del 22-03-2022
18-02-2021594421Municipalidad de Huechuraba. Cert. N° 44/2021 d.g.p., pago sueldos mes de febrero 2021, planta, contrata y suplencia.- total decreto pago 594 $ 343.852.676: se rebaja $ 335.459.910 cobrado en cartolas bancaria de febrero 2021/ cheque girado y no cobrado $ 535.350 / cheque girado y no cobrado $ 1.914.0445.943.372194Cartola 19-02-2021: $340.354.-/ $492.941.-/ $663.716.-/ $509.205.-/ $242.035.-/ $1.262.998.-/ $351.356.- **Cartola 24-02-2021 $785.199.- **Cartola 26-02- 2021$1.295.568.-
22-03-2021941890Enel Distribución Chile S.A. $14.924.-Transf. 7076020 Y Cartola $14.923.-1162Reintegro N°04862 Del 22.03.2022
22-03-2021943888Enel Distribución Chile S.A. $11.032.- Transf. 7076157 Y Cartola $11.031.-1162Reintegro N°04863 Del 22.03.2022
22-03-20211028880Soc. Concesionaria Vespucio Norte Express S A316.990162
12-04-20218121115Municipalidad de Huechuraba//saldo por emitir54.416141Memo N°119 del 21-03-2022 Trasferencias Por $25.664.-, Por $25.382.- Y Por $3.000.- Total $54.046.-Bco. $370.- Dif. Error Digitación)
30-04-202115731416Municipalidad de Huechuraba//saldo por emitir60.003123Memo N°118 Del 21-03-2022 Transf. 21203921
01-05-20211406Ingreso día 20/08/2020//01.09.21 queda pendiente Por Katty65.812122-
01-06-202118721701Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.3.54191-
18-06-2021-1747Caja 20.05.2021//Ajuste A Tc 1655/21 por error en Contabilización de depósito por valor de $36.259, Correspondiente a Transferencias Tag, Registrado anteriormente en Ing. Percibido N°138 Del 20.05.202136.25974Traspaso N° 1655 del 20-06-2021
Total 29.362.239

Tabla 121 (página 111 · 18 filas)

FacturaPago de ServicioN° días corridos transcurridos entre las fechas de recepción de la factura y la de emisión de cheques (A)-(B)
FechaMonto $Recepción Factura según timbre de Dirección de medio ambiente, aseo y ornato o Libro SII (más 8 días) (A)N° EgresoFecha de EgresoN° ChequeFecha de emisión de cheque según "Informe de cheques" (B)
560813-02-2020132.423.32914-02-2020157820-04-202020-04-202066
563306-04-2020130.799.65814-04-2020260522-07-202022-07-202099
564607-05-2020130.799.65815-05-2020340310-09-202010-09-2020117
566401-06-2020130.799.65803-06-2020340210-09-202010-09-202099
567915-07-2020127.324.86817-07-2020367901-10-202001-10-202076
569503-08-2020130.799.65811-08-2020367801-10-202001-10-202051
571201-09-2020130.799.65802-09-2020463120-11-202020-11-202079
573707-10-2020130.223.12407-10-2020529031-12-202031-12-202085
574102-11-2020130.223.12410-11-20208412-01-202112-01-202163
577810-12-2020125.125.76911-12-202078712-03-202112-03-202191
580428-01-2021120.693.76029-01-202185618-03-202123-03-202153
581211-02-2021120.693.76019-02-2021144704-05-202106-05-202176
582101-03-2021117.647.00309-03-2021161826-05-202126-05-202177
584201-04-2021120.693.76009-04-2021266211-08-202112-08-2021125
585803-05-2021120.693.76012-05-2021266111-08-202130-08-2021110
587401-06-2021120.693.76009-06-2021266011-08-202130-08-202181
Total 2.020.434.307

