Trámites ante el órgano / Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Título XXXIII del Código Cívil
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| Valor | Tramites en linea | Lugar donde se realiza | Descripcion del servicio | Requisitos y antecedentes | Informacion complementaria | Tramites a realizar o etapas | Nombre del tramite o servicio |
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| 0 | No tiene | Av Colina 700 Municipalidad de Colina - Secretaria Municipal | Servicio mediante el cual se puede obtener el archivo de copia de los antecedentes de la constitución de una persona jurídica sin fines de lucro, regida por el Título XXXIII del Código Civil, (fundaciones, o corporaciones asociaciones) y su remisión al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a partir de la cual gozará de personalidad jurídica. | Dirigido a toda la ciudadanía: La entidad en formación debe tener y fijar en sus estatutos domicilio en la comuna de Colina. Asimismo, debe fijar en sus estatutos el nombre de la entidad, el cual debe hacer referencia a su naturaleza, objeto o finalidad. Se debe realizar asamblea constitutiva, celebrada ante notario público, oficial del Servicio Registro Civil e Identificación o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, levantando acta que conste en escritura pública o privada autorizada por ministro de fe presente en la asamblea , en la que se exprese la voluntad de constituir una persona jurídica, se aprueben los estatutos, se designen las autoridades inicialmente encargadas de dirigirla( directorio inicial) y se otorgue poder para solicitar el registro de personalidad jurídica en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. | 1. Modelo Estatutos Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: | Depositar el acta constitutiva, dentro de los 30 días siguientes de su celebración, certificados de antecedentes del Directorio, certificado Servicio de Registro Civil e Identificación en el cual se indique que no existe similitud o coincidencia con el nombre de otra persona jurídica vigente. Luego, salvar las objeciones que, eventualmente, formule la Secretaria Municipal dentro del plazo de 30 días desde el depósito. Salvadas las objeciones, en su caso, la Secretaría Municipal enviará los antecedentes al Servicio de Registro Civil e identificación mediante correo electrónico, con copia al solicitante, para inscripción de la entidad en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro. Se recomienda utilizar los estatutos modelo, aprobados por el Ministerio de Justicia disponibles en la página web institucional de dicho ministerio | Constitución de Persona Jurídica sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del Código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociacion Ley N°20.500; sobre Asociación y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. |
| 0 | No tiene | Av Colina 700 Municipalidad de Colina - Secretaria Municipal | Servicio mediante el cual se puede obtener el archivo de copia de los antecedentes de la disolución voluntaria de una persona jurídica sin fines de lucro, regida por el Título XXXIII del Código Civil, (fundaciones, o corporaciones asociaciones) y su remisión al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a partir de la cual regirá la disolución voluntaria de la fundación, o corporación o asociación. | Dirigido a toda la ciudadanía: La entidad debe tener y estar fijado en sus estatutos su domicilio en la comuna de Colina. Se debe celebrar asamblea general extraordinaria de socios (Corporaciones o Asociaciones) o sesión extraordinaria de directorio (Fundaciones), celebrada ante notario público, oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, que conste en escritura pública o privada autorizada por el ministro de fe presente en la asamblea o sesión, levantando acta que contenga el acuerdo de la disolución de la entidad y se otorgue poder para solicitar el registro de la disolución en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. | No hay información complementaria | Depositar en Secretaria Municipal acta asamblea general extraordinaria de socios (Corporaciones o Asociaciones) o sesión extraordinaria de directorio (Fundaciones) de disolución, dentro de los 30 días siguientes y certificados de vigencia de la personalidad jurídica y del actual Directorio. Si fue creada con anterioridad a la Ley 20.500, o en la Secretaria Municipal de otra municipalidad con posterioridad y no se ha tramitado modificación de estatutos en la Secretaria Municipal de Colina, acompañar fotocopia simple de s escrituras públicas de constitución, del decreto supremo de justicia que le otorgo la personalidad jurídica y publicación diario oficial, al igual que de sus modificaciones. Secretaria Municipal enviará los antecedentes al Registro Civil mediante correo electrónico, con copia al solicitante, para la inscripción de la disolución d | Disolución de Personas Jurídicas sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del Código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociaciones) |
| 0 | No tiene | Av Colina 700 Municipalidad de Colina - Secretaria Municipal | Servicio mediante el cual se puede obtener el archivo de copia de los antecedentes de la modificación de sus estatutos de una persona jurídica sin fines de lucro, regida por el Título XXXIII del Código Civil, (fundaciones, o corporaciones asociaciones) y su remisión al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a partir de la cual regirá la modificación de estatutos de la fundación, o corporación o asociación. | Dirigido a toda la ciudadanía: La entidad debe tener y estar fijado en sus estatutos el domicilio en la comuna de Colina, o fijarlo en la primera modificación. Se debe celebrar asamblea general extraordinaria de socios (Corporaciones o Asociaciones) o sesión extraordinaria de directorio (Fundaciones), celebrada ante notario público, oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, que conste en escritura pública o privada autorizada por el ministro de fe presente en la asamblea o sesión, levantando acta que contenga los acuerdos de la o las modificaciones a los estatutos, el nuevo texto refundido de los estatutos y se otorgue poder para solicitar el registro de la modificación de estatutos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. | No hay información complementaria | Depositar acta de la asamblea general extraordinaria de socios (Corporaciones o Asociaciones) o sesión extraordinaria de directorio (Fundaciones) dentro de los 30 días siguientes , modificaciones y el texto refundido de los estatutos , certificados de vigencia y del actual Directorio. Si se modifica nombre adjuntar certificado de similitud. Si fue creada antes de Ley 20.500 o en otra municipalidad y no se ha tramitado modificación de estatutos en la Secretaria Municipal de Colina, acompañar fotocopia simple de la o las escrituras públicas de constitución como del decreto supremo de justicia que le otorgo la personalidad jurídica y su publicación en el diario oficial, al igual que de las modificaciones de estatutos anteriores. En el caso de las fundaciones acompañar informe favorable del Ministerio de Justicia. Secretaría Municipal enviará los antecedentes al Registro Civil mediante correo electrónico, con copia al solicitante, para la inscripción modificación estatutos | Modificación de Estatutos de personas Jurídicas sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociaciones) |