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Mecanismos de participación ciudadana · pdf · documento original ↗
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| DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN |
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| Sección 1ra. De la Información Artículo 6o: La información sobre derechos, requisitos, responsabilidades y opciones constituye una condición básica del desenvolvimiento de la acción municipal y del ejercicio de los derechos de los habitantes de la comuna de participar en la gestión comunal, posibilitando la intervención activa de las personas y el ejercicio efectivo de sus derechos y deberes ciudadanos. Artículo 7°: La Municipalidad deberá habilitar los mecanismos e instrumentos necesarios que permitan hacer efectivo el derecho que cada persona tiene a solicitar, acceder y recibir información que obre en poder del Municipio en general y en particular, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública. Artículo 8º: La función de información pública distinguirá, a) la información que obligatoriamente deberá permanecer disponible en la página Web municipal; b) la información documental que específicamente requiera la ciudadanía; y c) las consultas, solicitudes, sugerencias, propuestas y opiniones sobre beneficios, trámites, actividades, procedimientos y otros de carácter general. Artículo 9º: La información que obligatoriamente deberá permanecer disponible en la página Web municipal, versará sobre los siguientes aspectos: a) Los actos y documentos que hayan sido objeto de publicación en el Diario Oficial. b) Las potestades, competencias, responsabilidades, funciones y atribuciones de la Municipalidad, y el marco normativo que le es aplicable, el que comprenderá las leyes, reglamentos, instrucciones y resoluciones que las establezcan, incluidas las referidas a la Municipalidad. c) La estructura orgánica del municipio y las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades y órganos internos. d) El personal de planta, a contrata y el que se desempeñe en virtud de un contrato de trabajo, y las personas naturales contratadas a honorarios, con las correspondientes remuneraciones. e) Las contrataciones para el suministro de bienes muebles, para la prestación de servicios, para la ejecución de acciones de apoyo y para la ejecución de obras, y las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con indicación de los contratistas e identificación de los socios y accionistas principales de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso. f) Las transferencias de fondos públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concúrsales, sin que éstas o aquéllas realicen una contraprestación recíproca en bienes o servicios. g) Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros. h) Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestario del respectivo órgano y, en su caso, las aclaraciones que procedan. i) Los trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste la Municipalidad. j) El diseño, montos asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue la Municipalidad, además de las nóminas de beneficiarios de los programas sociales en ejecución. |