Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

03. Estructura orgánica y facultades, funciones y atribuciones · 56 filas · fuente html · portaltransparencia.cl

Fecha promulgacion Unidad u organo interno Fecha de publicacion si corresponde Fecha de ultima modificacion dd mm aaaa Articulos de la ley reglamento u otro acto admin Descripcion de las facultades funciones y atribu Enlace a la publicacion o archivo del texto inte
09/05/2006 14. Dirección de Tránsito y Transporte Público 26/07/2006 01/04/2026 Artículo 26, Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades A la unidad encargada de la función de tránsito y transporte públicos corresponderá: a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos; b) Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes; c) Señalizar adecuadamente las vías públicas, y d) En general, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna. Enlace
09/05/2006 15. Dirección Jurídica 26/07/2006 01/04/2026 Artículo 28, Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades Corresponderá a la unidad encargada de la asesoría jurídica, prestar apoyo en materias legales al alcalde y al concejo. Además, informará en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias, y mantendrá al día los títulos de los bienes municipales. Podrá, asimismo, iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en todos aquellos juicios en que la municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el alcalde así lo determine. Además, cuando lo ordene el alcalde, deberá efectuar las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier unidad municipal, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a la asesoría jurídica. Enlace
09/05/2006 16. Secretaría Comunal de Planificación 26/07/2006 01/04/2026 Artículo 21, Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades La Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del alcalde y del concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales. En tal carácter, le corresponderán las siguientes funciones: a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna; b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos de plan comunal de desarrollo y de presupuesto municipal; c) Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente; d) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales; e) Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo; f) Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna, y g) Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones. Enlace
09/05/2006 17. Dirección de Aseo y Ornato 26/07/2006 01/04/2026 Artículo 25 Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades A la unidad encargada de la función de aseo y ornato corresponderá velar por: a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna. b) El servicio de extracción de basura, y c) La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna, y f) Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental. Para la aprobación de la misma, el concejo podrá solicitar siempre un informe técnico del Medio Ambiente. Enlace
27/07/2021 18. Unidad de Gestión de Riesgo de Desastres 07/08/2021 29/09/2025 Artículo 45 Ley 21.364 Establece El Sistema Nacional De Prevención Y Respuesta Ante Desastres, Sustituye La Oficina Nacional De Emergencia Por El Servicio Nacional De Prevención Y Respuesta Ante Desastres, Y Adecúa Normas Que Indica. En general, corresponderá a la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres: a) Prestar apoyo al alcalde en todas las materias referentes al Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres. b) Elaborar el Plan Comunal para la Reducción del Riesgo de Desastres y el Plan Comunal de Emergencia, en conformidad con lo dispuesto en la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres y su reglamento. c) Confeccionar los informes en aquellas materias de su competencia, referidas a los artículos 28 y 32 de la ley indicada en la letra anterior, cuando las unidades señaladas en dichos artículos soliciten su pronunciamiento. d) Aportar al funcionario que designe el Director Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, la información referente a su comuna para la elaboración del mapa de riesgo que contempla la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres. e) Coordinar con la Dirección Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, y con los organismos o entidades públicas correspondientes, en el marco de sus competencias, las acciones en materia de Gestión del Riesgo de Desastres en su comuna. ". Enlace
03/12/2024 19. Dirección de Innovación 03/12/2024 Sin modificación Artículo 91,Reglamento N° 5, de Estructura, Organización y Funciones de la Municipalidad La Dirección Innovación tiene como objetivo asesorar al Alcalde, al Administrador Municipal y a las demás direcciones municipales en la incorporación de políticas de innovación en el Municipio. Asimismo, deberá liderar e impulsar la instalación de una cultura de innovación y el desarrollo de iniciativas que busquen generar valor público a través de nuevos productos, procesos, servicios y formas de relacionarse con los vecinos de la comuna. Además, promoverá la creatividad y la experimentación para mejorar la eficiencia en la gestión municipal Enlace