Tabla 122 (página 112 · 8 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2) ID 2793- 185-LR17Superficie (m2) ID 2793- 150-LR20Superficie (m2) ID 2793- 181-LR21Superficie (m2) Google EarthSuperficie (m2) Contraloría GeneralDiferencia m2 ID 2793-185- LR17 y Google EarthEstimación monto cobrado por error en m2
119BandejónBandejón Central Sur Los LibertadoresLos Libertadores, entre Av. El Sauce y Santa Elena1.0131.0131.01398685427330.605
2103PlatabandaPlatabanda Punta Nogales-Los DátilesPunta Nogales con Los Dátiles, vereda sur y poniente respectivamente2.1282.1282.1283.7912.322-1.663-20.361.456
3112PlatabandaPlatabanda Carlos Aguirre LucoCarlos Aguirre con Juan Cristóbal (hacia el poniente)2.4312.4312.4312.5863.950-155-1.897.916
4113PlatabandaPlatabanda Poniente Juan CristóbalJuan Cristóbal, entre Carlos Aguirre Luco y Av. Las Torres4.3504.3504.3503.1593.2781.19114.583.342
5125PlatabandaPlatabanda Del Pincoy NorponientePlatabanda Del Pincoy Nor-Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta1.2241.2241.2241.15181373893.857
6112PlazaPlaza Talud Nuevo AmanecerRaúl Inostroza desde La Pincoya hasta Del Pincoy2.6731.1802.6732.65262421257.137
7172PlatabandaPlatabanda Norte Las PetuniasLas Petunias, entre Las Zinnias y El Pellín, incluye Taludes2.3042.3042.3041.5322.5627729.452.430
8203PlazaLa PalomaLas Petunias Norte con Los Prunus5.0004865005014934.49955.088.545

Tabla 123 (página 113 · 8 filas)

ÍtemTipoNombreDirecciónSuperficie (m2) ID 2793- 185-LR17Superficie (m2) ID 2793- 150-LR20Superficie (m2) ID 2793- 181-LR21Superficie (m2) Google EarthSuperficie (m2) Contraloría GeneralDiferencia m2 ID 2793-185- LR17 y Google EarthEstimación monto cobrado por error en m2
9210PlatabandaPlatabanda Norte UdpLa Rinconada altura 516, frente a la UDP (arborización)2.7002.7001.8256331.2872.06725.309.630
10231PlatabandaPlatabanda Norte Pta. MochaCamino Punta Mocha, entre JJ. Aguirre Luco y Camino del Cerro5.5085.5085.5082.5004.9743.00836.831.817
11226PlazaLos ArtesanosLos Artesanos con caletera Américo Vespucio2.2662.26602.6282.496-362-4.432.552
12204ParqueTalud Vista HermosaVista Hermosa, talud desde Zambia a Los Plátanos14.2002.7272.6958.25013.9895.95072.855.489
13197BandejónBandejón Central Poniente Santa ClaraSanta Clara, entre Av. Recoleta y El Salto5.3015.3013.0244.0292.8091.27215.575.157
1481PlazaPlaza Juan CristóbalJuan Cristóbal con Av.1.8841.884090270998212.024.217
Las Torres
Total52.98235.50229.67535.30041.15917.682216.510.301

Tabla 124 (página 114 · 26 filas)

N° Comprobante de egresoFechaDescripciónMes servicioAñoMontoPersonas sin comprobante previsionalRespaldo del Servicio
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
1157820-04-2020ORD. Nº118/2020,Factura Nº 5608/ 13.02.2020Enero2020132.423.3295.266.XXX-XPensionado IPS
8.777.XXX-XPensionada AFP Capital
6.612.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
4.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.997.XXX-X-
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
2132126-03-2020ORD. N°173/2020, Factura N°5616/02.03.2020Febrero2020130.799.6585.266.XXX-XPensionado IPS
8.777.XXX-XPensionada AFP Capital
6.612.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
4.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.997.XXX-X-
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
7.471.XXX-XPensionada AFP Capital
320522-07-2020ORD N°235/2020, Factura N°5633/06.04.2020Marzo2020130.799.6585.266.XXX-XPensionado IPS
8.777.XXX-XPensionada AFP Capital
6.612.XXX-XPensionado AFP Hábitat

Tabla 125 (página 115 · 27 filas)

