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Auditorías · pdf · documento original ↗
Tabla 1 (página 10 · 5 filas)
| Pagos efectuados a | Universo | Muestra examinada | |||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Teatro Play | $ | Cantidad | $ | Cantidad | % del | ||||||||||||
| Limitada | monto | ||||||||||||||||
| Año 2023 | 46.660.000 | 2 | 46.660.000 | 2 | 100 | ||||||||||||
| Año 2024 | 24.965.999 | 2 | 24.965.999 | 2 | 100 | ||||||||||||
| Total | 71.625.999 | 4 | 71.625.999 | 4 | 100 |
Tabla 2 (página 11 · 5 filas)
| Gastos rendidos | Universo | Muestra examinada | |||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| $ | Cantidad | $ | Cantidad | % del | |||||||||||||
| monto | |||||||||||||||||
| Año 2023 | 2.146.256.809 | 19 | 407.475.000 | 6 | 18,99 | ||||||||||||
| Año 2024 | 2.328.936.533 | 18 | 563.713.922 | 5 | 24,20 | ||||||||||||
| Total | 4.475.193.342 | 37 | 971.188.922 | 11 | 21,70 |
Tabla 3 (página 15 · 5 filas)
| Año | Modalidad de contratación | N° Decreto alcaldicio que aprobó el contrato | ¿Decreto alcaldicio fue firmado por la alcaldesa? | Monto contratado $ |
|---|---|---|---|---|
| 2023 | Licitación pública. | E-1936/2023 | Sí | 30.000.000 |
| Licitación pública. | E-1935/2023 | Sí | 16.660.000 | |
| 2024 | Trato Directo | E-1154/2024 | No | 7.115.999 |
| Licitación pública. | E-1780/2024 | Sí | 17.850.000 | |
| Totales | 71.625.999 |
Tabla 4 (página 21 · 4 filas)
| Actividad | Fecha inicio de actividad |
|---|---|
| Actividades de consultoría de gestión. | 29/10/2009 |
| Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P.* | 03/02/2010 |
| Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza, otras producciones escénicas. | 16/10/2009 |
| Otras actividades de esparcimiento y recreativas N.C.P.* | 05/09/2018 |
Tabla 5 (página 24 · 5 filas)
| Año | Total subvención aportada $ | Total contrataciones a productora Teatro Play Limitada $ | Relación contrataciones a proveedor / total subvención % |
|---|---|---|---|
| 2021 | 1.666.118.502 | 258.535.500 | 16% |
| 2022 | 1.824.789.093 | 330.383.837 | 18% |
| 2023 | 2.124.604.000 | 407.475.000 | 19% |
| 2024 | 2.328.936.533 | 563.713.922 | 24% |
| Totales | 7.966.100.937 | 1.560.108.259 | 20% |
Tabla 6 (página 27 · 6 filas)
| Placa patente de vehículo | Tipo de vehículo | Modelo de vehículo | Marca de vehículo | Rango de fechas sin bitácoras |
|---|---|---|---|---|
| RBKD-13 | Camioneta | Poer MT | Great Wall Motors | Desde el 1 de enero al 18 de agosto de 2022 |
| PYCH-37 | Camioneta | Porter | Hyundai | Desde el 1 de enero al 30 de septiembre de 2022 |
| PYCH-50 | Camioneta | Porter | Hyundai | Desde el 1 de enero al 30 de septiembre de 2022 |
| PYCH-55 | Camioneta | Porter | Hyundai | Desde el 22 al 31 de octubre de 2022 |
| PYCH-56 | Camioneta | Porter | Hyundai | Desde el 8 al 16 de octubre de 2022 |
| LPHG-51 | Camioneta | Porter | Hyundai | Desde el 15 al 31 de octubre y desde el 24 al 31 de diciembre, de 2022 |
Tabla 7 (página 33 · 2 filas)
| N° Factura | Monto factura $ | Fecha factura | N° Decreto de pago | Fecha decreto de pago | Fecha de egreso | Días transcurridos entre fecha de la factura y su pago efectivo |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 71 | 30.000.000 | 16/08/2023 | 4900 | 12/09/2023 | 27/09/2023 | 42 |
| 93 | 7.850.000 | 09/07/2024 | 5442 | 25/09/2024 | 01/10/2024 | 84 |
Tabla 8 (página 39 · 3 filas)
| Firmado electrónicamente por: | |
|---|---|
| Nombre: | RODRIGO ARRUE PARDO |
| Cargo: | Jefe de Departamento, Departamento de Fiscalización Municipal N°1 |
| Fecha: | 17/12/2025 |
Tabla 9 (página 51 · 2 filas)
| Nº de observación y el acápite | Materia de la observación | Nivel de complejidad | Requerimiento para subsanar la observación o verificar medidas adoptadas | Medida implementada y su documentación de respaldo | Folio o numeración documento de respaldo | Observaciones y/o comentarios del servicio |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Capítulo II, Examen de la materia investigada, numeral 2. | Sobre eventual existencia de conflicto de interés entre la alcaldesa y la empresa Teatro Play Limitada. | Compleja | Esa entidad comunal deberá establecer procedimientos y/o instructivos debidamente formalizados, tendientes a garantizar la detección de posibles conflictos de interés, y así abstenerse de contratar personal o servicios con proveedores con los cuales se identifique alguna circunstancia que le reste imparcialidad, aunque sea potencial, con la finalidad de no contravenir el principio de probidad administrativa, de conformidad a lo indicado en los artículos 52 y 62, N° 6, de la ya citada ley N° 18.575; 12, N° 3, de la referida ley N° 19.880; y artículo 1° de la ley N° 20.880, situación que deberá ser comunicada a esta Contraloría General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. | |||