N° Comprobante de egresoFechaDescripciónMes servicioAñoMontoPersonas sin comprobante previsionalRespaldo del Servicio
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4340310-09-2020ORD. N°256/2020, Factura N°5646/07.05.2020Abril2020130.799.6584.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
4.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.997.XXX-X-
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
5340210-09-2020ORD. N°290/2020, Factura N°5664/01.06.2020Mayo2020130.799.6586.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
7.471.XXX-XPensionada AFP Capital
7.106.XXX-XPensionada AFP Capital
6367901-10-2020ORD. N°338/2020, Factura N°5679/15.07.2020Junio2020127.324.8685.266.XXX-XPensionado IPS
8.777.XXX-XPensionada AFP Capital
6.612.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
4.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.997.XXX-X-
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
7.471.XXX-XPensionada AFP Capital
7.106.XXX-XPensionada AFP Capital
9.007.XXX-XPensionado AFP Próvida
16.798.XXX-X-
7367801-10-2020Julio2020130.799.6585.266.XXX-XPensionado IPS
8.777.XXX-XPensionada AFP Capital

Tabla 126 (página 116 · 27 filas)

N° Comprobante de egresoFechaDescripciónMes servicioAñoMontoPersonas sin comprobante previsional 6.612.XXX-X 4.816.XXX-X 4.554.XXX-X 5.019.XXX-X 4.669.XXX-X 4.997.XXX-X 5.749.XXX-X 6.928.XXX-X 6.491.XXX-X 7.471.XXX-X 7.106.XXX-X 9.007.XXX-X 5.266.XXX-X 4.816.XXX-X 4.554.XXX-X 5.019.XXX-X 4.669.XXX-X 4.997.XXX-X 5.749.XXX-X 6.928.XXX-X 6.491.XXX-X 9.007.XXX-X 5.266.XXX-X 4.816.XXX-X 4.554.XXX-X 5.019.XXX-X 4.669.XXX-XRespaldo del Servicio
ORD. N°364/2020, Factura N°5695/03.08.20206.612.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
8463120-11-2020ORD. N°431/2020, Factura N°5712/01.09.2020Agosto2020130.799.6584.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.997.XXX-X-
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
7.471.XXX-XPensionada AFP Capital
7.106.XXX-XPensionada AFP Capital
9.007.XXX-XPensionado AFP Próvida
9529005-01-2021ORD N°487/2020, Factura N°5737/07.10.2020Septiembre2020130.223.1245.266.XXX-XPensionado IPS
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
4.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat
108412-01-2021ORD. Nº538/2020,Factura Nº 5741/ 02.11.2020Octubre2020130.223.1244.997.XXX-X-
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
9.007.XXX-XPensionado AFP Próvida
1178712-03-2021ORD. Nº 626/2020,Factura Nº 5778/10.12.2020Noviembre2020125.125.7695.266.XXX-XPensionado IPS
4.816.XXX-XPensionada AFP Capital
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.019.XXX-XPensionado AFP Próvida
4.669.XXX-XPensionado AFP Hábitat

Tabla 127 (página 117 · 24 filas)

N° Comprobante de egresoFechaDescripciónMes servicioAñoMontoPersonas sin comprobante previsionalRespaldo del Servicio
1285618-03-2021ORD. Nº 38/2021, Factura Nº 5804/28.01.2021Diciembre2020120.693.7604.997.XXX-X
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
13144704-05-2021ORD. Nº 77/2021, Factura Nº 5812/11.02.2021Enero2021120.693.7605.266.XXX-XPensionado IPS
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
14161826-05-2021ORD. Nº 104/2021,Factura Nº 5821/01.03.2021Febrero2021117.647.0035.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
15266211-08-2021ORD. N° 178/2021 Factura N° 5842/01/04/2021Marzo2021120.693.7606.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
16266111-08-2021ORD. Nº 235/2021,Factura Nº 5858/03.05.2021Abril2021120.693.7605.266.XXX-XPensionado IPS
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
5.749.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.928.XXX-XPensionado AFP Hábitat
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
13.187.XXX-XCertificado de cotizaciones de Hábitat, Abril 2021
7.922.XXX-XPensionado AFP Plan Vital
7.254.XXX-XPensionado AFP Hábitat
17266011-08-2021ORD. Nº 309/2021,Factura Nº 5874/01.06.2021Mayo2021120.693.7605.266.172-2Pensionado IPS
4.554.XXX-XPensionado AFP Próvida
6.491.XXX-XPensionado AFP Hábitat
7.922.XXX-XPensionado AFP Plan Vital
7.254.XXX-XPensionado AFP Hábitat
4.757.XXX-XPensionado AFP Capital
Total2.151.233.965

Tabla 128 (página 118 · 15 filas)

NombreRUTObservaciónN° de comprobante de EgresoMesAñoMontoRespaldo del Servicio
117.341.XXX-XSin finiquito1321Enero2020130.799.658Copia del finiquito fecha 24-12-2019
26.444. XXX-XSin contrato2605Febrero2020130.799.658Copia de contrato fecha 03-02-2020
37.106. XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 03-02-2020
418.627.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 03-02-2020
513.895.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 01-10-2020
619.289.XXX-XSin finiquito3403Marzo2020130.799.658Copia del finiquito fecha 29-02-2020
720.327.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 13-03-2020
819.441.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 13-03-2020
920.033.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 17-03-2020
1018.596.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 13-03-2020
1117.377.XXX-XSin contrato3402Abril2020130.799.658Copia de contrato fecha 06-04-2020
1215.696.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 13-04-2020
137.731.XXX-XSin contrato-
1426.000.XXX-XSin contrato3679Mayo2020127.324.868Copia de contrato fecha 19-05-2020
158.982.XXX-XSin contrato3678Junio2020130.799.658Copia de contrato fecha

Tabla 129 (página 119 · 16 filas)

NombreRUTObservaciónN° de comprobante de EgresoMesAñoMontoRespaldo del Servicio
08-04-2020
1625.873.XXX-XSin contrato5290Agostoago-20130.223.124-
1713.895.XXX-XSin finiquito787Octubre2020125.125.769-
1810.530.XXX-XSin finiquito-
197.731.XXX-XSin finiquitoCopia del finiquito fecha 30-09-2020
2012.994.XXX-XSin contratoCopia de contrato fecha 17-06-2020
2125.873.XXX-XSin finiquito856Noviembre2020120.693.760-
226.230.XXX-XSin finiquitoCopia del finiquito fecha 30-11-2021
239.029.XXX-XSin finiquitoAnexo de contrato traslado fecha 01-10-2021
2411.186.XXX-XSin contrato-
2519.708.XXX-XSin finiquito1447Diciembre2020120.693.760-
2618.331.XXX-XSin finiquito2662Febrero2021120.693.760-
2716.796.XXX-XSin finiquito-
2811.643.XXX-XSin finiquito2661Marzo2021120.693.760-
2912.751.XXX-XSin finiquito2660Abril2021120.693.760-
Total 1.640.140.851

Tabla 130 (página 120 · 1 filas)

TIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
1BANDEJÓNBANDEJÓN CENTRAL SUR LOS LIBERTADORESLos Libertadores, entre Av. El Sauce y Santa Elena1.0131.013SiNoÁrea verde, pero no consolidada

Tabla 131 (página 121 · 4 filas)

Fotografía N°1
Fecha12 de enero de 2022
Tipo Área VerdeBandejón
NombreBandejón Central Sur Los Libertadores
DirecciónLos Libertadores, entre Av. El Sauce y Santa Elena

Tabla 132 (página 121 · 4 filas)

Fotografía N°2
Fecha12 de enero de 2022
Tipo Área VerdeBandejón
NombreBandejón Central Sur Los Libertadores
DirecciónLos Libertadores, entre Av. El Sauce y Santa Elena

Tabla 133 (página 121 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
278PLATABANDAPLATABANDA PUNTA NOGALES- LOS DÁTILESPunta Nogales con Los Dátiles, vereda sur y poniente respectivamente2.1282.128NoNoNo es área verde y no está consolidada

Tabla 134 (página 122 (texto) · 4 filas)

METROPOLITANA
E AUDITORÍA 2
as:
Área 2 = 955,3 m2, apro
rea 4 = 375,86 m2, apr

Tabla 135 (página 123 · 4 filas)

Fotografía N°3
Fecha12 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA PUNTA NOGALES-LOS DÁTILES
DirecciónPunta Nogales con Los Dátiles, vereda sur y poniente respectivamente

Tabla 136 (página 123 · 4 filas)

Fotografía N°4
Fecha12 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA PUNTA NOGALES- LOS DÁTILES
DirecciónPunta Nogales con Los Dátiles, vereda sur y poniente respectivamente

Tabla 137 (página 123 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
387PLATABANDAPLATABANDA CARLOS AGUIRRE LUCOCarlos Aguirre con Juan Cristóbal (hacia el poniente)2.4312.431SiNoÁrea verde, pero no consolidada

Tabla 138 (página 124 · 4 filas)