| Capítulo II, examen de la materia investigada, numeral 5. | Sobre el uso indebido de vehículo por la directora de la Dirección de Aseo y Ornato en el año 2022. | Compleja | Ese municipio deberá remitir las medidas de control implementadas debidamente formalizadas sobre el llenado de las bitácoras, tendientes a garantizar el estricto cumplimiento de lo establecido en el título XII, letra f), del oficio circular N° 35.593, de 1995, de este Órgano Fiscalizador, situación que deberá ser |
Tabla 10 (página 52 · 2 filas)
| Nº de observación y el acápite | Materia de la observación | Nivel de complejidad | Requerimiento para subsanar la observación o verificar medidas adoptadas | Medida implementada y su documentación de respaldo | Folio o numeración documento de respaldo | Observaciones y/o comentarios del servicio |
|---|---|---|---|---|---|---|
| informada a esta Contraloría General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. | ||||||
| Capítulo II, examen de la materia investigada, numeral 6. | Sobre aspecto denunciado referido a la contratación de familiar de director ejecutivo de la Corporación Municipal de Deportes de Colina. | Compleja | La alcaldesa, en su calidad de presidenta de la Corporación Municipal de Deportes de Colina, deberá establecer procedimientos y/o instructivos debidamente formalizados, tendientes a garantizar la detección de posibles conflictos de interés, y así abstenerse contratar personal o servicios con proveedores con los cuales se identifique alguna circunstancia que le reste imparcialidad, aunque sea potencial, con la finalidad de no contravenir el principio de probidad administrativa, de conformidad a lo indicado establecido en los artículos 52 y 62, N° 6, de la ya citada ley N° 18.575; artículo 12, N° 3, de la referida ley N° 19.880; y artículo 1° de la ley N° 20.880, situación que deberá ser comunicada a esta Contraloría General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. |
Tabla 11 (página 53 · 1 filas)
| Nº de observación y el acápite | Materia de la observación | Nivel de complejidad | Requerimiento para subsanar la observación o verificar medidas adoptadas | Medida implementada y su documentación de respaldo | Folio o numeración documento de respaldo | Observaciones y/o comentarios del servicio |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Capítulo III, examen de cuentas, numeral 9. | Duplicidad de gasto en la contratación de guardias de seguridad. | Altamente compleja | Ese municipio deberá adoptar las medidas que resulten necesarias tendientes a confeccionar procedimientos de control, destinados a verificar que no existan gastos rendidos de forma duplicada, con la finalidad de cumplir con los principios de control, eficiencia y eficacia, y del deber de velar por la eficiente e idónea administración de los fondos públicos establecidos en la ley N° 18.575, situación que deberá ser informada a esta Contraloría General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. |
Tabla 12 (página 54 · 1 filas)
| Nº de observación y el acápite | Materia de la observación | Nivel de complejidad | Requerimiento para subsanar la observación |
|---|---|---|---|
| Capítulo I, aspectos de control interno, numeral 1, punto 1.1. | Sobre ordenanza de subvenciones a entidades privadas desactualizado. | Medianamente compleja. | Esa entidad comunal deberá actualizar y formalizar la citada ordenanza municipal de subvenciones, incorporando las disposiciones establecidas en la resolución N° 30, de 2015, de este origen, lo que tendrá que ser acreditado por la dirección de control a esta Contraloría General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. |