Fotografía N°5
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA CARLOS AGUIRRE LUCO
DirecciónCarlos Aguirre con Juan Cristóbal (hacia el poniente)

Tabla 139 (página 124 · 4 filas)

Fotografía N°6
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA CARLOS AGUIRRE LUCO
DirecciónCarlos Aguirre con Juan Cristóbal (hacia el poniente)

Tabla 140 (página 125 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
488PLATABANDAPLATABANDA PONIENTE JUAN CRISTÓBALJuan Cristóbal, entre Carlos Aguirre Luco y Av. Las Torres4.3504.350NoNoNo es área verde y no está consolidada

Tabla 141 (página 125 · 2 filas)

Fotografía N°7
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda

Tabla 142 (página 125 · 2 filas)

Fotografía N°8
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda

Tabla 143 (página 126 · 1 filas)

NombrePLATABANDA PONIENTE JUAN CRISTÓBAL
DirecciónJuan Cristóbal, entre Carlos Aguirre Luco y Av. Las Torres

Tabla 144 (página 126 · 1 filas)

NombrePLATABANDA PONIENTE JUAN CRISTÓBAL
DirecciónJuan Cristóbal, entre Carlos Aguirre Luco y Av. Las Torres

Tabla 145 (página 126 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
5100PLATABANDAPLATABANDA DEL PINCOY NORPONIENTEPlatabanda Del Pincoy Nor- Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta1.2241.224NoNoNo es área verde y no está consolidada

Tabla 146 (página 127 · 4 filas)

Fotografía N°9
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA DEL PINCOY NORPONIENTE
DirecciónPlatabanda Del Pincoy Nor- Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta

Tabla 147 (página 127 · 4 filas)

Fotografía N°10
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA DEL PINCOY NORPONIENTE
DirecciónPlatabanda Del Pincoy Nor-Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta

Tabla 148 (página 127 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
6112PLAZAPLAZA TALUD NUEVO AMANECERRaúl Inostroza desde La Pincoya hasta Del Pincoy2.6731.180NoSiPropiedad privada

Tabla 149 (página 128 · 2 filas)

Fotografía N°11
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza

Tabla 150 (página 129 · 1 filas)

NombrePlaza talud nuevo amanecer
DirecciónRaúl Inostroza desde La Pincoya hasta Del Pincoy

Tabla 151 (página 129 · 4 filas)

Fotografía N°12
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA DEL PINCOY NORPONIENTE
DirecciónPlatabanda Del Pincoy Nor- Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta

Tabla 152 (página 129 · 4 filas)

Fotografía N°13
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePLATABANDA DEL PINCOY NORPONIENTE
DirecciónPlatabanda Del Pincoy Nor- Poniente entre Guayalolén y Av. recoleta

Tabla 153 (página 129 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
7144PLATABANDAPLATABANDA NORTE LAS PETUNIASLas Petunias, entre Las Zinnias y El Pellín, incluye Taludes2.3042.304NoNoNo es área verde y no está consolidada

Tabla 154 (página 130 · 4 filas)

Fotografía N°14
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePlatabanda norte las petunias
DirecciónLas Petunias, entre Las Zinnias y El Pellín, incluye Taludes

Tabla 155 (página 130 · 4 filas)

Fotografía N°15
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePlatabanda norte las petunias
DirecciónLas Petunias, entre Las Zinnias y El Pellín, incluye Taludes

Tabla 156 (página 131 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
8169PLAZALA PALOMALas Petunias Norte con Los Prunos5.000486SiSiSegún Earth son 741_m2

Tabla 157 (página 131 · 3 filas)

Fotografía N°16
Fecha12 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza
NombreLa Paloma

Tabla 158 (página 132 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
9174PLATABANDAPLATABANDA NORTE UDPLa Rinconada altura 516, frente a la UDP (arborización)2.7002.700NoNoNo es área verde y no está consolidada, Mantención hecha por la Universidad

Tabla 159 (página 133 · 4 filas)

Fotografía N°17
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePlatabanda norte UDP
DirecciónLa Rinconada altura 516, frente a la UDP (arborización)

Tabla 160 (página 133 · 4 filas)

Fotografía N°18
Fecha13 de enero de 2022
Tipo Área VerdeBandejón
NombreBandejón central frente a la Facultad de Economía y empresas UDP
DirecciónFrente a Avenida Santa Clara 797

Tabla 161 (página 133 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
10193PLATABANDAPLATABANDA NORTE PTA. MOCHACamino Punta Mocha, entre JJ. Aguirre Luco y Camino del Cerro5.5085.508NoNoNo es área verde y no está consolidada

Tabla 162 (página 134 · 4 filas)

Fotografía N°19
Fecha13 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePlatabanda Norte Punta Mocha
DirecciónCamino Punta Mocha, entre JJ. Aguirre Luco y Camino del Cerro

Tabla 163 (página 134 · 4 filas)

Fotografía N°20
Fecha13 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlatabanda
NombrePlatabanda Norte Punta Mocha
DirecciónCamino Punta Mocha, entre JJ. Aguirre Luco y Camino del Cerro

Tabla 164 (página 135 (texto) · 13 filas)

Está entregada encomodato
desde dic-16 a la empresa A
KB quienesdebenhacerse
cargo, siempre el municipio
LOS 11 226 PLAZALos Artesanos con caletera 2.266 2.266 No Nopagó a Alto que se infor deJardín. mó a trabajEn oct-19 aos en la
ARTESANOSAmérico Vespuciozona. La Dir Asesoría Ju retirara del cección rídica d ontratode ictó que s , al parec
la Direcciónde Obras
Municipalesotorgópermisos
de edificación de forma
irregular.
Fuente: Información proporcionada por la Supervisora de la Unidad de auditoría 2, de la II Contraloría Regional Metropolitan
mediante correo de 31 de diciembre de 2021.
Medidas
Área total = 2.496,34m2, aproximadamente.

Tabla 165 (página 136 · 4 filas)

Fotografía N°21
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza
NombreLOS ARTESANOS
DirecciónLos Artesanos con caletera Américo Vespucio

Tabla 166 (página 136 · 4 filas)

Fotografía N°22
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza
NombreLOS ARTESANOS
DirecciónLos Artesanos con caletera Américo Vespucio

Tabla 167 (página 137 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
12204PARQUETALUD VISTA HERMOSAVista Hermosa, talud desde Zambia a Los Plátanos14.2002.727NoNoLadera de cerro. Hay 2.727_m2 según consolidado según Google Earth

Tabla 168 (página 138 · 4 filas)

Fotografía N°23
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdeParque
NombreTalud Vista Hermosa
DirecciónVista Hermosa, talud desde Zambia a Los Plátanos.

Tabla 169 (página 138 · 4 filas)

Fotografía N°24
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdeParque
NombreTalud Vista Hermosa
DirecciónVista Hermosa, talud desde Zambia a Los Plátanos.

Tabla 170 (página 138 · 3 filas)

Fotografía N°25
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdeParque
NombreTalud Vista Hermosa

Tabla 171 (página 138 · 3 filas)

Fotografía N°26
NombreTalud Vista Hermosa
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdeParque

Tabla 172 (página 139 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
13197BANDEJÓNBANDEJÓN CENTRAL PONIENTE SANTA CLARASanta Clara, entre Av. Recoleta y El Salto5.3015.301SiSiEstá consolidada pero la mantiene el Parque del Recuerdo

Tabla 173 (página 141 · 4 filas)

Fotografía N°27
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdeBandejón
NombreBandejón Central Poniente Santa Clara
DirecciónSanta Clara, entre Av. Recoleta y El Salto

Tabla 174 (página 141 · 4 filas)

Fotografía N°28
Fecha10 de enero de 2022
Tipo Área VerdeBandejón
NombreBandejón Central Poniente Santa Clara
DirecciónSanta Clara, entre Av. Recoleta y El Salto

Tabla 175 (página 141 · 1 filas)

ÍTEMTIPO AVNOMBREDIRECCIÓNSUPERFICIE (m2) Licitación 2017-2020SUPERFICIE (m2) Licitación 2021Área verdeConsolidadaObservación
1481PLAZAPLAZA JUAN CRISTÓBALJuan Cristóbal con Av. Las Torres1.8841.884SiSiDicho terreno tiene una extensión de 4.350 m2 y fue pagada durante toda la licitación 2017-2020. Considerando que el valor del metro cuadrado es de $266, por este sitio se han pagado a la fecha aproximadamente 49 millones.

Tabla 176 (página 141 · 2 filas)

Juan Cristóbal
con Av. Las
Torres

Tabla 177 (página 141 · 1 filas)

PLAZA JUAN
CRISTÓBAL

Tabla 178 (página 142 · 4 filas)

Fotografía N°29
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza
NombrePlaza Juan Cristóbal
DirecciónJuan Cristóbal con Av. Las Torres

Tabla 179 (página 142 · 4 filas)

Fotografía N°30
Fecha11 de enero de 2022
Tipo Área VerdePlaza
NombrePlaza Juan Cristóbal
DirecciónJuan Cristóbal con Av. Las Torres

Tabla 180 (página 143 · 14 filas)

Nombre áreaSuperficie informada por la UA2 (1) de la IICRM (2) (m2) licitación 2017- 2020Superficie levantamiento efectuado por la UIO (2) de la IICRM (m2)Diferencia
1Bandejón Central Sur Los Libertadores1.013853,66159
2Platabanda Punta Nogales -Los Dátiles2.1282.321,89-194
3Platabanda Carlos Aguirre Luco2.4313.950,07-1.519
4Platabanda Poniente Juan Cristóbal4.3503.277,561.072
5Platabanda Del Pincoy Norponiente1.224813,07411
6Plaza Talud Nuevo Amanecer2.673624 (4)2.049
7Platabanda Norte Las Petunias2.3042.561,88 (5)-258
8La Paloma5.000492,644.507
9Platabanda Norte UDP2.7001.287,061.413
10Platabanda Norte Pta. Mocha5.5084.973,68534
11Los Artesanos2.2662.496,34-230
12Talud Vista Hermosa14.20013.988,82 (6)211
13Bandejón Central Poniente Santa Clara5.3012.809,162.492
14Plaza Juan Cristóbal1.884708,691.175

Tabla 181 (página 144 · 3 filas)

Nº DE OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA REGIONAL EN INFORME FINALMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
Acápite III, Examen de Cuentas, numerales 11 y 12Áreas verdes con pagos duplicadosAltamente Compleja - (AC)La Municipalidad de Huechuraba deberá emprender las acciones necesarias para solicitar el reintegro a la empresa contratista por $24.055.111, remitiendo a esta Contraloría Regional los documentos de respaldo pertinentes que así lo acrediten, además, proporcionar los antecedentes que reflejen el proceso de restitución de un total de $ 96.775.273 por parte del proveedor, en un plazo de 30 días hábiles, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien la aclaración sea insuficiente, se formulará el reparo por los montos pertinentes, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N°10.336, sin perjuicio de lo indicado en el artículo 116, de dicho cuerpo legal.
Sobre áreas verdes cerradas con pago del servicio
Acápite III, Examen de Cuentas, numeral 14.a, letra a)Gastos sin respaldosAltamente Compleja - (AC)El municipio deberá remitir a esta Contraloría Regional los documentos de respaldo que acrediten los trabajos de mantención de las áreas verdes especificadas en el respectivo contrato, en un plazo no superior a 30 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe final, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien éstos sean insuficientes, Sin perjuicio de lo anterior, esta Entidad de Control incoará un procedimiento sumarial, para determinar las

Tabla 182 (página 145 · 3 filas)

Nº DE OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA REGIONAL EN INFORME FINALMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en el hecho observado.
Acápite II, Examen de la Materia Auditada, punto 4.bFalta de exactitud en la localización de bienes de uso público (BNUP)Altamente Compleja - (AC)Corresponde que el municipio remita a esta Contraloría Regional los antecedentes que acrediten la georreferenciación de las áreas verdes y de esta forma establecer la ubicación exacta o existencia de coordenadas geográficas, que permita ubicar con seguridad las áreas verdes objetadas, en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien la aclaración sea insuficiente, la materia se incorporará en el procedimiento disciplinario que realizará esta II Contraloría Regional Metropolitana.
Acápite III, Examen de Cuentas, numeral 10Falta de certeza de los metros cuadrados contratados respecto de los pagos realizadosCompleja - (C)Corresponde que el municipio elabore informes o bien fichas técnicas que acrediten las áreas verdes consideradas en los contratos, por las cuales se pagó $216.510.301 por el servicio, informando su estado de avance y comunicando el mecanismo que ha realizado la entidad edilicia para recuperar, si procede, los pagos en exceso producto del recalculo de los m2, lo que deberá ser informado, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente documento, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien la aclaración sea insuficiente, la presente materia se

Tabla 183 (página 146 · 5 filas)

Nº DE OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA REGIONAL EN INFORME FINALMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
incorporará en el sumario que realizará esta II Contraloría Regional Metropolitana.
Acápite III, Examen de Cuentas, numeral 13Sobre el descuento mal aplicado para el servicio prestado en el sector “Plaza los Artesanos”Altamente Compleja - (AC)El municipio deberá arbitrar las medidas que resulten necesarias para restituir o descontar los montos observados por el total de $14.006.934 e informando documentadamente de ello a esta Contraloría Regional, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe final, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien éstos sean insuficientes, se formulará el reparo por los montos pertinentes, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, sin perjuicio de lo indicado en el artículo 116, de dicha normativa legal.
Acápite II, Examen de la Materia Auditada, puntos 6.a, 6.b, y 6.cFalta de informes de supervisión sobre la prestación de servicioAltamente Compleja - (AC)El municipio, deberá informar a esta Contraloría Regional sobre el motivo por el cual no se revisó e informó oportunamente sobre los casos irregulares en el servicio de mantención de áreas verdes, en relación con los periodos 2017 al 2021, informando documentadamente de ello a esta Contraloría Regional, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, por medio del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.
Sobre la supervisión del Inspector técnico de servicio
Sobre el cumplimiento de los establecido en

Tabla 184 (página 147 · 5 filas)

Nº DE OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA REGIONAL EN INFORME FINALMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
el Libro Manifold o de servicio
Acápite II, Examen de la Materia Auditada, puntos 8.b, 8.c, y 8.fAbonos y cargos consignados en conciliaciones bancarias y en cuenta corriente, no registrados contablementeCompleja - (C)El municipio deberá dar cumplimiento a las acciones comprometidas en su respuesta respecto de finalizar el análisis y correcciones de las conciliaciones bancarias pendientes, informando documentadamente de las situaciones que faltan por regularizar a esta Contraloría Regional, en un plazo de 60 días hábiles a contar de la recepción de este informe.
Conciliaciones bancarias con partidas no aclaradas al mes de agosto de 2021
Movimientos inusuales en el ítem de cheques girados y no cobrados
Acápite III, Examen de Cuentas, punto 14.a, letras b) y c)Falta de respaldo de situación provisionar, contratos y/o finiquitosCompleja - (C)El municipio deberá informar documentadamente los documentos faltantes, de acuerdo a lo descrito en los anexos Nos 11 y 12, a esta Contraloría Regional en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.

Tabla 185 (página 148 · 1 filas)

Nº DE OBSERVACIÓNMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA REGIONAL EN INFORME FINALMEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDOFOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDOOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS DE LA ENTIDAD
Acápite IV, Otras Observaciones, numeral 16Sobre la duplicidad en el área verde licitada, según ID 2793-181-LR21Compleja - (C)Ese organismo municipal, deberá comunicar la modificación del contrato en relación a los m2 de las áreas duplicadas y en caso de haber efectuado pagos, informar las restituciones respectivas, todo ello a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.

Tabla 186 (página 148 · 2 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN
Acápite I, Aspectos de Control Interno, punto 2.3b, letra b)Falta de control del libro de emisión de chequesMedianamente Compleja - (MC)Corresponde que, conforme a lo comprometido por ese municipio acreditar mediante un reporte los cambios realizados en la plataforma, siendo revisado y acreditado por la Dirección de Control a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe
Acápite II, Examen de la Materia Auditada, punto 4.c, letras a) y b)Cambio de los sectores concesionadosMedianamente Compleja - (MC)El municipio debe presentar una copia del acto administrativo que dispuso el sumario pertinente, en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción de este informe, por medio del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.

Tabla 187 (página 149 · 1 filas)

Nº DE OBSERVACIÓN Y EL ACÁPITEMATERIA DE LA OBSERVACIÓNNIVEL DE COMPLEJIDADREQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN
Acápite III, Examen de Cuentas, punto 15, letra b)Incumplimiento de la emisión del documento del devengado, durante el año presupuestarioMedianamente Compleja - (MC)corresponde que la repartición pública, remita a esta Contraloría Regional los antecedentes que acrediten la contabilización de las facturas y el respectivo pago de la obligación, según sea el caso, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.